- Este debate tiene 23 respuestas, 21 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 5 años, 11 meses por jose_jdcdf.
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Si es en ocasión de trabajo es un accidente laboral.
Gracias, pero es como yo me lo veo.
Estoy totalmete de acuerdo contigo.
Tu planteamiento es impecable.Coincido plenamente con lo dicho por el compañero pako86. Yo soy graduado social y técnico en prevención. Tu exposición me ha ayudado a pensar de la manera que tu comentas.
Ignoro como sea en España, pero como informaciòn, en nuestro Paìs Chile, cuando un trabajador es lesionado producto de un atraco, es considerado como accidente. Cuando va desde la empresa hacia su domicilio o viceversas (en trayecti directo), es considerado como accidente laboral. De igual forma cuando ocurre dentro de su trabajo.
Estimado AC:
El asalto no es considerado dentro de la evaluación de riesgo, como un riesgo laboral.Ahora si el asalto se produjo en “it itinere”(de o hacia el empleo o domicilio)es considerado como “incidente” laboral teniendo todos los beneficios correspondientes al accidente.Como investigador de riesgo laborales, tuve varios casos donde el empleado ha sido asaltado y estaba debidamente cubierto por las ART. Atentamente. Daniel Amarillo.he leído varios de los mensajes y yo no voy a hablar en condicional( debería, tendría…)
Con respecto al compañero que hablaba de acudir a las normas y sus definiciones, decirle que la encontrada en la ley de la S.S se ha quedado un poco anticuada y, además puede interpretarse. Puestos a interpretar, no hace falta inventar nada, la agencia europea de S y S laboral ya lo ha hecho por nosotros y el que preguntaba es español.
Yo en mis evaluaciones lo incluyo y voloro como un riesgo laboral más. Lo trato como un riesgo; con su probabilidad, severidad, medidas preventivas, control del riesgo, planificación de la acción preventiva…
Si lo quieres incluir dentro de los listados estandar de los riesgos haz como te aconsejaba otro compañero; inclúyelo dentro de “accidentes causados por seres vivos”
De todas formas puedes incluirlo como un riesgo nuevo, como técnicos también está bien aportar nuestro granito y hacer que nuestros estudios y valoraciones enriquezcan nuestro campo. La discusión y el debate aporta nuevas interpretaciones.
Te insisto en que consultes la página de la agencia europea de S y S en el trabajo, tienen una visión mucho más adelantada que nosotros. A mi me vale de mucho, tanto en
mis evaluaciones como para la formación. Y somos europeos no?Buenos días
A ver si me podéis ayudar. Es evidente que en el caso de vigilantes de seguridad las lesiones derivadas de agresiones o contenciones son accidente de trabajo. Pero mi duda es si realmente estos accidentes deben ser tenidos en cuenta a efectos de estadística de siniestralidad o en el caso de ser tenidos en cuenta, si deben considerarse aparte.
Criterio de la Inspeccion de Trabajo 87/2011.
Si hay que evaluarlo.
En cuanto a las estadisticas, …. si es accidente laboral se incluye en las estadisticas, pídele a la mutua de accidentes el informe de siniestralidad del último año y verás que aparece reflejado.
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