El acuerdo de criterios básicos sobre la organización de recursos para la actividad sanitaria de los SP aprobado en febrero del 2000 por la Comisión de Salud Pública () dice (leételo completo que es muy bueno, han rellenado 34 páginas de sandeces): “el número de profesionales y su horario sea el adecuado a la población a vigilar, a los riesgos existentes y a las funciones que vayan a desarrollar”.
Lo que es lo mismo, dime cuantos trabajadores tienes, a qué te dedicas, qué haces, cuánto haces y puede que esté bien o no, que yo no lo se.
Ante este acuerdo de mínimos puedes encontrarte desde compañeros que están 1 ó 2 horas/día en la empresa a otros (como es mi caso) que hacen una jornada completa de 8 horitas con número de trabajadores y actividad de la empresa similares.
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