- Este debate tiene 9 respuestas, 10 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 6 meses por emartin.
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SI ALGUIEN ME PUDIESE AYUDAR!?
En mi empresa, promotora y contructora, somos tambien propietarios de unos hoteles, de los cuales tenemos la concesion dada,en los cuales aprobechan las epocas flojas para hacer las reparaciones pertinenetes, goteras, pinturas, electricidad….mediante personal que subcontratamos nosotros.
que opbligaciones respecto de coordinacion de actv. empresariales tenemos.
gracias.Estimado, en lo particular en la Argentina tienes responsabilidad solidaria, es decir que cualquier acción o mala acción de la subcontratista la Ley recae de igual forma para el Contratista Principal. Por lo que debes asegurarte en la solicitud de los seguros y requisitos correspondientes.
Atte
RD 171/2004 de coordinacion de actividades empresariales. Pedidle la documentacion pertinente: formacion, reconocimientos medicos, TC2, responsabilidad civil,normas de seguridad a aplicar en vuestros hoteles para la realización de los trabajos, etc
No se de que lugar estamos hablando. pero en Argentina sos responsable solidario en caso de accidentes.
Se le solicita: listado completo de personalcon domicilio edad y DNI. ART.
( ella se encarga de los pre-ocupacionales)Sitios de atención cercanos a la localización de las obras, capacitación en trabajos en altura, por ej.
En caso de ser empresa uni -personal, seguro de accidentes en el ámbito laboral con cláusula de imposibilidad de demanda a la contratante.
Del control los elementos de seguridad y`protección personal, te tenes que encargar vos.
Saludos.MIRA ESTE PEQUEÑO RESUMEN
Entra o regístrate para ver los enlaces todas las que tienes en cualquier otra obra con varias empresas coincidentes en el mismo centro de trabajo
Estimado ardea
Segun Rd 1627 en el momento que subcontrates a 2 subcontratas para realizar el mismo trabajo (da igual que sean sbucontratas o un autonomo) debes diponer de un coordinador, realizar un plan e seguridad y salud, el aviso previo, la apertura de centro, etc…..
como bien dice el amigo fuga23 en esta pagina tienes toda la solución
de lo demas olvidate
Entra o regístrate para ver los enlaces RD 171/2004 Coordinación de actividades empresariales donde la empresa que posee el hotel (Creo que es la tuya) es la empresa “titular” y las empresas que realizan las reparaciones son las empresas concurrentes. El titular tiene la obligación de vigilancia de los trabajos efectuados e su centro, y además tiene la obligación de informar a las empresas concurrentes de los riesgos generados por su actividad…en definitiva se realiza una atuación de cooperación: La empresa titular informa entregando copia de cierta documentación preventiva donde se especifiquen los riesgos en su centro (Evaluación de riesgos o fichas de información de riesgos…etc), y solicita a cada empresa concurrente toda la información preventiva (Evaluación de riesgos, certificados de formación, información a los trabajadores, los recos de los mismos, contrato con SPAs, Copia seguro responsabilidad civil, tcs,…etc)
Perdona por lachapa, pero espero te ayude….
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