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    JOSE MIGUEL SANABRIA LÓPEZ
    Participante
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    0
    julio 2003

    Iniciado

    ¿Cuáles serían los pasos técnico legales a seguir, cuando se detecta una enfermedad profesional, con respecto a la aptitud laboral o continuidad laboral?

    Por ejemplo, en el caso de un diagnóstico definitivo de Silicosis en un estadio inicial (daño pulmonar crónico, progresivo e irreversible por exposición laboral al sílice).



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    #429163 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @jsanabria wrote:

    ¿Cuáles serían los pasos técnico legales a seguir, cuando se detecta una enfermedad profesional, con respecto a la aptitud laboral o continuidad laboral?

    Por ejemplo, en el caso de un diagnóstico definitivo de Silicosis en un estadio inicial (daño pulmonar crónico, progresivo e irreversible por exposición laboral al sílice).



    Jsanabria, ten cuidado que en este foro te tachan enseguida de hacer propaganda gratuita. Lo digo por experiencia. Por mi parte me parece muy bien, estupendo, conoceros y saber donde estais. Ya hablaremos.

    Respondiendo a tu pregunta, cuando se detecta una EEPP se trata al trabajador y se busca el-los responsables para que abonen la indemnización a la Seguridad Social que genere la correspondiente prestación con-sin recargos según proceda, para el trabajador afectado. Evidentemente se buscan las causas para su corrección a nivel preventivo y evitar que aparezcan más casos.

    Normalmente quien lo detecta es la Mutua de Accidentes de Trabajo MATEPSS, quien lo comunica a la empresa para que se emita el correspondiente parte de EEPP. Posteriormente la Inspección de Trabajo solicita la investigación de ls EEPP. A partir de ahi empieza a moverse todo el entramado oficial para conseguir lo dicho anteriormente.

    Tambien es cierto que normalmente, al menos yo, he participado en investigasiones de EEPP, pero no más allá, porque entre otras cosas, se procura evitar la consideración de EEPP, transformandola a accidente de trabajo. ¿Por qué? pues porque la consideración de EEPP lleva consigo un recargo de prestaciones de la Seguridad Social que debe abonar el-los empresarios involucrados, y eso….duele….

    Todo lo dicho a excepción de lo que mejores expertos puedan aportar.

    Saludos

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    #429164 Agradecimientos: 0
    JOSE MIGUEL SANABRIA LÓPEZ
    Participante
    1
    0
    julio 2003

    Iniciado

    @caragola wrote:

    @jsanabria wrote:

    ¿Cuáles serían los pasos técnico legales a seguir, cuando se detecta una enfermedad profesional, con respecto a la aptitud laboral o continuidad laboral?

    Por ejemplo, en el caso de un diagnóstico definitivo de Silicosis en un estadio inicial (daño pulmonar crónico, progresivo e irreversible por exposición laboral al sílice).



    Jsanabria, ten cuidado que en este foro te tachan enseguida de hacer propaganda gratuita. Lo digo por experiencia. Por mi parte me parece muy bien, estupendo, conoceros y saber donde estais. Ya hablaremos.

    Respondiendo a tu pregunta, cuando se detecta una EEPP se trata al trabajador y se busca el-los responsables para que abonen la indemnización a la Seguridad Social que genere la correspondiente prestación con-sin recargos según proceda, para el trabajador afectado. Evidentemente se buscan las causas para su corrección a nivel preventivo y evitar que aparezcan más casos.

    Normalmente quien lo detecta es la Mutua de Accidentes de Trabajo MATEPSS, quien lo comunica a la empresa para que se emita el correspondiente parte de EEPP. Posteriormente la Inspección de Trabajo solicita la investigación de ls EEPP. A partir de ahi empieza a moverse todo el entramado oficial para conseguir lo dicho anteriormente.

    Tambien es cierto que normalmente, al menos yo, he participado en investigasiones de EEPP, pero no más allá, porque entre otras cosas, se procura evitar la consideración de EEPP, transformandola a accidente de trabajo. ¿Por qué? pues porque la consideración de EEPP lleva consigo un recargo de prestaciones de la Seguridad Social que debe abonar el-los empresarios involucrados, y eso….duele….

    Todo lo dicho a excepción de lo que mejores expertos puedan aportar.

    Saludos

    Caragola, gracias por tu respuesta y recomendación.

    Sólo mencionar que todos los enlaces que adjunto se relacionan al tema en debate; y que si bien son links hacia mi página web, ésta tiene información relacionada a la SST o PRL que incluso he colgado en videos. También tengo links en mi página web de prevention-world, y de otros foros en SST o PRL.

    Entrando al tema propuesto a debatir; si bien es importante la responsabilidad de la seguridad social (como la hay también sobre responsabilidad civil, penal y administrativa); mi pregunta se enfoca en la aptitud laboral, qué hacer con este trabajador con EP inicial en una empresa determinada.

    Este tema ya fue discutido anteriormente, pero me gustaría ahondar más sobre el mismo. He planteado inicialmente el 15-01-2013 una respuesta en el mismo prevention-world, en

    Saludos cordiales

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  • El debate ‘ Aptitud Laboral’ está cerrado y no admite más respuestas.