Normativa de referencia:
1.- Reglamento de aparatos elevadores para obras.
2.- Norma UNE-58-101-80.
3.- Real Decreto 1435/92.
4.- Real Decreto 56/1995, pto. 2 – aptdo. 3ºa, pto. 12 – aptdo. 16º y pto. 16.
5.- Real Decreto 1215/97.
Formas y agentes causantes de los accidentes
– Caídas a distinto nivel.
– Caídas al mismo nivel.
– Caída de objetos.
– Atrapamientos.
Normas de seguridad
– MARCADO CE DE LA MAQUINA.
Durante el montaje:
– El personal estará debidamente cualificado.
– Se protegerán los riesgos debidos al entorno, especialmente el tránsito peatonal, mediante el cierre de la zona de trabajos y la señalización y el balizamiento.
– Se verificará la resistencia y estabilidad de la superficie de apoyo de los mástiles.
– Se anclarán los mástiles a la fachada a la distancia prescrita.
– El material presentará resistencia y condiciones de conservación adecuadas, rechazándose el que presente deterioro.
– La plataforma de trabajo estará dotada de barandilla en todo su perímetro.
– Las zonas susceptibles de atrapamiento estarán protegidas, especialmente la zona de contacto entre plataforma y mástiles.
– Se delimitará la proyección horizontal de la plataforma sobre el suelo mediante cierre de la zona de trabajos, en previsión de aplastamientos.
– Una vez finalizado el montaje, este deberá ser certificado y recepcionado por personal competente, dejando documentada dicha recepción.
Durante la ejecución de los trabajos:
– No se emplearán escaleras u otro método, para alcanzar zonas inaccesibles, debiendo accionar los movimientos de elevación y descenso de la propia plataforma.
– La plataforma se verificará periódicamente.
– Se respetarán las indicaciones de carga de la plataforma.
– No se empleará con vientos superiores a 60 Km/h. o según Manual de Instrucciones del Fabricante.
Sitauciones en las que se recomienda su uso:
1.- Posibilidad de asentamiento estable.
2.- Posibilidad de anclajes seguros en altura si se sobrepasan las condiciones de comportamiento autoestable.
3.- Trabajos de cierta entidad.
4.- Necesdidad de transporte de cargas.
5.- Alturas de trabajo elevadas.