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  • #56528 Agradecimientos: 0
    GLOBERO
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    junio 2001


    Estoy haciendo la Evaluación de Riesgos de una empresa, y en la nave donde realizan reparaciones de maquinaria hay una caldera de calefacción con el deposito de gas-oil a escasos 60-80 cm. ¿sabe alguien cual es la distancia minima que debe existir entre la caldera y el deposito de gas-oil? ¿debe existir un muro que los separe? muchas gracias por vuestra ayuda

    #314590 Agradecimientos: 0
    JFG
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    junio 2001


    No hay ninguna distancia reglamentada, no olvides que el gas-oil no es un líquido inflamable, además el gasóil de calefacción, tiene un punto de combustión mayor que el gas-oil de automoción.

    #314591 Agradecimientos: 0
    joan278
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    mayo 2001


    Sr.: El reglamnto de instalaciones Termicas en los Edificios, (RITE), establece que en la sala de maquinas, alrededor de la caldera debe de haber un espacio libre de 0,80 mts.

    Sin embargo se debe acudir al reglamento de instalaciones petroliferas y sus instrucciones complementarias MI-IP-03, donde encontaras todas las condiciones de distancias y sobre todo todas las medidas de seguridad obligatorias. No puedo dar mas datos ya que desconozco, la potencia de la caldera, capacidad del deposito etc.

    Pero lo que tienes que tener claro, por lo que dices, es que la instalación es muy peligrosa.

    Si deseas mas información,

    #314592 Agradecimientos: 0
    gato715
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    junio 2001


    Si me brindas mayor información al respector te puedo dar una mano

    no solo es importante la distancia, cantidad, tipo de contenedor, ubicación en relación al piso, caidas, etc.

    Espero tu respuesta……

    #314593 Agradecimientos: 0
    L.Plaza
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    abril 2001


    Lo primero que debes saber es que tipo de aparato a presion es el que estas evaluando, porque como sabras existen 3 tipos (A,B,C) ¿recuerdas?, bien si no sabes esto debes de acudir al Reglamento de aparatos a presion, que si mal no recuerdo esta fechado en 4-4-79, un saludo.

    #314594 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Por los datos que nos das, lo más seguro es que se trate de un generador de aire caliente (no lleva presión), pero si se trata de una caldera necesitarás saber la presión y volumen que maneja el equipo (Reglamento de Aparatos a Presión).

    Otro dato importante es que, si la caldera está situada en la C.A. de Madrid, tendrás que aplicar el Decreto 341/99 de Prevención de incendios en sus arts. 43 y 44, donde se regulan las características de salas de calderas en función de su potencia, y el art. 45 para almacenamiento de líquidos combustibles.

    #314595 Agradecimientos: 0
    ppt
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    diciembre 2001


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