Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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    febrero 2004

    Iniciado

    Real Decreto 486/1997, de 14 de abril dice: Se prohiben las escaleras de caracol excepto si son de servicio.
    ¿Pero alguien sabe exactamente a qué se refiere con “de servicio”? Puede ser para trabajadores que acceden al vestuario pr estas escaleras???

    Muchas gracias

    #325680 Agradecimientos: 0
    Ynves
    Participante
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    enero 2008


    Hola,

    Este tema se ha comentado otras veces en el foro, como comentaba otro compañero:
    Esto es lo que la Guía Técnica del INSHT (486/1997) define como escalera de servicio:

    Se entiende por escaleras de servicio aquellas cuyo uso es esporádico y restringido a personal autorizado.

    Un saludo

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  • El debate ‘ escaleras de caracol y servicio???’ está cerrado y no admite más respuestas.