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    anar17
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    octubre 2011

    Iniciado

    Buenas compañer@s.

    Me gustaría que me dierais vuestra opinión, pues tengo una duda importante:

    Poneros en el caso de que dejeis la empresa en la que estais trabajando, y queráis estar lo más seguros posible de que los datos de los trabajadores (los que se tienen en papel) están a salvo de curiosos y en lugar seguro, y que además, vosotros al iros, dejais a la empresa sin personal sanitario, porque no existe nadie más, ya que por ejemplo en mi caso, el médico sólo está localizado a través del telefono. A quíen le dejariais la llave/s que abren los armarios donde está esa documentación ? al gerente que no es personal sanitario ?

    Por favor, solo contestadme que es lo que haríais en mi lugar.

    Gracias de antemano.
    Saludos.

    #426858 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @anar17 wrote:

    Buenas compañer@s.

    Me gustaría que me dierais vuestra opinión, pues tengo una duda importante:

    Poneros en el caso de que dejeis la empresa en la que estais trabajando, y queráis estar lo más seguros posible de que los datos de los trabajadores (los que se tienen en papel) están a salvo de curiosos y en lugar seguro, y que además, vosotros al iros, dejais a la empresa sin personal sanitario, porque no existe nadie más, ya que por ejemplo en mi caso, el médico sólo está localizado a través del telefono. A quíen le dejariais la llave/s que abren los armarios donde está esa documentación ? al gerente que no es personal sanitario ?

    Por favor, solo contestadme que es lo que haríais en mi lugar.

    Gracias de antemano.
    Saludos.

    Al médico (previa localización por teléfono).

    #426859 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    La única persona con “garantías” de confidencialidad es un notario. O eso, o remitir la documentación a la autoridad pertinente, tal y como consta en el artículo 23 LPRL, aunque señala que sólo debe hacerse esto en caso de cese de actividad, y como se entiende que el empresario no tiene acceso a esto…

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #426860 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    ¿Un notario garantías de confidencialidad? Creí que la misión de un notario era todo lo contrario, es decir, dar fe de actos documentados.

    Puestos a rizar el rizo, si lo que se pretende es la custodia de las llaves de los armarios es tan fácil (o tan difícil según como se mire) confiarlas a un servicio de acuda de una empresa de seguridad con las debidas instrucciones de que solo se puede entregar la llave a las personas autorizadas (médico). El día que se tenga que abrir el armario, el acuda llevará las llaves a la persona autorizada (médico)

    Seamos pragmáticos. Ya que te preocupa a quien entregas las llaves, ¿qué tal un procedimiento escrito y aprobado por la empresa y representación de los trabajadores que establezca que el/los armario/s estarán cerrados con dos candados diferentes y que un representante de la empresa custodiará una llave y un representante de los trabajadores custodiará la otra y que solo serán entregadas al médico cuando éste acuda a la empresa? Vamos, algo así como si fuese un silo nuclear.

    ¡Qué modo de complicarse la vida!

    #426861 Agradecimientos: 1
    Yanou
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Si conoces el nombre del médico tú lo dejas en un sobre cerrado a su nombre, con sello de confidencial para hacerlo más evidente, con lo que la persona que lo abra está en sí cometiendo un delito, y solo faltaría ser responsable de los delitos de los demás. Si mucho me apuras, haces una foto al sobre cerrado como prueba, por ejemplo.

    ¿Tú entregas personalmente a cada uno de los trabajadores sus resultados del reconocimiento? Se pueden entregar a los superiores (jefes de departamento, por ejemplo) sobres nominales y marcados como confidenciales, con lo que el superior, si lo abre, comete un delito y eso no es tu responsabilidad. Además, abrir correo ajeno no es un delito leve precisamente.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #426862 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    porque no se acude a un consultor sobre LPD? Yo escanearia, me lo llevaría conmigo y destruiría el papel

    #426863 Agradecimientos: 0
    anar17
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    2
    octubre 2011

    Iniciado

    Buenas compañer@s:

    Os agradezco vuestras respuestas. Creo que lo mejor será confiarlas al médico.

    La cuestión que he planteado simplemente es porque nunca me he encontrado en esa situación, ya que en los sitios en los que trabajé hace años, me había ido de la empresa, pero quedaba personal sanitario. En ese caso, no había duda.

    Saludos.

    #426864 Agradecimientos: 0
    Yanou
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    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Hombre, si puedes entegárselas directamente, es lo que toca (pensaba que no se podía)

    Por si alguien tiene curiosidad, yo tengo un amigo notario con el que charlo a veces, en mis numerosos “bretes” (tengo un pequeño porcentaje en una empresilla y no veas las que me lían…) y os cuento: Si yo voy al notario y entego una llave, éste me la custodiará y me la entregará únicamente a la persona que se identifique claramente como la destinataria de mi objeto, y dará fe de ello. Hasta ahí, bien. Pero si de algo no puede dar fe el notario es del origen de esa llave ni de donde ha venido. Así que con los 100 Eurillos que yo le pago tengo un “medio seguro” Es decir, que si la empresa rompe el candado y lo cambia pueden decir que yo entregué al notario una llave falsa y éste no puede apoyarme en nada, porque solo dará fe de que yo le he dicho de dónde procede la llave, pero no puede dar fe de que lo que yo le digo es verdad.
    Otro cantar es hacer ir al notario al sitio, cerrar con llave y entregarle la llave al Notario (hacerle salir de su despacho a mí me cuesta unos 500 Euracos), con lo cual sí nos da fe de que la llave es auténtica y cuando la entrega al otro le da la llave correcta y da fe de ello.

    Estos precios vale la pena pagarlos cuando la alternativa es enfrentarse a resposabilidades graves, la cárcel, sobretodo por el historial de la empresa, de líos, de demandas… cuando estamos hablando de gente normal, generalmente se tira el dinero con estos líos y se genera clima de desconfianza, que no siempre viene bien.
    Para según lo qué, lo más práctico es realizar un acta y firmarla ambas partes y con eso sobra, creo yo. Y lo que tiene de bueno es que por la naturaleza de nuestro trabajo a nadie le extraña que un técnico haga un acta de algo (siempre estamos con ellas arriba y abajo… :D)

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #426865 Agradecimientos: 0
    anar17
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    octubre 2011

    Iniciado

    Hola de nuevo,

    Voy a dejar proximamente la empresa y el médico también. No quedará nadie de personal sanitario y no voy a dejar la documentación alli. También tengo algunos datos en un lápiz de memoria que sólo puede ver personal sanitario. Entiendo que no debo llevarmelos a mi casa, pero no creo que sepan lo que tienen que hacer con ellos (y si formatean el ordenador y luego algún trabajador reclama su reconocimiento y los datos informatizados se han ido al garete ?). No me fio de nada ni de nadie.

    Por otra parte, no me creo que todas las empresas, como decía un compañero en algún post relacionado con esto hace tiempo, cuando van a desaparecer, se pongan en contacto con la autoridad laboral (según el art. 23 de LPRL) y les lleven la documentación (he leido que se la entregan a la autoridad sanitaria). No hay otra forma legal de hacer las cosas, de forma que pueda dormir tranquila pero al mismo tiempo, sabiendo que todo está seguro y en buenas manos ?

    Agradecería si alguien que ha dejado la empresa en la que trabajaba ha estado en esta situación y me diga que hizo con la documentación.

    Gracias.
    Saludos.

    #426866 Agradecimientos: 1
    Aredhil
    Participante
    163
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    julio 2010


    Maestro

    Yo haría una consulta a la Agencia de Protección de Datos en este caso. Entiendo que, en el caso de tratarse de historias clínicas aquellas que tengan más de 5 años pueden destruirse excepto aquellas que tengan establecidas un periodo de custodio mayor (hasta 30 años).
    En caso de que no se puedan destruir, habría que remitir las historias a un archivo clínico adecuado (no sé si se puede enviar al Servicio Regional de Salud) o, como última instancia, la persona que debería hacerse cargo de las historias es el médico de la empresa y no el DUE (porque es a él al que van a buscar para preguntarle cualquier dato que necesite por ejemplo un juez).
    Otra cosa a tener en cuenta es quién es el propietario del archivo, porque si es una empresa y es el archivo clínico de la misma, los datos deben quedarse en ella y será la empresa la responsable de contratar personal cualificado para su custodia. Tú dejas de ser responsable de la custodia de esos datos desde el momento en el que dejas de trabajar en esa empresa, en cuyo caso debes dejarle la llave al responsable de la empresa que corresponda (RRHH, dirección, etc) y que ellos se encargen. La normativa ya aclara específicamente qué hay que hacer y quién puede acceder a un archivo clínico, pero si te lo llevas de la empresa estás robando información confidencial de los trabajadores aunque lo0 hagas con la intención de custodiarla. La empresa puede ser que contrate a un nuevo servicio médico ahora o en el futuro y necesitarán los datos de ese archivo para continuar vuestra labor.

    Un saludo.

    #426867 Agradecimientos: 0
    anar17
    Participante
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    2
    octubre 2011

    Iniciado

    Gracias por tu respuesta Aredhil. Pero te explico: la empresa está en concurso de acreedores o va a estarlo próximamente. El médico y yo hemos solicitado la rescisión del contrato porque llevamos un retraso importante en el pago de salarios. Al parecer, algunas personas de la empresa ya están trabajando para otras empresas y pienso que probablemente debería de ser ellas las que reclamaran las historias clínicas. Pero es bastante complejo, porque de algunas personas se pero de otras no se y no se si incluso es fraudulento lo que están haciendo. Pero ahí no entro.
    Estoy valorando si hablar con el médico y como éste tiene una plaza en un centro, me imagino que en ese centro tendrán un almacen donde se podrán guardar. Pero tengo miedo de que tenga un problema. No sé que hacer. A mi la autoridad laboral me da miedo, porque y si falta un papel de alguna persona ? me llamaran a mi al orden… me preocupa mucho. Si tuviera que esperar unos meses y nadie me ha llamado, pues vale, pero en este caso además, como muy bien dices, son todas las historias, han de ser archivadas ya que tienen dos años de vigencia y otras una (otras incluso menos). No se… lo único que quiero es acabar con esto. Empezar un nuevo trabajo (si Dios quiere) y olvidarme de todo. He tenido que tomar decisiones que siento que me han quedado grandes.

    Además, el hecho de dejarlas a la autoridad laboral (art. 23 LPRL) tengo miedo de que me perjudique, porque a lo mejor soy y seré la única pardilla que lo ha hecho y encima todavía tengo un problema.

    No hay nadie por aquí que haya pasado por esto ?

    Saludos.

    #426868 Agradecimientos: 0
    Gerardo Torres
    Participante
    0
    octubre 2003


    Para complicar un poco más el tema, el Protocolo Oficial de Ministerio sobre los Agentes Citostáticos dice: “Además se deberán guardar los historiales médicos 40 años después de terminar la exposición”.
    ¿Imagínáis dónde podrán estar los historiales de un trabajador que se haya jubilado a los 65 a., y tengamos que guardarlos 40 años más?
    Saludos

    #426869 Agradecimientos: 0
    anar17
    Participante
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    2
    octubre 2011

    Iniciado

    Hola Gerardo,

    A eso me refiero. Yo no me creo que unos historiales se guarden 40 años. Probablemente se haga, pero no sé….que los tengamos que guardar 5 años mínimo vale, algunos hasta 30 años, pero 40 ya me parece un poco excesivo.

    Porque lo que no ha pasado en 30 años, puede pasar 10 años más tarde y no antes ?

    Veo que no contesta nadie que haya pasado por esto… y no sé si es por miedo o simplemente que no se han encontrado en esta situación. Yo nunca me he encontrado en esta situación y como decía el tema de la autoridad laboral, evidentemente me ofrece confianza, pero de alguna manera me siento un poco expuesta, no sé… además, donde se puede llegar a guardar tal cantidad de material teniendo en cuenta la situación actual de España y que muchas empresas en estos momentos están como la mía ?

    Gracias.
    Saludos.

    #426870 Agradecimientos: 0
    Jbarba TPRL
    Participante
    8
    18
    julio 2005

    Iniciado

    En mi CC.AA. está el “antes llamado” Gabinete de Seguridad y Salud Laboral.
    Alli tienen una sección de medicina del trabajo.
    Creo que es el mejor sitio al que dirigirse y preguntar, porque con frecuencia nos solicitan datos de trabajadores sobre enfermedades profesionales.

    #426871 Agradecimientos: 0
    Lluisbv
    Participante
    3
    0
    febrero 2012

    Iniciado

    Para dormir tranquila, lo que ya se dice, comunicación formal a la Autoridad Laboral y seguir lo que indique.
    Saludos

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