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  • #425773 Agradecimientos: 0
    JC_
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    junio 2013


    Si no lo he entendido mal y para concretar (dejando a un lado la contratación de una OCA) el procedimiento es así:

    1º.- Según lo que me indicas asquí:

    Normalmente (es decir, siempre) si analizas la máquinas según la normativa de comercialización de máquinas, ya cumplirás el AnexoI de RD1215/97

    Aplicamos en primer lugar el RD1644/2008

    2º.- Y en segundo lugar, cumplir el Anexo II del RD1215/97

    por lo que el análisis de esas máquinas conforme al RD1215/97, únicamente se restringirá al AnexoII

    ¿Es correcto?

    (De Locos gracias por tu elaborada y argumentada respuesta)

    Saludos.

    #425774 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    @De locos wrote:

    el trabajo técnico necesario ya lo hará la empresa o lo contratará fuera. Me refiero al asesoramiento para identificar los riesgos de esa máquina, estudiarse la normativa de aplicación y compararlo con lo anterior, y en perfecta conjunción con la empresa, ayudar a redactar el expediente técnico (que no suele ser nada del otro mundo) para que la empresa pueda firmar la declaración CE de Conformidad.
    Te agradezco si conoces algún SPA que haga este serivcio, que perfectamente entra en su ámbito de aplicación CUANDO LA MÁQUINA ES PARA USO PROPIO.

    Mi experiencia es que alguna de esas malditas y odiadas OCAS sí lo hacen, quiero decir, intentar ganar dinero asesorando a una empresa en algo que le resulte útil (!qué pecado!)

    Si por “ese servicio” te refieres a la identificación de los riesgos que puede generar una máquina te digo que la gran mayoría de los SPA te lo ofrece dentro de su concierto de prevención. Si por “ese servicio” te refieres a la elaboración de un expediente técnico te digo que no tienen porqué ofrecértelo ni estudiarse normativas que no les corresponde.
    Lo de “malditas y odiadas” y lo “pecado” es de tu cosecha no de la mía. Se que hay OCAS e ingenierías que ofrecen un servicio magnífico y también se que hay otros “agentes” (SPA incluidos) que se dedican a invadir ámbitos competenciales que no les corresponden y sobre los que, en muchas ocasiones, no tienen ni pajolera idea.
    Según tu teoría (y la de algún otr@), un TPRL ha de ser ingeniero, abogado y médico todo en uno y creo que eso es imposible
    Mi experiencia me dice que el “totum revolutum” puede parecer una solución fácil pero, a la larga, no es más que una fuente de problemas. No siempre el camino más corto es el mejor.
    Saludos

    #425775 Agradecimientos: 0
    De locos
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    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Cap. Morgan wrote:

    @De locos wrote:

    el trabajo técnico necesario ya lo hará la empresa o lo contratará fuera. Me refiero al asesoramiento para identificar los riesgos de esa máquina, estudiarse la normativa de aplicación y compararlo con lo anterior, y en perfecta conjunción con la empresa, ayudar a redactar el expediente técnico (que no suele ser nada del otro mundo) para que la empresa pueda firmar la declaración CE de Conformidad.
    Te agradezco si conoces algún SPA que haga este serivcio, que perfectamente entra en su ámbito de aplicación CUANDO LA MÁQUINA ES PARA USO PROPIO.

    Mi experiencia es que alguna de esas malditas y odiadas OCAS sí lo hacen, quiero decir, intentar ganar dinero asesorando a una empresa en algo que le resulte útil (!qué pecado!)

    Si por “ese servicio” te refieres a la identificación de los riesgos que puede generar una máquina te digo que la gran mayoría de los SPA te lo ofrece dentro de su concierto de prevención. Si por “ese servicio” te refieres a la elaboración de un expediente técnico te digo que no tienen porqué ofrecértelo ni estudiarse normativas que no les corresponde.
    Lo de “malditas y odiadas” y lo “pecado” es de tu cosecha no de la mía. Se que hay OCAS e ingenierías que ofrecen un servicio magnífico y también se que hay otros “agentes” (SPA incluidos) que se dedican a invadir ámbitos competenciales que no les corresponden y sobre los que, en muchas ocasiones, no tienen ni pajolera idea.
    Según tu teoría (y la de algún otr@), un TPRL ha de ser ingeniero, abogado y médico todo en uno y creo que eso es imposible
    Mi experiencia me dice que el “totum revolutum” puede parecer una solución fácil pero, a la larga, no es más que una fuente de problemas. No siempre el camino más corto es el mejor.
    Saludos

    un TPRL no ha de ser (ni puede serlo) ingeniero, abogado y médico todo en uno; pero un SPA sí. Ésa es la diferencia. La práctica habitual de asignar un TPRL a la empresa es buena en la mayoría de los casos; pero si los SPA´s quieren sobrevivir (que se preparen en los de mutuas como los vendan) deben tener especialistas (y estos sí pueden ser ingenieros, abogados, etc., además de TPRL) que asesoren a las empresas en aquellos que necesitan.
    Y las empresas necesitan asesoramiento legal en materia preventiva, y asesoramiento técnico en máquinas, asesoramiento químico en la utilización de determinados productos, asesoramiento de profesionales de la psicología y sociología en determinadas cuestiones, etc.; que complemente eficazmente la labor de base que hace el TPRL asignado a la empresa.
    Ésa ha sido siempre mi visión del tema; y el tiempo parece que me va dando la razón; porque es un hecho que aún en los SPA´s de mutuas (lo menos flexibles) estas cuestiones ya se están planteando, aunque sea de forma tímida.
    Repito: no el TPRL sino el SPA en su conjunto debe ser multidisciplinar. Sin duda.
    Y el que no sepa, que estudie.

    #425776 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    @De locos wrote:

    un TPRL no ha de ser (ni puede serlo) ingeniero, abogado y médico todo en uno; pero un SPA sí. Ésa es la diferencia. La práctica habitual de asignar un TPRL a la empresa es buena en la mayoría de los casos; pero si los SPA´s quieren sobrevivir (que se preparen en los de mutuas como los vendan) deben tener especialistas (y estos sí pueden ser ingenieros, abogados, etc., además de TPRL) que asesoren a las empresas en aquellos que necesitan.
    Y las empresas necesitan asesoramiento legal en materia preventiva, y asesoramiento técnico en máquinas, asesoramiento químico en la utilización de determinados productos, asesoramiento de profesionales de la psicología y sociología en determinadas cuestiones, etc.; que complemente eficazmente la labor de base que hace el TPRL asignado a la empresa.
    Ésa ha sido siempre mi visión del tema; y el tiempo parece que me va dando la razón; porque es un hecho que aún en los SPA´s de mutuas (lo menos flexibles) estas cuestiones ya se están planteando, aunque sea de forma tímida.
    Repito: no el TPRL sino el SPA en su conjunto debe ser multidisciplinar. Sin duda.
    Y el que no sepa, que estudie.

    Creo que tenemos interpretaciones distintas del concepto multidisciplinar.
    Un SPA NO es un despacho de abogados laboralistas
    Un SPA NO es una ingeniería
    Un SPA NO es una clínica médica
    Un SPA NO es un distribuidor de EPI
    Y NO es ninguna de estas cosas porque NO puede serlo (y en mi opinión no debe serlo). Un SPA debería conformarse con ser un buen SPA y bastante tiene si lo consigue.

    Tienes razón, las empresas necesitan de una serie de servicios y para eso ya hay en el mercado proveedores de los mismos y no todos son SPA. Y seguro que incluso hay “hipermercados del multiservicio” pero ya se sabe: “aprendiz de todo, maestro de nada”

    Saludos

    Saludos

    #425777 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Cap. Morgan wrote:

    @De locos wrote:

    un TPRL no ha de ser (ni puede serlo) ingeniero, abogado y médico todo en uno; pero un SPA sí. Ésa es la diferencia. La práctica habitual de asignar un TPRL a la empresa es buena en la mayoría de los casos; pero si los SPA´s quieren sobrevivir (que se preparen en los de mutuas como los vendan) deben tener especialistas (y estos sí pueden ser ingenieros, abogados, etc., además de TPRL) que asesoren a las empresas en aquellos que necesitan.
    Y las empresas necesitan asesoramiento legal en materia preventiva, y asesoramiento técnico en máquinas, asesoramiento químico en la utilización de determinados productos, asesoramiento de profesionales de la psicología y sociología en determinadas cuestiones, etc.; que complemente eficazmente la labor de base que hace el TPRL asignado a la empresa.
    Ésa ha sido siempre mi visión del tema; y el tiempo parece que me va dando la razón; porque es un hecho que aún en los SPA´s de mutuas (lo menos flexibles) estas cuestiones ya se están planteando, aunque sea de forma tímida.
    Repito: no el TPRL sino el SPA en su conjunto debe ser multidisciplinar. Sin duda.
    Y el que no sepa, que estudie.

    Creo que tenemos interpretaciones distintas del concepto multidisciplinar.
    Un SPA NO es un despacho de abogados laboralistas
    Un SPA NO es una ingeniería
    Un SPA NO es una clínica médica
    Un SPA NO es un distribuidor de EPI
    Y NO es ninguna de estas cosas porque NO puede serlo (y en mi opinión no debe serlo). Un SPA debería conformarse con ser un buen SPA y bastante tiene si lo consigue.

    Tienes razón, las empresas necesitan de una serie de servicios y para eso ya hay en el mercado proveedores de los mismos y no todos son SPA. Y seguro que incluso hay “hipermercados del multiservicio” pero ya se sabe: “aprendiz de todo, maestro de nada”

    Saludos

    Saludos

    Tienes toda la razón.
    Un SPA no es un despacho de abogados laboralistas, si me sancionan o despiden como trabajador ya me buscaré un abogado laboralista y no un SPA. Pero…, siempre hay matices, si a una empresa cliente de un SPA un inspector de trabajo le denuncia (y probablemente poniendo en tela de juicio al propio SPA que le asesora) y hay que llegar hacer alegaciones o llegar a juicio, si que necesitaré de un buen abogado especializado en prevención, ¿y por qué no puede ser del mismo SPA? La “pon la marca que quieras” se dedica a vender su marca, es su negocio, pero tiene un buen gabinete de abogados, propio o subcontratado para que defienda sus intereses, si es muy grande, tendrá abogados en su plantilla, aunque la empresa no se dedique a la abogacía, sino a vender lo suyo.
    Un SPA no es una ingeniería. Si necesito optimizar un proceso industrial, recurriré a una ingeniería especializada en lo que necesite, pero si hay que evaluar procesos industriales creo que es más correcto que el SPA aporte un ingeniero con conocimiento en el proceso que no un abogado (con todos mis respetos al abogado) con un check list pero que no sabrá proponer medidas correctoras adecuadas por su falta de conocimiento técnico.
    Un SPA no es una clínica médica. Aquí no tengo argumentos contradictorios, no lo es y punto.
    Un SPA no es un distribuidor de EPI, pero… si es quien con total imparcialidad me puede proponer una alternativa de EPI adecuados, o debería ser capaz de proponérmelo.

    Un SPA SI ES una consultoría especializada que cumple una serie de requisitos legalmente exigibles para ejercer. Y para ser una buena consultoría que atienda las necesidades de sus clientes necesitará abogados, ingenieros, químicos, biólogos, psicólogos, pedagogos, médicos, etc. Esto es ser multidisciplinar y sobre todo “experto”.

    Y todo esto ¿por qué?. Pues porque un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento.

    Saludos

    #425778 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    @Man0706 wrote:

    Tienes toda la razón.
    Un SPA no es un despacho de abogados laboralistas, si me sancionan o despiden como trabajador ya me buscaré un abogado laboralista y no un SPA. Pero…, siempre hay matices, si a una empresa cliente de un SPA un inspector de trabajo le denuncia (y probablemente poniendo en tela de juicio al propio SPA que le asesora) y hay que llegar hacer alegaciones o llegar a juicio, si que necesitaré de un buen abogado especializado en prevención, ¿y por qué no puede ser del mismo SPA? La “pon la marca que quieras” se dedica a vender su marca, es su negocio, pero tiene un buen gabinete de abogados, propio o subcontratado para que defienda sus intereses, si es muy grande, tendrá abogados en su plantilla, aunque la empresa no se dedique a la abogacía, sino a vender lo suyo.
    Un SPA no es una ingeniería. Si necesito optimizar un proceso industrial, recurriré a una ingeniería especializada en lo que necesite, pero si hay que evaluar procesos industriales creo que es más correcto que el SPA aporte un ingeniero con conocimiento en el proceso que no un abogado (con todos mis respetos al abogado) con un check list pero que no sabrá proponer medidas correctoras adecuadas por su falta de conocimiento técnico.
    Un SPA no es una clínica médica. Aquí no tengo argumentos contradictorios, no lo es y punto.
    Un SPA no es un distribuidor de EPI, pero… si es quien con total imparcialidad me puede proponer una alternativa de EPI adecuados, o debería ser capaz de proponérmelo.

    Un SPA SI ES una consultoría especializada que cumple una serie de requisitos legalmente exigibles para ejercer. Y para ser una buena consultoría que atienda las necesidades de sus clientes necesitará abogados, ingenieros, químicos, biólogos, psicólogos, pedagogos, médicos, etc. Esto es ser multidisciplinar y sobre todo “experto”.

    Y todo esto ¿por qué?. Pues porque un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento.

    Saludos

    De acuerdo en casi todo lo que dices, pero es que eso no tiene nada que ver con lo que yo entiendo que defiende De Locos. Si un SPA quiere ser un buen SPA debe tener TPRL originarios en todas las especialidades: arquitectos, ingenieros, abogados, químicos, biólogos,… para, de esta forma, poder ofrecer a sus clientes el mejor servicio y asesoramiento; pero nótese que pongo primero lo de TRPL que lo de su carrera de origen porque estos profesionales deben ejercer de TPRL y no de químicos, biólogos o ingenieros. Y sobre todo eso, suscribo lo de EXPERTO.
    Y con lo del abogado, pues puede parecer lógico que el SPA ofrezca un servicio de despacho legal para temas relacionados con la PRL. Pero resulta que el RSP prohibe que los SPA mantengan con sus clientes otro tipo de relaciones comerciales distintas a su actuación como servicio de prevención y aquí es donde surge la duda ¿Los servicios jurídicos son actividad propia de prevención?
    Lo que tengo bastante claro es que la elaboración de un expediente técnico para cumplir con los requisitos de una norma industrial NO es actividad propia de SPA. Del mismo modo que no lo es la elaboración de un proyecto para la instalación de un depósito de combustible, por mucho que una instalación defectuosa pueda producir accidentes muy graves o, como se ha señalado en otro post, elaborar el “proyecto” de la instalación de una barandilla.
    Saludos

    #425779 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @Cap. Morgan wrote:

    @Man0706 wrote:

    Tienes toda la razón.
    Un SPA no es un despacho de abogados laboralistas, si me sancionan o despiden como trabajador ya me buscaré un abogado laboralista y no un SPA. Pero…, siempre hay matices, si a una empresa cliente de un SPA un inspector de trabajo le denuncia (y probablemente poniendo en tela de juicio al propio SPA que le asesora) y hay que llegar hacer alegaciones o llegar a juicio, si que necesitaré de un buen abogado especializado en prevención, ¿y por qué no puede ser del mismo SPA? La “pon la marca que quieras” se dedica a vender su marca, es su negocio, pero tiene un buen gabinete de abogados, propio o subcontratado para que defienda sus intereses, si es muy grande, tendrá abogados en su plantilla, aunque la empresa no se dedique a la abogacía, sino a vender lo suyo.
    Un SPA no es una ingeniería. Si necesito optimizar un proceso industrial, recurriré a una ingeniería especializada en lo que necesite, pero si hay que evaluar procesos industriales creo que es más correcto que el SPA aporte un ingeniero con conocimiento en el proceso que no un abogado (con todos mis respetos al abogado) con un check list pero que no sabrá proponer medidas correctoras adecuadas por su falta de conocimiento técnico.
    Un SPA no es una clínica médica. Aquí no tengo argumentos contradictorios, no lo es y punto.
    Un SPA no es un distribuidor de EPI, pero… si es quien con total imparcialidad me puede proponer una alternativa de EPI adecuados, o debería ser capaz de proponérmelo.

    Un SPA SI ES una consultoría especializada que cumple una serie de requisitos legalmente exigibles para ejercer. Y para ser una buena consultoría que atienda las necesidades de sus clientes necesitará abogados, ingenieros, químicos, biólogos, psicólogos, pedagogos, médicos, etc. Esto es ser multidisciplinar y sobre todo “experto”.

    Y todo esto ¿por qué?. Pues porque un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento.

    Saludos

    De acuerdo en casi todo lo que dices, pero es que eso no tiene nada que ver con lo que yo entiendo que defiende De Locos. Si un SPA quiere ser un buen SPA debe tener TPRL originarios en todas las especialidades: arquitectos, ingenieros, abogados, químicos, biólogos,… para, de esta forma, poder ofrecer a sus clientes el mejor servicio y asesoramiento; pero nótese que pongo primero lo de TRPL que lo de su carrera de origen porque estos profesionales deben ejercer de TPRL y no de químicos, biólogos o ingenieros. Y sobre todo eso, suscribo lo de EXPERTO.
    Y con lo del abogado, pues puede parecer lógico que el SPA ofrezca un servicio de despacho legal para temas relacionados con la PRL. Pero resulta que el RSP prohibe que los SPA mantengan con sus clientes otro tipo de relaciones comerciales distintas a su actuación como servicio de prevención y aquí es donde surge la duda ¿Los servicios jurídicos son actividad propia de prevención?
    Lo que tengo bastante claro es que la elaboración de un expediente técnico para cumplir con los requisitos de una norma industrial NO es actividad propia de SPA. Del mismo modo que no lo es la elaboración de un proyecto para la instalación de un depósito de combustible, por mucho que una instalación defectuosa pueda producir accidentes muy graves o, como se ha señalado en otro post, elaborar el “proyecto” de la instalación de una barandilla.
    Saludos

    Si que estamos de acuerdo, fíjate que en mi defensa de un abogado para un SPA, hablaba de alegaciones o juicio en temas de prevención y eso, además, porque probablemente la propia actividad asesora del SPA haya podido dar pie a la demanda de un inspector. Evidentemente que un SPA no ha de tener abogados para defender los intereses de sus clientes en otros campos puesto que, como tu bien dices y yo también (“cumple una serie de requisitos legalmente exigibles para ejercer”), incumplirían la ley.

    También creo que es evidente que un proyecto, por ejemplo, de instalación de protección contra incendios no es competencia de un SPA, pero ¿cuántas veces hemos recomendado colocar extintores adicionales de CO2 a proyectos técnicamente y legalmente correctos de instalaciones contra incendios?

    Edito: Evidentemente me refiero a que estos profesionales sean además TPRL y ejerzan como tales.

    #425780 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Cap. Morgan wrote:

    @Man0706 wrote:

    Tienes toda la razón.
    Un SPA no es un despacho de abogados laboralistas, si me sancionan o despiden como trabajador ya me buscaré un abogado laboralista y no un SPA. Pero…, siempre hay matices, si a una empresa cliente de un SPA un inspector de trabajo le denuncia (y probablemente poniendo en tela de juicio al propio SPA que le asesora) y hay que llegar hacer alegaciones o llegar a juicio, si que necesitaré de un buen abogado especializado en prevención, ¿y por qué no puede ser del mismo SPA? La “pon la marca que quieras” se dedica a vender su marca, es su negocio, pero tiene un buen gabinete de abogados, propio o subcontratado para que defienda sus intereses, si es muy grande, tendrá abogados en su plantilla, aunque la empresa no se dedique a la abogacía, sino a vender lo suyo.
    Un SPA no es una ingeniería. Si necesito optimizar un proceso industrial, recurriré a una ingeniería especializada en lo que necesite, pero si hay que evaluar procesos industriales creo que es más correcto que el SPA aporte un ingeniero con conocimiento en el proceso que no un abogado (con todos mis respetos al abogado) con un check list pero que no sabrá proponer medidas correctoras adecuadas por su falta de conocimiento técnico.
    Un SPA no es una clínica médica. Aquí no tengo argumentos contradictorios, no lo es y punto.
    Un SPA no es un distribuidor de EPI, pero… si es quien con total imparcialidad me puede proponer una alternativa de EPI adecuados, o debería ser capaz de proponérmelo.

    Un SPA SI ES una consultoría especializada que cumple una serie de requisitos legalmente exigibles para ejercer. Y para ser una buena consultoría que atienda las necesidades de sus clientes necesitará abogados, ingenieros, químicos, biólogos, psicólogos, pedagogos, médicos, etc. Esto es ser multidisciplinar y sobre todo “experto”.

    Y todo esto ¿por qué?. Pues porque un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento.

    Saludos

    De acuerdo en casi todo lo que dices, pero es que eso no tiene nada que ver con lo que yo entiendo que defiende De Locos. Si un SPA quiere ser un buen SPA debe tener TPRL originarios en todas las especialidades: arquitectos, ingenieros, abogados, químicos, biólogos,… para, de esta forma, poder ofrecer a sus clientes el mejor servicio y asesoramiento; pero nótese que pongo primero lo de TRPL que lo de su carrera de origen porque estos profesionales deben ejercer de TPRL y no de químicos, biólogos o ingenieros. Y sobre todo eso, suscribo lo de EXPERTO.
    Y con lo del abogado, pues puede parecer lógico que el SPA ofrezca un servicio de despacho legal para temas relacionados con la PRL. Pero resulta que el RSP prohibe que los SPA mantengan con sus clientes otro tipo de relaciones comerciales distintas a su actuación como servicio de prevención y aquí es donde surge la duda ¿Los servicios jurídicos son actividad propia de prevención?
    Lo que tengo bastante claro es que la elaboración de un expediente técnico para cumplir con los requisitos de una norma industrial NO es actividad propia de SPA. Del mismo modo que no lo es la elaboración de un proyecto para la instalación de un depósito de combustible, por mucho que una instalación defectuosa pueda producir accidentes muy graves o, como se ha señalado en otro post, elaborar el “proyecto” de la instalación de una barandilla.
    Saludos

    Si ése el concepto que queréis para un SPA (es el que hay actualmente), entonces no os digo nada. Allá vosotros.

    un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento

    No fuera malo que pudiera hacer todas esas cosas; pero legalmente no puede, ya lo sé, hasta ahí llego; pero sí puede vender asesoramiento sobre todo eso.
    Es decir: No será tu abogado, pero sí puede asesorarte sobre cómo defenderte de un acta de infracción ridícula, puede asesorarte en una visita de la inspección; puede colaborar contigo en un equipo multidisciplinar que asesore al abogado que lleve la defensa frente a una imputación; no puede vender válvulas; pero sí puede asesorar -una vez que tenga conocimientos sobre el tema- sobre qué tipo de relé de seguridad es mejor para una cierta necesidad en una máquina compleja, con sensores de presencia, enclavamientos, etc.; no puede venderte programas de mejora de productividad de los trabajadores; pero sí puede orientar la gestión psicosociológica de cómo se trata a los trabajadores; más allá de pasarles un test de mierda.
    Todo eso es imposible que un solo TPRL pueda hacerlo; pero sí es posible que un SPA con determinado número de TPRL especializados lo haga; porque además sí entra perfectamente dentro de las funciones de un SPA.
    Creo que estáis confundidos cuando considerais que un SPA es un descubridor de riesgos, pero que no tiene por qué poner toda la carne en el asador a la hora de establecer las medidas preventivas, limitándose y conformándose con poner cuatro vaguedades, y algo más específico cuando es fácil de hacer.
    Alguno de los TPRL de un SPA debería poder interpretar un catálogo de accionamientos neumáticos con certificación ATEX, otro al menos debería estar al día en técnicas de identificación de problemas psicosociales; otro debería tener (por qué no, debido a su formación en derecho) estar familiarizado con la jurisprudencia en materia preventiva; para asesorar a cualquier empresa que así lo requiera (no sé si os habéis dado cuenta que leyendo sentencias se aprende a no hacer aquello que se puede sancionar o condenar, de forma preventiva). ETc, etc.

    Ese SPA que yo propongo, que entra perfectamente dentro de la ley, podrá exigir a la empresa una minuta decente, porque le arregla problemas. Los SPA´s de ahora seguirán mendigando céntimos, porque lo que ofrecen no vale nada.

    #425781 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
    Participante
    111
    11
    mayo 2005


    Maestro

    @De locos wrote:

    Si ése el concepto que queréis para un SPA (es el que hay actualmente), entonces no os digo nada. Allá vosotros.

    un SPA vende papel y conocimiento, pero no ha de vender (y la ley se lo prohíbe) válvulas de seguridad, resguardos, protectores auditivos o prótesis de rodilla. Pero eso no quita para que cuando elabore el plan con las medidas correctoras para que lo apruebe el empresario, este plan incluya las medidas correctoras adecuadas fruto del conocimiento

    No fuera malo que pudiera hacer todas esas cosas; pero legalmente no puede, ya lo sé, hasta ahí llego; pero sí puede vender asesoramiento sobre todo eso.
    Es decir: No será tu abogado, pero sí puede asesorarte sobre cómo defenderte de un acta de infracción ridícula, puede asesorarte en una visita de la inspección; puede colaborar contigo en un equipo multidisciplinar que asesore al abogado que lleve la defensa frente a una imputación; no puede vender válvulas; pero sí puede asesorar -una vez que tenga conocimientos sobre el tema- sobre qué tipo de relé de seguridad es mejor para una cierta necesidad en una máquina compleja, con sensores de presencia, enclavamientos, etc.; no puede venderte programas de mejora de productividad de los trabajadores; pero sí puede orientar la gestión psicosociológica de cómo se trata a los trabajadores; más allá de pasarles un test de mierda.
    Todo eso es imposible que un solo TPRL pueda hacerlo; pero sí es posible que un SPA con determinado número de TPRL especializados lo haga; porque además sí entra perfectamente dentro de las funciones de un SPA.
    Creo que estáis confundidos cuando considerais que un SPA es un descubridor de riesgos, pero que no tiene por qué poner toda la carne en el asador a la hora de establecer las medidas preventivas, limitándose y conformándose con poner cuatro vaguedades, y algo más específico cuando es fácil de hacer.
    Alguno de los TPRL de un SPA debería poder interpretar un catálogo de accionamientos neumáticos con certificación ATEX, otro al menos debería estar al día en técnicas de identificación de problemas psicosociales; otro debería tener (por qué no, debido a su formación en derecho) estar familiarizado con la jurisprudencia en materia preventiva; para asesorar a cualquier empresa que así lo requiera (no sé si os habéis dado cuenta que leyendo sentencias se aprende a no hacer aquello que se puede sancionar o condenar, de forma preventiva). ETc, etc.

    Ese SPA que yo propongo, que entra perfectamente dentro de la ley, podrá exigir a la empresa una minuta decente, porque le arregla problemas. Los SPA´s de ahora seguirán mendigando céntimos, porque lo que ofrecen no vale nada.

    “No será tu abogado, pero sí puede asesorarte sobre cómo defenderte de un acta de infracción ridícula, puede asesorarte en una visita de la inspección; puede colaborar contigo en un equipo multidisciplinar que asesore al abogado que lleve la defensa frente a una imputación”
    El mejor asesoramiento que se le puede hacer a un cliente para defenderse en temas legales es: consulte Vd con un buen abogado. A partir de ahí, todas las demás actividades del párrafo ya se hacen.

    “no puede vender válvulas; pero sí puede asesorar -una vez que tenga conocimientos sobre el tema- sobre qué tipo de relé de seguridad es mejor para una cierta necesidad en una máquina compleja, con sensores de presencia, enclavamientos, etc.; “

    Es que un SPA no tiene porqué tener “profesionales” del automatismo, ni de motores ni de cilindros ni… Lo que tiene que tener es profesionales de la seguridad y salud laboral.

    no puede venderte programas de mejora de productividad de los trabajadores; pero sí puede orientar la gestión psicosociológica de cómo se trata a los trabajadores; más allá de pasarles un test de mierda.

    Eso ya se hace y esos “test de mierda” son herramientas para la evaluación de riesgos (me puedo esperar esta expresión de un neófito, un empresario, un trabajador, pero de un veterano profesional de la PRL me parece fuera e lugar)

    Creo que el que está confundido eres tu con respecto a los servicios que ofrece/puede ofrecer un SPA y lo que le toca a cada uno. El fin (solucionar el problema) no justifica los medios nunca y en esta materia tampoco. ¿Te suena el estereotipo del trabajador alemán cuadriculado y especializado y del trabajador español valeparatodo? Ya sabes donde están unos y otros.

    Por cierto, según tu teoría que vayan cerrando ingenierías, despachos de abogados, etc, porque el futuro es el hipermercadoSPA.

    Saludos

    #425782 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    11
    mayo 2005


    Maestro

    Y por cierto, en mi opinión leer sentencias no le convierte a uno en abogado, ni navegar por portales médicos lo convierte en doctor, ni leer autobild le convierte a uno en mecánico Ni siquiera tener el master PRL le convierte a uno en TECNICO.
    Saludos

    #425783 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Es que un SPA no tiene porqué tener “profesionales” del automatismo, ni de motores ni de cilindros ni… Lo que tiene que tener es profesionales de la seguridad y salud laboral.

    Bueno Morgan, pues vale. Eso no es discutible, es opinable. Yo creo que eso daría mucho valor añadido a un SPA, y tú consideras que un SPA no lo necesita.
    De acuerdo.

    #425784 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    @JC_ wrote:

    Si no lo he entendido mal y para concretar (dejando a un lado la contratación de una OCA) el procedimiento es así:

    1º.- Según lo que me indicas asquí:

    Normalmente (es decir, siempre) si analizas la máquinas según la normativa de comercialización de máquinas, ya cumplirás el AnexoI de RD1215/97

    Aplicamos en primer lugar el RD1644/2008

    2º.- Y en segundo lugar, cumplir el Anexo II del RD1215/97

    por lo que el análisis de esas máquinas conforme al RD1215/97, únicamente se restringirá al AnexoII

    ¿Es correcto?

    (De Locos gracias por tu elaborada y argumentada respuesta)

    Saludos.

    Es un poco simplificado pero sí.
    No obstante, ten en cuenta (no sé qué complicación tiene la máquina) que para poder firmar la declaración CE de Conformidad, deberías tener en cuenta qué normas armonizadas pueden ser de aplicación; no son obligatorias, pero sí dan presunción de cumplimiento del RD. Lo digo porque un RD es un texto legal que tú puedes interpretar bien o mal.
    También debes tener en cuenta cualquier otra directiva europea que, afectando a la máquina en cuestión, imponga también el marcado CE. ¿Por qué? Porque esta normativa europea establece que cuando se marca un equipo o producto con el CE, siempre deberá cumplir cualquier normativa que le afecte que también obligue a dicho marcado.
    Estas directivas son varias y debe analizarse si le aplican, y en su caso, su debido cumplimiento.

    #425785 Agradecimientos: 0
    Cap. Morgan
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    11
    mayo 2005


    Maestro

    @De locos wrote:

    Es que un SPA no tiene porqué tener “profesionales” del automatismo, ni de motores ni de cilindros ni… Lo que tiene que tener es profesionales de la seguridad y salud laboral.

    Bueno Morgan, pues vale. Eso no es discutible, es opinable. Yo creo que eso daría mucho valor añadido a un SPA, y tú consideras que un SPA no lo necesita.
    De acuerdo.

    Pues claro De Locos, estamos confrontando opiniones distintas. Y que conste que, al margen de lo debatido, si coincido contigo en que cuanto más sepa un TRPL sobre determinada materia más eficiente será en su trabajo. Y creo que este oficio está especialmente indicado para personas “curiosas” por las posibilidades que ofrece, siempre y cuando uno tenga la fortuna de que su puesto de trabajo se lo permita.

    Saludos

    #425787 Agradecimientos: 0
    NMS
    Participante
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    agosto 2004


    La guía de la Directiva 2006/42 lo explica muy bien. Cito textualmente:

    80.- Una persona que fabrica máquinas para su propio uso se considera fabricante, y
    deberá cumplir todas las obligaciones establecidas en el artículo 5. En dicho caso,
    las máquinas no se comercializan, puesto que el fabricante no las pone a disposición
    de otra persona, sino que el propio fabricante es quien las utiliza. No obstante, dichas máquinas deberán cumplir los requisitos de la Directiva de máquinas antes de su
    puesta en servicio

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