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  • #36032 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Leída tu respuesta a Ana Patricia te agradecería enormemente que me dijeses DONDE está reflejado que está prohibido el chorreo con arena porque independientemente que en el mercado existe la granalla, agua e incluso un equipo que proyecta microgotas de agua congelada, es un sistema que se emplea habitualmente por ser mucho más efectivo y menos agresivo que los anteriores, y de hecho de cada 100 proyectos que veo de rehabilitación de fachadas de piedra, en 90 se realiza un chorreo de arena y en el resto es que no se realiza, ni de agua, ni de granalla ni de nada de nada.

    Si se emplea por ejemplo un casco de chorreo tipo Apollo 100 CE con aire asistido que impide respirar la sílice, aparte de otros equipos especiales, ¿qué problema hay? Insisto, te agradecería me indicaras donde figura la prohibición y disculparme por emplear una pregunta del foro para hacerte la consulta pero quizás no la leyeras en la pregunta de Ana Patricia.

    #247436 Agradecimientos: 0
    r.prado
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    noviembre 2003


    En respuesta a tu pregunta, te comento lo siguiente:

    En primer lugar, decirte que el chorreo de fachadas utilizando sistemas de agua a presión, está a la orden del día. Por lo menos, en la rehabilitación de fachadas de piedra en Galicia, que es donde yo resido. Por lo tanto, no estoy de acuerdo en lo que indicas sobre que el chorreo de las mismas, o se hace con arena, o no se hace. En estructuras metálicas se utiliza siempre granalla.

    Respecto de dónde aparece reflejado el hecho de la prohibición de la utilización de arena en el proceso de chorreo, existe un requerimiento efectuado en su momento por Inspección de Trabajo en el sector naval y en de la piedra, apoyado por los sindicatos, en el que se prohibe la utilización del chorreo con arena en ciertas actividades. Quizá me haya equivocado en generalizarlo a otras actividades.

    Lo que si puedo hacer es concretarte que existen otras normativas a cumplir que las Leyes y RD. Al respecto, por ejemplo, te puedo decir que PUERTOS DEL ESTADO establece unas normas, asumidas y ampliadas por las correspondientes AUTORIDADES PORTUARIAS, que prohiben los procesos de chorreo de ciertas características, entre ellas los realizados con arena en terrenos de su concesión. También están prohibidos los chorreos con arena en trabajos en barcos a flote.

    Por otro lado, comentar que a la hora de seleccionar un proceso de fabricación, los criterios en materia de Seguridad y Salud laboral no son los únicos a tener en cuenta. También hay que tener en cuenta otros criterios, entre los que están los medioambientales. Existe normativa, normalmente autonómica, en la que se obliga a tomar una serie de medidas que eviten que se produzcan emisiones atomsféricas ( marcan unos límites). Los procesos de chorreo con arena, a menos que se cierre muy, muy bien la zona ( cosa que no ocurre en las obras de construcción), producen una emisión de polvo que sobrepasan los límites permitidos, con lo que no se deberían realizar. Otra cosa bien distinta es que la Inspección de Medioambiente haga la vista gorda.

    Espero que la respuesta satisfaga tu curiosidad.

    Un saludo,

    Roberto Rodríguez

    #247437 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Agradecerte tu respuesta y aclaración. Uno se acuesta todos los días aprendiendo algo nuevo. De todas formas y aunque pueda estar totalmente de acuerdo en el NO empleo de arena para chorreo, por desgracia y para trabajos en fachadas no está prohibido, por lo que me sigue tocando torear con los proyectistas para que implanten otros sistemas y con las empresas y trabajadores para que empleen los equipos de protección.

    GRACIAS.

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