Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #56648 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Hola amigos! Estoy haciendo una evaluación de riesgos del puesto de trabajo de vigilantes de parques y zonas verdes. Me ha surgido una duda y espero podais ayudarme.

    El vigilante tiene a su cargo la vigilancia de las instalaciones, zonas verdes, etc que pueda haber en un parque. Hay ciertos lugares donde se vende droga y hay gente pinchandose (zonas poco iluminadas, servicios,…). Los vigilantes denuncian estos echos a la policia y reciben muchas veces amenazas y en algún caso agresión. Ellos tienen que colaborar con la policia ya que la denegación de auxilios a un ciudadano o a la policia está penado por el Código Penal (aunque esto es para cualquier ciudadano).

    Mi problema es que no tengo claro si esto es un riesgo valorable en una evaluación de riesgos de un puesto de trabajo, y de serlo no se como tipificarlo, ya que en la metodologia no existe ningún riesgo asimilable a este caso.

    Gracias de antemano por vuestra colaboración y recibir un saludo.

    #314998 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
    Participante
    0
    abril 2001


    Veras, esto a priori se dilucida como una cuestion juridica, tal que podriamos considerar el riesgo de agresion como riesgo inerente al trabajo dado que la probabilidad de que ocurra es alta y el daño es elevado, o por el contrario no considerarlo riesgo laboral porque como tu bien has dicho el riesgo proviene de la notificacion y denuncia a ciertos elementos peligrosos es una cuestion civil de cumplida obligacion para cualquier ciudadano… Este es el “nudo gordiano”, mi modesta opinion es que aunque es un peligro que deriva de la extralimitacion de tareas por parte del vigilante no se puede considerar fuerza mayor o de suceso imprevisible, dado que existe un riesgo latente, conocido por todos que afecta directamente a estas personas por su tarea de vigilantes, que no afectaria a un fontanero que pudiera realizar una tarea esporadica en aquel parque por ej. Es por ello que fundamentandome en criterios de probabilidad, gravedad, y de previsibilidad de los posibles altercados me inclino a recoger estas posibles situaciones de riesgo en el mapa de riesgos, catalogandolo segun el INSHT como 220 accidentes causados por seres vivos. En fin espero haberte sido de ayuda. Un saludo.

    #314999 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Una cuestion, si no son vigilantes de seguridad que esten en una empresa de seguridad privada, no pueden ejercer esas tareas de vigilancia y proteccion de lugares o personas.Pero si son vigilantes de seguridad habilitados por el ministerio del interior, el riesgo sin duda seria ataque de seres vivos-personas, y como medidas preventivas, formacion, medios de comunicacion, vacunacion, vigilancia de la salud.etc.Salud.

    #315000 Agradecimientos: 0
    joan278
    Participante
    0
    mayo 2001


    Apreciado compañero:

    Entiendo que lo referente a los riesgos propios de tu actividad, vigilancia de instalaciones etc, debes hacerlo conforme a los establecido para este tipo de tareas, de las cuales hay abundante información para hacer correctamente la evaluación.

    Respecto a los vigilantes que tienen la responsabilidad de mantener el orden etc., podría clasificarse como una actividad policial y por tanto no sujeta al reglamamento de prevención de riesgos laborales.

    saludos

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • El debate ‘ Evaluación de vigilantes’ está cerrado y no admite más respuestas.