Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Autor
    Entradas
  • #678473 Agradecimientos: 0
    Zinedine
    Participante
    0
    junio 2023


    Buenas soy nuevo en el foro,

     

    Es la primera vez que escribo, ya que me he registrado, pero sigo el foro desde hace tiempo, a ver si me pudierais ayudar con una dudilla.

    Estoy en la contrata principal, vamos a hacer un proyecto fotovoltaico. Hemos realizado ya la apertura de centro de trabajo, pero el promotor aún no tiene licencia de obras y los dueños de las parcelas intervinientes en el proyecto tienen que quitar sus plantaciones (viñedos, almendros, etc).
    ¿Si a uno de esos dueños de las parcelas les ocurre algo realizando esos trabajos de quién sería responsabilidad? Yo no tengo relación contractual con ellos, pero están entrando en mi “centro de trabajo” (aun no está delimitado, no hay nada) y aún así como he repetido, no hay licencia de obras por parte del promotor.
    A ver si me podéis ayudar, gracias

    Un saludo

    #678627 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    9
    0
    agosto 2022

    Iniciado

    01.-La Licencia de Obras es obligatoria para comenzar los trabajos de una obra, valga la redundancia, aunque como hablamos de un municipio, depende algo en plazos y demás de cada uno de ellos. Pero teóricamente no se puede empezar.

    02. Una vez obtenida dicha Licencia de las primeras cosas, por no decir la primera, que debe hacer el Contratista es delimitar las obras, puesto que además.

    03. Debe dicho Contratista controlar los accesos a dicha Obra.

    04. Lo e las responsabilidades administrativas (se incumplen por no tener Licencia), civiles y penales depende de lo que ocurra. No se puede contestar desde “andanada” y sin ver la corrida. 😉 😉 😉

    #678792 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    967
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    La apertura de centro de trabajo no quiere decir que esos terrenos sean “tuyos”, sino que hay una ubicación determinada donde tu empresa va a ser el titular de una serie de actividades.

    Si en el contrato firmado con el promotor, la retirada de esas plantaciones no está incluido, entonces tu centro de trabajo (virtual) no existe todavía.

    No aparezcáis por allí para nada hasta que quien tiene que dejaros el terreno expedito, lo hayan hecho.

    #679146 Agradecimientos: 0
    CaTPrev2000
    Participante
    4
    3
    junio 2023

    Iniciado

    Buenas tardes

    ¿Porqué realizáis la apertura del centro de trabajo, cuando los titulares de las parcelas, aún no han hecho su trabajo? Como dice De locos, nada de aparecer por allí hasta que los titulares no hagan su trabajo.

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.