Tienes que cumplir lo indicado en la ITC-17, En ella indica que se revisará la instalación, calderín, sistemas deseguridad (válvulas, manometro, etc), UNA VEZ AL AÑO (inspección anual) por personal autorizado y con los medios técnicos mínimos.
Después cada 10 años habrá de someter el calderín o depósito de aire a una prueba hidráylica de presión, que según la capacidad de este, deberá de estar supervisadas por un OCA, (inspección periódica también llamada reglamentaria).
si repasas esta ITC, encontrarás lo que te indico.
por si el usuario de esa instalación pretende revisar por su cuenta deberá de contar con unos medios técnicos y humanos, conforme lo indica el artículo 16 del RD 1244/1979 por el que se aprueba el Reglamento de aparatos a presión.
saludos.