Estimada Ligia:
Contesto tu pregunta desde Chile. En nuestra legislación, en el artículo Nº 54 del Decreto Supremo 594 (Ley Nº 16744) – establece que el empleador deberá proporcionar a sus trabajadores, libres de costo, los EPP adecuados al riesgo a cubrir y el adiestramiento benesario para su correcto empleo…. y por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras se encuentre expuesto al riesgo.