Buenos días, tengo unas dudas en cuanto al comité de seguridad y salud, de mi empresa (bueno ayuntamiento). El año pasado se constituyó un comité de seguridad y salud, pero este año han habido cambios y hay nuevos delegados de prevención, al igual que el comité ha pasado de tener 2 a 6 miembros (3 de cada parte). Mi duda viene en: ¿es necesario constituir de nuevo un nuevo CSS o con comunicar a la autoridad laboral los nuevos delegados sería suficiente?
Por otra parte ¿hay que comunicar también los que son por parte de la empresa?
Y ya por último, he estado mirando si se puede justificar legalmente el nombramiento por parte del empresario a los trabajadores que conformarán el comité, ¿aparece en alguna ley/norma? Es que solo me aparece que tiene que ser paritario.
Gracias, un saludo.