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  • #6269 Agradecimientos: 0
    ric_lm
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    diciembre 2007


    Muy Buenas, querría saber donde puedo obtener información sobre las características de los delantales plomados para trabajadoras embarazadas de radiología. Un saludo

    #111029 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
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    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    Si está embarazada sale fuera del servicio de radiología. Un delantal no es aceptable como medida de protección.
    Asume que alguna mujer del foro te va a crujir.
    Un saludo

    Javier

    #111030 Agradecimientos: 0
    arayon
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    abril 2007


    No hay delantales plomados para embarazadas, por una razon, las embarazadas no tienen que estar en los lugares donde existan riesgos de radiaciones ionizantes. !Desde ningun punto de vista¡ Cambio de puesto de trabajo casi automaticamente.

    #111031 Agradecimientos: 0
    cojonudo
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    septiembre 2007


    Una traabajadora expuesta a radiaciones en servicio de radiología debe ser cambiada de puesto cuando se confirme el embarazo ( a la menor sospecha ). Los delantales plomados sólo deben ser utilizados en casos excepcionales, ya que sólo protegen de la radiación directa, pero no de la indirecta o rebotada. Habitualmente el personal trabajador sale de la sala de rayos.

    #111032 Agradecimientos: 0
    mdaniel
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Desde el momento de conocer el estado de gravidez la empleada debe ser cambiada del puesto de trabajo a uno sin radiaciones.
    Si este cambio no fuera posible deberá solicitar la Prestación por Riesgo para el Embarazo ante su mutua aportando: certificado del médico del SNS (médico de ap o ginecólogo) indicando que está embarazada y al fecha probable de parto, certificado de la empresa indicando que no es posible el cambio de puesto y los riesgos del mismo.

    #111033 Agradecimientos: 0
    oceanita
    Participante
    0
    agosto 2006


    Sí, la que te va a clujir soy yo. Totalmente de acuerdo con el resto de compañeros. Retírala inmediatamente. Las lesiones pueden ser más importantes en el 1º trimestre de embarazo.

    #111034 Agradecimientos: 0
    ric_lm
    Participante
    0
    diciembre 2007


    gracias a todos por la respueta. Vamos a ver, una técnico especialista en radiología, cuyas tareas son, preparación Ecografías, preparación del paciente en RX convencionales saliendo siempre de la sala cuando se irradia, no trabaja con portátiles. según el informe UTPR y las tareas que realiza la dosis será menor a 2 mSv en abdomen. Según el informe del grupo de trabajo formado por la Sociedad Española de Protección Radiológica, la sociedad Española de Física Médica, y el consejo de seguridad nuclear(en el foro de protección radiológica en el medio sanitario).Tranquilos que la trabajadora mientras estudio el caso´realiza únicamente ecografías. puede ser clasificada como

    #111035 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    La trabajadora es “especialmente sensible” por el hecho de estar embarazada. Aquí ya no valen niveles tolerables de radiación, ya que los efectos de la radiación en el primer trimestre pueden ser dosis dependientes o no, pero en cualquier caso no seré yo quien fije el umbral. Tampoco vale que sus tareas sean unas determinadas hoy ¿y mañana? Si su contrato es precario (esta sanidad nuestra, que es la leche), hará lo que le manden. Si es una becaria de un proyecto de investigación, ni te cuento las barbaridades que he llegado a ver. Te lo dice uno poco dado a dar “no aptos”, pero el embarazo es especial, exige riesgo cero.
    Un saludo

    Javier

    #111036 Agradecimientos: 0
    jose55
    Participante
    0
    diciembre 2002


    Las trabajadoras embarazadas no pueden estar expuestas a radiaciones y por ello se la debe cambiar de puesto de trabajo sin paliativo alguno.

    #111037 Agradecimientos: 0
    ric_lm
    Participante
    0
    diciembre 2007


    Muchas gracias a todos, si podeis decirme que documentación puedo conseguir al respecto, os lo agradecería. Un saludo

    #111038 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    Te envío un par de referencias que pueden serte útiles

    RD 783/2001 de 6 de julio, artículo 10, por el que se aprueba el reglamento de protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Dice “que sea improbable exceder 1mSv al menos desde la comunicación de su estado hasta el final del embarazo”

    Bascuas, Alcalde et al (servicio médico OPEL Figueruelas)
    Gestación y trabajo: protocolización de la asistencia a la trabajadora embarazada en salud laboral. Revisión de los fundamentos legales y técnicos relativos a los agentes de riesgo para la reproducción humana. Dice “evitar la exposición”.
    MAPFRE, Medicina 2004, vol 15 nº 1 y 2

    Un saludo

    Javier

    #111039 Agradecimientos: 0
    BUBOVA
    Participante
    0
    junio 2007


    La Directiva 92/85/CEE RELATIVA A LA APLICACIÓN DE MEDIDAS PARA PROMOVER LA MEJORA DE LA SEGURIDAD Y DE LA SALUD EN EL TRABAJO DE LA TRABAJADORA EMBARAZADA, QUE HAYA DADO A LUZ O EN PERIODO DE LACTANCIA

    #111040 Agradecimientos: 0
    ric_lm
    Participante
    0
    diciembre 2007


    Javir por favor, échale un vistazo a estos dos documentos, a ver que te parecen.
    Un saludo y mil gracias por tu ayuda.

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    #111041 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Estimado compañero:
    Interesantes artículos, firmados por gente muy seria y bien documentados.
    Si es mi mujer, sale de rayos del tirón. Que lo de las probabilidades ya me ha hecho equivocarme en alguna ocasión.
    Un saludo

    Javier

    #111042 Agradecimientos: 0
    oceanita
    Participante
    0
    agosto 2006


    Lo mismo digo: En todo caso se habla de probabilidades y eso supone estar en todo momento en la cuerda floja.

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