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  • #68119 Agradecimientos: 0
    BGT
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    enero 2011


    ¿Qué formación de PRL debe tener el coordinador de actividades preventivas?
    Se legisla en alguna normativa.
    Gracias

    #400208 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    NO, no está legislado… Es evidente que “tiene que saber” de PRL para ejercitar su puesto… pero su formación no está recogida en ninguna norma.
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #400210 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    #400211 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Tenéis toda la razón… perdón por el error.
    saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #400212 Agradecimientos: 0
    Nando_bcn
    Participante
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    diciembre 2005


    Bien, pues, por Ley, parece que debe tener la formación de Técnico Intermedio, pero, más allá de eso, para ser eficaz en su labor, debería conocer bien el art. 24 de la LPRL y, sobretodo, el RD 171/2004, tanto su contenido literal como interpretación por parte de los tribunales.

    Y, con ello, traten de analizar en cada caso, en qué supuesto de coordinación nos encontramos (mera concurrencia, titular del centro de trabajo, empresa principal que subcontrata propia actividad…) y se ciñan a las implicaciones de cada supuesto (sin obviar ninguna ni inventarse otras).

    Y es que parece una obviedad, pero, por experiencia, me consta que muchos responsables de coordinación de actividades, que seguro que serán técnicos intermedios o superiores, o no se han leido tal normativa, o simplemente no la entienden. Porque, francamente, en pocos casos me he encontrato con razonamientos tipo “en tu caso sois titulares del centro de trabajo” o “estamos hablando de propia actividad” o “mera concurrencia”, etc. no, nada de eso, simplemente de piden una retaila de cosas en base a una “chuleta” que a saber de dónde a han sacado (pero del art. 23 de la LPRL o del RD 171/2004 seguro que no), muchas de ellas, ya no solo no pertinentes al supuesto de coordinación del caso, sino que, además, ajenas al tema de Prevención en general y siempre las mismas, le estés reparando la fotocopiadora y interviniendo directamente en su propio proceso de producción.

    En fin…, no sé que se estudiará en esos cursos, pero el nivel, al menos en mi entorno, es lamentable. Habrán honrosas excepciones, seguro, pero eso, excepciones.

    Saludos

    #400213 Agradecimientos: 0
    Goost
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    2
    septiembre 2002

    Iniciado

    Es decir, que en un % muy, muy elevado de empresas no se cumple con dicho requisito. La inmensa mayoría deben aplicar la coordinación de actividades empresariales en sus centros de trabajo y tiene que haber alguien responsable. Si disponen de SPA, éste no les va a llevar la coordinación sino que tan sólo elaborará un procedimiento de trabajo y les indicará la forma de llevarla a cabo.

    #400214 Agradecimientos: 0
    Nando_bcn
    Participante
    0
    diciembre 2005


    Pues tal ves suceda eso, pero, como digo, y sin ser yo un técnico de prevención, sino responsable de RRHH víctima de los despropósitos que tenenemos que sufrir por parte de muchos responsables de prevención y respecto al tema de coordinación de actividades, doy fé de la tremenda empanada mental que se suele tener en este tema.

    #400215 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenas tardes…
    Ni estoy de acuerdo ni dejo de estarlo… simplemente, ¿¿QUé tiene que ver esto con la pregunta del compañero?????
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #400216 Agradecimientos: 0
    BGT
    Participante
    0
    enero 2011


    la pregunta es, persona que quiere ser coordinador de actividades empresariales y no tiene ningún conocimiento, ni el básico, segun el RD 171/2004 necesita mínimo técnico intermedio.
    Pero si ya no se oferta el nivel intermedio?

    #400219 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenas tardes
    ¿Que ya no se “oferta” el nivel intermedio??? Ahh.. que ahora los técnicos se “ofertan”??
    1º- Hay una cartera más que amplia de técnicos intermedios “rodando” por el mundo, que no han desaparecido del mapa
    2º- ¿Qué hacemos con los TSPRP??? Los mandamos a la luna?? Porque su titulación les habilita para realizar las funciones de nivel “intermedio”.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #400220 Agradecimientos: 0
    Nando_bcn
    Participante
    0
    diciembre 2005


    je,je, pues supongo que habrá sido un poco eso de “aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid”.
    Y es que, sean intermedios o superiores, de verdad que me toca vivir situaciones muy surrealistas, fustrantes y desesperantes por lo que me piden algunos responsables de coordinacion de actividades, en basa a qué pretenden pedirmelo y lo que, por otro lado, no se plantean pedirme no se plantean que ellos tambien deben proporcionarme en ocasiones ciertas cosas o ocouparse de ciertos trámites,
    Por eso no me canso de repetir, tengan el niviel que tengan, por favor, estudien bien el art. 23 de la LPRL y el RD 171/2004, Es que tengo el convencimiento de que algunos, muy tituladcos ellos y supuestaemnte muy profesionales, no se los han mirado en su vida o, si lo han hecho, no han entendido nada.

    En fin, era eso, aprovechando que el Pisuerga …
    Supongo que me cuesta reprimir mi deseperacion en este tema. Seguro que no soy el único.

    #400221 Agradecimientos: 0
    peterpumk
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    0
    diciembre 2007


    Pues no lo pone, pero si te obliga la ley a realizarlo, alguién lo tendrá que realizar (si no se realiza solo que creo que no) y ese alguién como minimo debe tener esa formación (“Como minimo”), si tienes mas mejor, pero si tienes menos pues no lo puedes realizar.

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