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    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    En al ámbito de la Función Pública se ha añadido por Ley 53/2002 a la Ley reguladora del régimen juridico de funcionarios el cambio de adscripción a puestos de trabajo en distinta unidad o localidad previa solicitud basada en motivos de salud. La Resolución que lo desarrolla indica que los motivos deberán ser debidamente acreditados por el servicio médico oficial establecido y que ADEMÁS se unirá informe del Servicio de Prevención relativo a la incidencia negativa en el estado de salud del solicitante del puesto desempeñado o de la localidad de destino. Se me presenta un caso de un empleado que alega (y acompaña informe unidad salud mental corroborándolo) “fobia social” y solicita se le retira de puestos de atención al público. (en la oficina en la que se encuentra todo es atención al público) ¿Cual será o sería el contenido del informe del Servicio de Prevención? y que parámetros se deben contemplar aparte de los puramente médicos. Gracias.

    #236682 Agradecimientos: 0
    Corto Maltes0
    Participante
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    diciembre 2003


    No es, es una EP, es común.

    Tu mismo lo has definido perfectamente, el peso de ese informe es basicamente médico psiquiátrico , y ese informe se acompañárá al de vuestro medico del trabajo , que recomendará que no se le asigne un puesto de esas características.

    Desde el punto de vista de seguridad, de higiene y de ergonomia, nada hay que decir .

    RRHH que es quién asigna los puestos, le presentará uno que no contradiga vuestro informe.

    Lo más probable , te adelanto es que no exista, con lo cual RRHH tendrá que ingeniárselas, no el SPRL.

    Como curiosidad, la ultima premio Nobel padece esta fobia..

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