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    daniel77
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    diciembre 2002


    HOLA A TODOS.

    ESTOY TRANAJANDO EN UN SPA Y UN GRAN CLIENTE ME HA PLANTEADO UNA DUDA Q HABER SI ME PODEIS RESOLVER Y NO PERDER TANTO TIEMPO YA Q SON INFINIDADES LAS COSAS Q TENGO Q HACER

    ES UNA GRAN EMPRESA Y TIENES MUCHOS CENTROS DE TRABAJO SON EN CONCRETO DOS EDIFICIOS Y VARIAS EDAR Y ETAP.

    QUIEREN Q LE ENTREGUE UN INFORME MAÑANA CON TODAS LAS REFERENCIAS LEGALES DE LO QUE A CONTINUACION VOY A EXPONER.

    sON DOS CASOS.

    PRIMERO.

    ELLOS SON LOS DUEÑOS DEL CENTRO DE TRABAJO Y HAY PERSONAL SUBCONTRATADO POR ELLOS Y PERSONAL DE ELLOS TAMBIEN TRABAJANDO ALLI.

    A QUIEN CORRESPONDE HACER LOS PEI Y LA ER , AQUI ESTA CLARO PIUENSO ES A ELLOS.

    PERO EL SEGUNDO CASO ES Q EL CENTRO ES DE ELLOS PERO NO HAY PERSONAL DE ELLOS TODO EL PERSONAL DEL CENTRO ES SUBCONTRATADO.

    AQUIEN CORRESPONDE EN ESTE CASO EL PEI Y LA EVR.

    eSPERO Q ME PODAIS AYUDAR MUCHAS GRACIAS

    #247662 Agradecimientos: 0
    Mauro_ba
    Participante
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    abril 2004


    Esto es un foro para asesorar y no para hacer tu trabajo. Todos tenemos poco tiempo. Que las preguntas esten hechas por buenos clientes te concierne a ti solamente y no a nosotros.

    Busca toda la información en la página de:

    http://

    es la pagina del instituto de higiene y seguridad de España.

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    #247663 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
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    febrero 2002


    Artículo 24: Coordinación de actividades empresariales

    Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores, en los términos previstos en el apartado 1 del artículo 18 de esta Ley.

    El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.

    Las empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales.

    Las obligaciones consignadas en el último párrafo del apartado 1 del artículo 41 de esta Ley serán también de aplicación, respecto de las operaciones contratadas, en los supuestos en que los trabajadores de la empresa contratista o subcontratista no presten servicios en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que tales trabajadores deban operar con maquinaria, equipos, productos, materias primas o útiles proporcionados por la empresa principal.

    Los deberes de cooperación y de información e instrucción recogidos en los apartados 1 y 2 serán de aplicación respecto de los trabajadores autónomos que desarrollen actividades en dichos centros de trabajo.

    Texto Añadido por la Ley 54/2003:

    en relación art 1902 cc.

    #247664 Agradecimientos: 0
    tonymallorca
    Participante
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    octubre 2003


    articulo 24 de la L.P.R.L. 31/1995 y en su desarrollo el R.D. 171/2004 espero que con la lectura de esto queden aclaradas tus dudas

    #247665 Agradecimientos: 0
    marva
    Participante
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    mayo 2004


    A PARTIR DEL 1 DE MAYO, EN VIGOR EL RD 171/2004, DE 30 DE ENERO(DESARROLLO ARTICULO 24 LEY PRL)

    EL EMPRESARIO PRINCIPAL MIRARA QUE POR PARTE SUBCONTRATAS SE REALICE EVALUACIÓN Y PLAN DE ACCION. LO TIENENS TODO EN EL RD MENCIONADO.

    UN SALUDO

    #247666 Agradecimientos: 0
    m2002
    Participante
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    abril 2002


    EN EL SEGUNDO CASO, HAY QUE SABER SI EL CENTRO ES ALQUILADO A OTRAS EMPRESAS PARA QUE DESARROLLEN SU ACTIVIDAD O SI POR EL CONTRARIO ES UN CENTRO DE TRABAJO DONDE SE HAN SUBCONTRATADO ACTIVIDADES DE LA EMPRESA PRINCIPAL. EN EL SUPUESTO 1, SERÁN LA EMPRESA SUBCONTRATADA LA QUE HA DE REALIZAR EL PEI Y ER. EL EL SUPUESTO 2, REALIZARÁ LA DOCUMENTACIÓN POR LA EMPRESA PRINCIPAL EN COLABORACIÓN CON LA EMPRESA SUBCONTRATADA.

    #247667 Agradecimientos: 0
    amiter
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    mayo 2004


    En el primer caso efctivamente a ellos. En el segundo a cada una de las empresas subcontratadas. Si bien recuerda que en ambos casos ellos deben de informar a las contratas de los riesgos del centro de trabajo para la incorporación a sus evaluaciones.

    #247668 Agradecimientos: 0
    LSC
    Participante
    0
    mayo 2001


    QUE MORRO… yo tampoco tengo tiempo ni de leer muchas veces las cuestiones…. y si alguna vez planteo alguna procuro hacerlo cuando ya he llegado a un callejon sin salida, NUNCA por que no tengo tiempo… recuerda querido compañero que los foreros no somos secretarias de nadie.

    Saludos.

    #247669 Agradecimientos: 0
    galipoliss
    Participante
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    marzo 2004


    Solo por las formas con las que te manejas para plantear la cuestion , mereces que nadie te conteste , así de claro te lo digo amig@ , supongo que todos tenemos poco tiempo , ya que el mal comun de estos tiempos es la prisa y la falta de tiempo . Ahora ,si estas trabajando en una SPA y haces ese tipo de preguntas y de esas formas , pobres de las empresas que te tengan como asesor en prl , mas vale que se vayan a otra spa .

    Intenta contener ese impetu , te ira mucho mejor , aqui se supone somos todos compañeros , y a los compañeros y los amigos se les trata con respeto .

    saludos

    #247670 Agradecimientos: 0
    prenvi
    Participante
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    noviembre 2002


    EIR de puestos, tu empresa. EIR de lugares, el que tiene o regenta el centro de trabajo, además del Plan de emergencia.

    Mírate el R.D. 171/2004, sobre el desarrollo del art. 24 de la LPRL. Básicamente viene a decir que el que aporta los trabajadores, debe dar EIR de puestos, justificantes de entrega de EPIs, información, reconoc. médicos, etc. y el que aporta el lugar, la EIR de lugares, medidas de emergencia, información sobre el centro, vestuarios…

    Salu2

    Javier

    #247671 Agradecimientos: 0
    loquin
    Participante
    0
    enero 2004


    si en el contrato, que firmaste con el , esta estipulado que tienes que realizar, estas acctividades, las tendras que realizar, pero si no esta estipulado y el como responsable de la actividad tiene la obligación de realizarlo.

    analiza el contrato, que tiene con el y en base a este solucionalo.

    #247672 Agradecimientos: 0
    Pepe vis t
    Participante
    0
    marzo 2004


    Bien. En primer lugar, la empresa principal debe tener concertado en SPP o Ageno. Después debe exigir a todas y cada una de las empresas subcontratadas, incluyendo a los autonomos lo siguiente:

    Alta en la Seguridad Social.

    Ultimo recibo del TC1 y TC2.

    Contrato firmado y sellado con un Servicio de Prevención.

    Certificado de reconocimiento médico de cada trabajador.

    Certificado de formación en materia de prevención de los trabajadores.

    Hoja de información recibida de los trabajadores.

    Hoja de recepción de EPI´s por cada trabajador de su empresa.

    Hoja donde las subcontratas señalen los trabajadores que cada mes realizan trabajaos en los centros de la principal.

    La principal tambien tendrá que informar a las subcontratas de los riesgos que van a tener en su centro de trabajo. deberá poner a disposición de las subcontratas toda la información referente a los riesgos de su actividad; Evaluación de riesgos, Fichas de datos de seguridad, etc.

    Con todo esto ya se puede empezar a trabajar.

    Te acosnsejo una buena coordinación y comunicación con las subcontratas.

    Suerte.

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