Buenas tardes
Lo que hace el promotor es avisar a la autoridad laboral del inicio de una obra de su “propiedad”, y esto lo hace a través del: AVISO PREVIO. Pero no hace apertura de centro, ya que el hecho de que sea de su propiedad no significa que tenga un centro de trabajo, ya que no tiene por qué (y habitualmente así es salvo raras execpciones) aportar trabajadores ni materiales, contrata que se lo hagan, pero no lo ejecuta él.
A partir de ahí, toda empresa que entre a trabajar, da igual contratista que subcontratista que autónomo, debe abrir centro de trabajo (ya que ellos sí ejecutan trabajos allí)
Un saludo
"Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"