Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 22)
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  • #41090 Agradecimientos: 0
    oxia
    Participante
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    mayo 2003


    Hola compañeros,quisiera saber si hay alguna ley que prohiba permanecer debajo de una carga suspendida, mientras estamos trabajando.gracias

    #262731 Agradecimientos: 0
    GINO7541
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Oxia, la verdad si buscas una ley que te prohiba permanecer bajo pesos en suspención, la mejor es la ley de gravedad. Habitualmente los manuales de uos de elementos de izaje indican medidas de prevención en el manejo de estos equipos y procedimiento de trabajo seguro para suspención de grandes cargas, pero por lo menos en la normativa legal vigente de chile no recuerdo haber visto algo asi de especifico

    atte

    Carlos Acevedo

    #262732 Agradecimientos: 0
    jrvalls
    Participante
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    mayo 2002


    Respuesta en clave de humor 1: Yo me largaría de debajo de la carga. No vaya a ser que ese tío tocase el botón verde en vez del rojo.

    Respuesta en clave de humor 2: Acabé mi jornada laboral. ¿estará sordo el tío ese?

    Respuesta en clave de humor 3: ¿Qué hace este tío descargando vigas encima de nuestras cabezas a la hora del bocata?

    Respuesta en clave de humor 4: Frente al juez: Oiga, sabe, yo estaba alicatando y cayeron un montón de sacos de cemento. Yo no ví y no sé nada. Se lo juro por mis hijos.

    Respuesta del experto 1:

    Respuesta del experto 2:

    Respuesta del experto 3:

    etc, etc.

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    #262733 Agradecimientos: 0
    ley
    Participante
    0
    enero 2003


    No existe ninguna Ley aca en Chile sobre esa prohibición, solamente aplica la ley de la cordura, porque hay que ser muy tonto para estar trabajando debajo de una carga suspendida, simplemente no se trabaja en ese lugar hasta no tener procedimientos seguros, con respecto a todo lo que significa izamientos.

    #262734 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
    0
    febrero 2002


    R.D. 486/1997

    Compañero espero que la carga suspendida sea de una bolsa de pipa, ya que en algunos

    caso esto imaginando que el caso no le servirá para nada lo mejor es que se ponga

    el carnet de identidad en la boca porque por el caso no creo que sus familiares lo pueda conocer si lo que viene del cielo pesa más de un poner 500 Kilos.

    #262735 Agradecimientos: 0
    Luchano
    Participante
    0
    febrero 2003


    Hola

    Mira desconozco si existe una Ley o no, pero en realidad no es necesario que exista, ya que como comprenderás estar bajo una carga suspendida es incitar la ocurrencia de un accidente y que podría ser bastante lamentable.

    #262736 Agradecimientos: 0
    Vittorio
    Participante
    0
    diciembre 2001


    francamente segun yo, no hace falta una ley , solo sentido comun, y bueno si deseas que quede establecido en forma legal la prohibicion de permanecer bajo carga suspendida pueden incormporarlo al reglamento interno de la empresa

    #262737 Agradecimientos: 0
    Jazzman
    Participante
    0
    agosto 2002


    Si existe una ley: LA DEL SENTIDO COMUN !!!

    La historia reciente y la no tan reciente está plagada de accidentes acaecidos a personas que se encontraban debajo de cargas suspendidas que pensaron: ” … a mi no me pasará nada…”.- La otra Ley es la LEY DE MURPHY!!! Lo que tiene que caer … CAERÁ!!!

    Compañero: nunca debe permanecer un trabajador debajo de una carga suspendida.

    Atentos saludos

    #262738 Agradecimientos: 0
    silver
    Participante
    0
    noviembre 2003


    No hay ley que prohiba tal cosa salvo el sentido común

    #262739 Agradecimientos: 0
    Neo 7
    Participante
    0
    julio 2003


    No se si hay una ley,pero es una de las mas elementales normas de seguridad que conozco

    #262740 Agradecimientos: 0
    viajero
    Participante
    0
    julio 2002


    Bueno, no se si en españa habrá alguna ley, pero en Chile tenemos la Ley de Prevención de riegos la cual indica, da normas y restringe trabajar habiendo riegos para los trabajadores en fin por lógica no se debiera trabajar en esas condiciones.

    #262741 Agradecimientos: 0
    ALFREDO RAMIREZ
    Participante
    0
    noviembre 2003


    Ya estaba incluido en la ordenanza general de seguridad e higiene. Lo tienes en las normas UNE.

    ALFREDO

    #262742 Agradecimientos: 0
    asdrubal
    Participante
    0
    febrero 2002


    Todas las normas de seguridad relacionadas con el tema lo prohiben

    #262743 Agradecimientos: 0
    jkarlos
    Participante
    0
    marzo 2003


    Si, el sentido común.

    Las eslingas estrobos cadenas ect se rompen siempre en el peor momento.

    #262744 Agradecimientos: 0
    JCantero
    Participante
    0
    mayo 2002


    En primer lugar, si existe una norma de obligado cumplimiento que prohiba este actividad, lo ignoro, pero si te comento que apliques el sentido comun y como minimo los principios de acción preventiva, es decir, en primer lugar evitar el riesgo, preguntate si es necesario permanecer bajo la carga o no, en segundo lugar si es necesario exponerse al riesgo, debes evaluarlo. Veras como aplicando lo anterior llegas a la conclusión de que la prevención pasa por evitar el trabajar bajo cargas suspendidas. Si resulta que la operación concreta precisa que un trabajador permanezca bajo la carga, se deberan de realizar otra serie de medidas como uso de calzos, reducir el tiempo al minimo posible, reforzar los medios de elevación, etc.

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