- Este debate tiene 9 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años, 1 mes por Jose1743.
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conozco a un tecnico superior con las tres especialidades q trabaja en la construccion desde haces 5 años, no es ingeniero ni arquitecto ni aparejador.¿puede firmar los planes de seguridad?puede funcionar como técnico en prevención?
Desconozco en detalle la legislación de su país, pero le cuento, que un técnico en prevención puede firmar los planes de seguridad, pues esta preparado para elaborarlo y desarrollarlo, claro esta que es importante que antes que firme cualquier plan de seguridad, éste sea validado por todos los de la empresa, de tal forma que se garantice que todas las actividades de la empresa esten reflejadas en dicho documento.
¿Y por qué no va a poder? Por ahora, sólo se exige titulación técnica para la Coordinación en edificación y para el resto, nada de nada. De hecho Inspección en algunas provincias exige titulación en prevención a los firmantes del Plan pero no titulación técnica.
Conozco unos cuantos licenciados en derecho u otras licenciaturas,TSPRL, que son responsables de prevención de sus empresas y que les dan cien mil vueltas a muchos con carreras técnicas, es decir, mientras la Ley o RD no lo impidan, un ´TSPRL es perfectamente válido para llevar la prevención de una empresa y por ahora no es el caso.
El Plan de Seguridad y Salud en las obras de construcción, es un documento adoptado por la empresa, según su método de trabajo.
Es una adaptación del estudio de Seguridad al método de trabajo utilizado por la empresa contratista, por tanto, debe ir firmado por un técnico competente en obras de construcción (Ingenieros, Arquitectos, Arquitectos Técnicos o Ingenieros Técnicos), según sea la actividad que se ejecuta.
Para ser Técnico Superior en PRL se precisan:
* Curso de 600 horas lectivas en cualquier especialidad
* Ser Diplomado o Titulado universitario
Se deduce de estas condiciones que para ser Técnico Superior en PRL, no es necesario ser Ingeniero o Arquitecto.
puede firmar planes peor no puede estar en obra ya que no es un técnico “competente” según el R.D. 39/1997.
Un saludo.
Pues claro que puede.No hace falta ser ingeniero.Tecnico competente lo es.Lo que actualmente no puede ser es coordinador.
si puede firmar los planes de segurida y no es necesario ser ingeniero para desempeñarse como supervisor en prevencion de riesgos lo que no podria tomar el cargo de superin tendente o coordinar como lo llamas .
Estimado amigo
Puede firmar los Planes de la autoría aunque no sea ingeniero o aparejado. Piensa que quién lo aprueba o desestima es el Coordinador en obra , que éste si debe poseer una carrera técnica. Y conforme con Xirgu , hay Técnicos en Prevención “de letras” tan buenos como los que poseen carreras técnicas. Eso sí , hay de todo como en botica.
En mi opinión no puede realizar planes de seguridad. El plan no solo consiste en la identificación de riesgos, su evaluación y establecimiento de las medidas preventivas y protecciones técnicas, sino también en la elección y el conocimiento de los procedimientos de ejecución más idóneos. La elaboración de un buen plan de seguridad puede entenderse como una faena de proyección de la seguridad de una obra, y como tal, las titulaciones habilitantes de diseño, dirección y ejecución de obras son las de I, IT, A y AT. Respecto al tema de aprobación del mismo por el técnico de la Dirección Facultativa, en ningún caso parece correcto pensar que como este ya es titulado, el autor del mismo no es necesario que lo sea.
Esta es una cuestión que se plantea habitualmente en este foro. Un técnico en prevención (con titulación técnica o no) puede firmar la autoría de un Plan de Seguridad, ahora bien el acta de aprobación del Plan si que la debe firmar un Técnico, llameséle Ingeniero o Arquitecto de la Promotora. La respuesta a la segunda pregunta la tienes en el Rd 39/97 de Servicios de Prevención donde se definen las funciones de un tecnico superior en cualquier ámbito, y porque no el de la construcción. La única excepción se establece en la LOE, que indica la condición de estar en posesión de una titulación técnica para llevar a cabo la Coordinación de Seguridad y Salud de una obra tanto en la fase de proyecto como en la de ejecución, ahora bien, en el ámbito de edificación. En obra civil existe una laguna jurídica importante. En conclusión, se puede trabajar en una constructora sin poseer una titulación universitaria técnica, siéndo Responsable de Prevención y desarrollando las funciones propias de un técnico Superior en cualquiera de las especialidades. Este es mi caso. Un saludo a todos los prevencionistas….
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