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  • #200351 Agradecimientos: 0
    Speddy
    Participante
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    diciembre 2002


    Si es en ocasión de trabajo es un accidente laboral.

    #200352 Agradecimientos: 0
    pako86
    Participante
    0
    junio 2005


    Gracias, pero es como yo me lo veo.

    #200353 Agradecimientos: 0
    pako86
    Participante
    0
    junio 2005


    Estoy totalmete de acuerdo contigo.
    Tu planteamiento es impecable.

    #200354 Agradecimientos: 0
    Antom
    Participante
    0
    octubre 2005


    Coincido plenamente con lo dicho por el compañero pako86. Yo soy graduado social y técnico en prevención. Tu exposición me ha ayudado a pensar de la manera que tu comentas.

    #200355 Agradecimientos: 0
    12pablo
    Participante
    0
    diciembre 2005


    Ignoro como sea en España, pero como informaciòn, en nuestro Paìs Chile, cuando un trabajador es lesionado producto de un atraco, es considerado como accidente. Cuando va desde la empresa hacia su domicilio o viceversas (en trayecti directo), es considerado como accidente laboral. De igual forma cuando ocurre dentro de su trabajo.

    #200356 Agradecimientos: 0
    Danpa
    Participante
    0
    noviembre 2005


    Estimado AC:
    El asalto no es considerado dentro de la evaluación de riesgo, como un riesgo laboral.Ahora si el asalto se produjo en “it itinere”(de o hacia el empleo o domicilio)es considerado como “incidente” laboral teniendo todos los beneficios correspondientes al accidente.Como investigador de riesgo laborales, tuve varios casos donde el empleado ha sido asaltado y estaba debidamente cubierto por las ART. Atentamente. Daniel Amarillo.

    #200357 Agradecimientos: 0
    frogi100474
    Participante
    0
    junio 2005


    he leído varios de los mensajes y yo no voy a hablar en condicional( debería, tendría…)
    Con respecto al compañero que hablaba de acudir a las normas y sus definiciones, decirle que la encontrada en la ley de la S.S se ha quedado un poco anticuada y, además puede interpretarse. Puestos a interpretar, no hace falta inventar nada, la agencia europea de S y S laboral ya lo ha hecho por nosotros y el que preguntaba es español.
    Yo en mis evaluaciones lo incluyo y voloro como un riesgo laboral más. Lo trato como un riesgo; con su probabilidad, severidad, medidas preventivas, control del riesgo, planificación de la acción preventiva…
    Si lo quieres incluir dentro de los listados estandar de los riesgos haz como te aconsejaba otro compañero; inclúyelo dentro de “accidentes causados por seres vivos”
    De todas formas puedes incluirlo como un riesgo nuevo, como técnicos también está bien aportar nuestro granito y hacer que nuestros estudios y valoraciones enriquezcan nuestro campo. La discusión y el debate aporta nuevas interpretaciones.
    Te insisto en que consultes la página de la agencia europea de S y S en el trabajo, tienen una visión mucho más adelantada que nosotros. A mi me vale de mucho, tanto en
    mis evaluaciones como para la formación. Y somos europeos no?

    #200359 Agradecimientos: 0
    jose_jdcdf
    Participante
    0
    febrero 2007


    Buenos días

    A ver si me podéis ayudar. Es evidente que en el caso de vigilantes de seguridad las lesiones derivadas de agresiones o contenciones son accidente de trabajo. Pero mi duda es si realmente estos accidentes deben ser tenidos en cuenta a efectos de estadística de siniestralidad o en el caso de ser tenidos en cuenta, si deben considerarse aparte.

    #200358 Agradecimientos: 1
    Jbarba TPRL
    Participante
    8
    18
    julio 2005

    Iniciado

    Criterio de la Inspeccion de Trabajo 87/2011.

    Adjunto enlace:

    Si hay que evaluarlo.

    En cuanto a las estadisticas, …. si es accidente laboral se incluye en las estadisticas, pídele a la mutua de accidentes el informe de siniestralidad del último año y verás que aparece reflejado.

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  • El debate ‘ El atraco es un riesgo laboral, ¿y accidente de trabajo?’ está cerrado y no admite más respuestas.