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  • #13443 Agradecimientos: 0
    Firvi
    Participante
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    marzo 2005


    ¿Tiene que comunicar un accidente grave un empresario titular de una empresa cuando el accidentado es de otra empresa que raliza los trabajos en sus instalaciones?

    Referencia Legal.

    Muchas Gracias.

    #146787 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Simple y llanamente, NO. Tanto el parte de accidente, como la investigación del accidente y la comunicación a Inspccíón de Trabajo, en caso de accidente grave, corresponden al empresario para quien trabaja el operario accidentado.
    Hay empresas que realizan investigaciones de todos los accidentes que ocurren en sus instalaciones, sean de sus trabajadores o de otros, pero en este último caso la investigación es a nivel interno. Un consejo, solicita a la empresa del trabajador accidentado la investigación del accidente, seguramente NO tendrá absolutamente nada que ver con la interna de la empresa titular.

    #146788 Agradecimientos: 0
    David 2000
    Participante
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    septiembre 2002


    Si. art. 4.2 Rd 171/2004.

    #146789 Agradecimientos: 0
    Firvi
    Participante
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    marzo 2005


    Me refiero a la autoridad laboral y en el caso de ser TITULAR DEL CENTRO.

    Gracias

    #146790 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    INSISTO, ni el parte de accidente, ni la comunicación a Inspección de Trabajo (en caso de accidente grave), ni la investigación del mismo, corresponde al titular del centro de trabajo, corresponde a la empresa a la que pertenece el trabajador accidentado.
    El Art. 4.2 del 171 no tiene nada que ver ni con el parte, ni con la comunicación a Inspección ni con la investigación.

    #146791 Agradecimientos: 0
    Senior_risk
    Participante
    0
    septiembre 2006


    Xirgu, estoy contigo, el RD 171, art 4.2 puede crear dudas, pero NO, es la empresas del trabajador la que a de dar parte. En todo caso esta debera informar de los hechos detallados al empresario titular

    #146792 Agradecimientos: 0
    autonomo222
    Participante
    0
    mayo 2005


    por mi experiencia como técnico de seguridad de una contrata que a su vez subcontrata a muchas empresas y autónomos…somos nosotros los que estamos obligados a comunicar los accidentes graves y muy graves que ocurran a cualquier trabador.

    Es decir la Contrata (contratista principal) ya sea un accidente de un trabajador suyo o de un subcontratista o de un autónomo estamos obligados a solicitar a la empresa del accidentado toda la documentación relativa al accidente en particular a la cualificación del mismo, y si este es grave o muy grave debemos comunicarlo a la Inspección.

    Saludos.

    #146793 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    971
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Xirgu tiene razón.

    El RD171/2004 obliga precisamente a que la empresa de la que el accidentado es trabajador informe sobre ese accidente, pero esto no implica que el titular de la instalación deba informar posteriormente a la Inspección de Trabajo.

    Únicamente cuando el empresario titular pertenece al ámbito minero, debe comunicar el accidente a Minas, pero en este caso tampoco debe hacerlo con la Autoridad Laboral. Sigue siendo la empresa subcontratista la que debe informar.

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