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  • #427403 Agradecimientos: 0
    javier viciana clemente
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    diciembre 2002


    @Tomperu wrote:

    Su médico (servicio público de salud), el mismo, LA MUTUA y el INSS pueden instar la propuesta de IP.
    La empresa como tal no es quien para instarla, desde luego al igual que una baja, pero si puede exigir al trabajador que se someta a un reconocimiento ante VS.

    ¿Actuar sobre sus compañeros? Uno de los principios de la PRL es actuar sobre el origen del riesgo y en este caso lo es el trabajador, no los compañeros.

    P.D. ¿Cuando quieres poner en contraposicón la VS con la IP o la baja a que te refieres.?

    1.- No es facil “exigir” a un trabajador realizarle un examen de salud (obligatorio). Te recuerdo que la generalidad, aunque yo no esté muy de acuerdo, es la voluntariedad.

    2.- La idea de que actúe los profesionales de vig de la salud es intentar que no sea necesario instar a un examen de salud laboral obligatorio sino resolverlo antes.

    3.- Creo que es muy atrevido decir que el único origen del riesgo sea el trabajador y no la organización o género o acoso…. Pero suponiendo que sea así, la intervención hacia los compañeros se realizaría con el fin de que, cuando la trabajadora, en el caso de que efectivamente padezca una patología mental, se reincorpore al trabajo sepan como actuar y evitar estigmatizarla…….. La reinserción laboral de los enfermos menatles, como de cualquier patología, es fundamental para su rehabilitación.

    4.- El examend salud laboral no tienen nada que ver, por ahora, con el sistema nacional de salud. Tal es así que todavía no se ha resuelto el tema de un no apto tras un examende salud. El INSS no lo asume como un informe a tener en cuenta para el estudio de una IP. Esto es debido a que la vigilancia de la salud valora la aptitud para un puesto de trabajo determinado y el INSS para la cetegoría en su conjunto (un enfermero puede ser no apto para la uci, pero apto para consultas externas).

    Javier

    #427404 Agradecimientos: 0
    Man0706
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    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    En el post inicial, ¿en algún momento se habla de que esté enferma esta trabajadora?

    Saludos

    #427405 Agradecimientos: 0
    BOMBER.NFPA
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    0
    noviembre 2007


    A ver si el problema, en caso de ser de salud por un estado mental, comprendo sea la situación, la organización debe buscar un puesto de trabajo acorde a sus facultades físicas e intelectuales, pudiendo dejar a la trabajadora desempeñarse lo mejor posible y sin perjudicial a nadie, tarea fácil no lo es, pero para estos casos lo mejor, es realizar un estudio a fondo, para tener una buena re ubicación, que impacte lo menos posible a la empresa, buscando un equilibrio ganar ganar entre el trabajador y la organización, es complejo pero se puede lograr.

    #427406 Agradecimientos: 0
    Tomperu
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    59
    54
    noviembre 2011


    Experto

    @almediterraneo wrote:

    @Tomperu wrote:

    Su médico (servicio público de salud), el mismo, LA MUTUA y el INSS pueden instar la propuesta de IP.
    La empresa como tal no es quien para instarla, desde luego al igual que una baja, pero si puede exigir al trabajador que se someta a un reconocimiento ante VS.

    ¿Actuar sobre sus compañeros? Uno de los principios de la PRL es actuar sobre el origen del riesgo y en este caso lo es el trabajador, no los compañeros.

    P.D. ¿Cuando quieres poner en contraposicón la VS con la IP o la baja a que te refieres.?

    @almediterraneo wrote:

    1.- No es facil “exigir” a un trabajador realizarle un examen de salud (obligatorio). Te recuerdo que la generalidad, aunque yo no esté muy de acuerdo, es la voluntariedad.

    Me remito al art. 22.1 de la LPRL y las excepciones en que se puede obligar a un trabajador a realizarse un reconocimiento médico.
    Un trabajador que muestra actitudes agresivas hacia sus compañeros me parece un caso de de libro, si se sospechan transtornos mentales. Si es un problema de conducta es de aplicación el régimen disciplinario.
    @almediterraneo wrote:

    2.- La idea de que actúe los profesionales de vig de la salud es intentar que no sea necesario instar a un examen de salud laboral obligatorio sino resolverlo antes.

    El problema ya existe, agresiones.
    @almediterraneo wrote:

    3.- Creo que es muy atrevido decir que el único origen del riesgo sea el trabajador y no la organización o género o acoso….

    En ese caso la trabajadora: O bien utiliza los canales de la propia empresa o bien los de la administración laboral para poner solución a esos problemas. Si existieran esas circunstancias no justificarían agresiones y/o intentos de ellas.
    @almediterraneo wrote:

    Pero suponiendo que sea así, la intervención hacia los compañeros se realizaría con el fin de que, cuando la trabajadora, en el caso de que efectivamente padezca una patología mental, se reincorpore al trabajo sepan como actuar y evitar estigmatizarla…….. La reinserción laboral de los enfermos menatles, como de cualquier patología, es fundamental para su rehabilitación.

    Me parece muy bien la reinserción laboral pero no a costa de que, los otros trabajadores, deban asumir el riesgo de ser agredidos.
    Lo mismo pienso de un operario de maquinaría pesada que pierde visión y puede lesionar a terceros, por ejemplo.

    @almediterraneo wrote:

    4.- El examend salud laboral no tienen nada que ver, por ahora, con el sistema nacional de salud. Tal es así que todavía no se ha resuelto el tema de un no apto tras un examende salud. El INSS no lo asume como un informe a tener en cuenta para el estudio de una IP. Esto es debido a que la vigilancia de la salud valora la aptitud para un puesto de trabajo determinado y el INSS para la cetegoría en su conjunto (un enfermero puede ser no apto para la uci, pero apto para consultas externas).
    Javier

    Por desgracia está resueltisimo, ya lo ha dictaminado el Supremo, son canales distintos, puede recibirse un no apto y ser despidido procedentemente, y no tener derecho a pensión por IP.
    Otra cosa es que esto guste o no, o que debieran existir otras soluciones.

    #427407 Agradecimientos: 0
    Tomperu
    Participante
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    54
    noviembre 2011


    Experto

    @Man0706 wrote:

    En el post inicial, ¿en algún momento se habla de que esté enferma esta trabajadora?

    Saludos

    Por mi parte lo he planteado como un posible supuesto, no como hecho cierto.
    En caso de tratarse de un problema de actitud, la empresa debe de remitirse a un proceso disciplinario y depurar responsabilidades.

    En todo caso será cesbel quien pueda aclarar si se sospecha algún tipo de transtorno en la trabajadora o simplemente un problema de caracter.

    Saludos.

    #427408 Agradecimientos: 0
    JOSE84
    Participante
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    mayo 2010


    Si la empresa es consciente debe actuar. Tiene diversas actuaciones, incluido habrir sanciones disciplinarias y a la 3ª es despido procedente.

    Los trabajadores tambien pueden actuar y denunciar cualquier agresion, incluso si es la primera agresión. Estamos en un estado de derecho y cualquier violencia es denunciable a las autoridades (poliica) y con un documento firmado por varios testigos se tomaran acciones contra esta persona, desde multa hasta acciones mayores como incluso alejamientos ( ello conllevaria el despido por incapacidad sobrevenida…) de las personas a las que acosa.

    Así que esa persona violenta que se vaya con ojito o debería verse pronto en la calle por coaccionar al personal.

    #427409 Agradecimientos: 0
    javier viciana clemente
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    diciembre 2002


    @JOSE84 wrote:

    Si la empresa es consciente debe actuar. Tiene diversas actuaciones, incluido habrir sanciones disciplinarias y a la 3ª es despido procedente.

    Los trabajadores tambien pueden actuar y denunciar cualquier agresion, incluso si es la primera agresión. Estamos en un estado de derecho y cualquier violencia es denunciable a las autoridades (poliica) y con un documento firmado por varios testigos se tomaran acciones contra esta persona, desde multa hasta acciones mayores como incluso alejamientos ( ello conllevaria el despido por incapacidad sobrevenida…) de las personas a las que acosa.

    Así que esa persona violenta que se vaya con ojito o debería verse pronto en la calle por coaccionar al personal.

    Sin comentarios

    Viva la prevencion de riesgos laborales y sus cuatro especialidades!!!!!!

    Inisto hay que acturar ante este tipo de situaciones, no solo con el despido.

    Javier

    #427410 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @almediterraneo wrote:

    @JOSE84 wrote:

    Si la empresa es consciente debe actuar. Tiene diversas actuaciones, incluido habrir sanciones disciplinarias y a la 3ª es despido procedente.

    Los trabajadores tambien pueden actuar y denunciar cualquier agresion, incluso si es la primera agresión. Estamos en un estado de derecho y cualquier violencia es denunciable a las autoridades (poliica) y con un documento firmado por varios testigos se tomaran acciones contra esta persona, desde multa hasta acciones mayores como incluso alejamientos ( ello conllevaria el despido por incapacidad sobrevenida…) de las personas a las que acosa.

    Así que esa persona violenta que se vaya con ojito o debería verse pronto en la calle por coaccionar al personal.

    Sin comentarios

    Viva la prevencion de riesgos laborales y sus cuatro especialidades!!!!!!

    Inisto hay que acturar ante este tipo de situaciones, no solo con el despido.

    Javier

    Viva el “gilibuenismo” de este país, en el que hemos acabado convirtiendo a las víctimas en agresores y a los agresores en víctimas.

    Así nos luce el pelo.

    #427411 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Vivimos en una Sociedad que tiene unas reglas. Que no son las mejores, de acuerdo. Que algo hacen y algo consiguen, también de acuerdo.

    Mientras no se vulnere la ley, tenemos un abanico de opciones en estos casos.

    El enfoque, pues ya lo han tratado los compañeros…

    Desde la PRL hay que mirar por el que puede sufrir daños a su integridad y salud, tanto agredido como agresor.

    Desde las RRLL, tenemos que gestionar una situación que:
    a) Vulnera la ley, sea en el ámbito penal como en el laboral.
    b) Cae en el 316, 317 y 318 del CP y por ello puede ser un tema de PRL.

    Dice un refrán que “donde manda patrón no manda marinero”, al igual que un fragmento de una canción de Héroes del Silencio que recuerdo que dice “… detesto a los tibios de vocación, y dicen que a la fuerza ahorcan…” Lo que yo haría es lo siguiente:

    – Aviso severo a la agresora, con suspensión de empleo y sueldo según ET, si alguien se tiene que “pensar” lo de la agresividad, que sea ella.
    – Notificación de la situación a policía, solicitando asesoramiento y denunciando si procede.
    – Pautas claras a los empleados de la empresa sobre el abordaje de este tipo de situaciones, cuanto más activamente se implique la dirección, mejor. En ocasiones la ambigüedad de la dirección es lo que fomenta la expresión de estas conductas: hay que dejar claras las consecuencias sancionadoras de este tipo de conductas y que no haya lugar a dudas.
    – Notificar a VS por si hubiera algún trastorno mental puedan tratar de ayudar a esta persona, coordinando con Salud Mental o Primaria. Esto se trató hace poco en el foro.
    – Despido procedente.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #427412 Agradecimientos: 3
    Miguel O M
    Participante
    70
    30
    abril 2002


    Experto

    Yo creo que este tema ya se ha comentado muchas veces y seguramente se comentara mas veces. Expongo mi opinión, una más. No todo es prevención de riesgos laborales, no se porque nos empeñamos en que todo tiene que ser PRL cuando afecta a un trabajador, parece como si quisiéramos ser los amos del mundo, los más fundamentales en las organizaciones empresariales, los imprescindibles, los que tienen que opinar de todo, siempre bajo el paraguas de que la Ley dice que hay que vigilar la seguridad y la salud del trabajador en un contexto amplísimo, leyendo lo que no esta escrito y lo que queremos interpretar. Si una persona es violenta por su naturaleza, los hay violentos, detectado el problema, por su jefe, por los compañeros, por PRL, por lo que sea debe ser RRLL es que dirija el problema hacia una solución ajena al trabajo. Si queremos enfocarlo como un riesgo laboral para el resto de trabajadores, lo que marca la ley, esa que otros reclaman, es ELIMINAR EL RIESGO, solución mandamos al trabajador a la calle, lo aislamos, le atamos, los sustituimos, como cualquier otro riesgo, pero esto no nos gusta. este mismo trabajador violento seguro que tiene problemas también fuera del trabajo, si se enzarza en una discusión mientras acude al trabajo con un extraño, también es de PRL? O es de la policía? Es accidente in itinere? Si la agresividad esta motivada porque uno es del Madrid otro del Barcelona, para mi , no es PRL es que debe solucionar el problema. Algunas veces creo que nos olvidamos de que PRL es para evitar los riesgos DERIVADOS del trabajo, y el odio visceral entre madridistas y barceloneses, no es derivado del trabajo. Si uno es del PP y otro de IU no esta relacionado con el trabajo, no es PRL, es RRLL el que debe intervenir para ver si los cambia de puesto, los despide, los manda a china. La detección del problema, ojo que no lo llamo riesgo, la debe hacer sus jefes. Si un trabajador es violento con todos los demás, lo normal es que sea un problema de carácter, de salud, VS puede enfocar el tema, y si lo confirma es un problema sanitario NO RELACIONADO CON EL TRABAJO, si el no quiere ir al medico, RRLL debe obligarle o …..Insisto mi opinión PRL debe Eliminar los riesgos, sustituir lo mas peligroso por lo menos peligroso. Otro aspecto distinto es la agresividad momentánea, un momento de euforia descontrolada, donde, aunque no lo comparto del todo, entiendo que PRL como una unidad conocedora de temas de salud, de psicosociologia, etc.. pueda intervenir conjuntamente para ayudar a limar asperezas, como neutral en una negociación, pero la solución será de RRLL si el problema persiste.
    Bueno es mi opinión.

    #427413 Agradecimientos: 0
    Ramazzini3ero
    Participante
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    0
    julio 2013

    Iniciado

    Cesbel, probablemente difiera en algunas de las opiniones vertidas, pero este caso claro de agresiones a los trabajadores por parte de una compañera en el desarrollo de sus actividades laborales, se convierte en un serio problema que compromete el ambiente y desarrollo del trabajo. Entiendo que no es un caso aislado, lo que suele confundir es que conlleva consecuencias con probables implicaciones legales que se salen del campo de la prevencion (demandas, denuncias civiles). Pero el que te agredan fisica o verbalmente en el trabajo se convierte en un claro riesgo psicosocial, en los que se enmarcan tambien: el acoso en sus diversas formas, moobing, bussing, etc. Esto genera un cierto nivel de estres en los demas compañeros que pueden afectar su normal desempeño, por ello es clara competencia de la prevencion de riesgos en el trabajo. Sugiero que se revise la politica interna de la empresa, y si esta esta en consonancia con las leyes laborales nacionales, para saber como proceder con esta persona antes de tomar medidas radicales. Tambien es importante entender que este tipo de conductas usualmente son una mezcla del tipo de personalidad, trastornos organicos, sicologico, estresores ajenos a la empresa (familiares, personales, consumo de medicamentos, heredo familiares, etc.) y tambien propios de la empresa. Es necesaria la valoracion medica de su estado mental por los profesionales de salud respectivos, e inclusive del Medico del Trabajo, para definir su aptitud o no al desarrollo de sus labores, saludos.

    #427414 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    Estoy de acuerdo con “Ramazzini3ero”.

    Estos problemas en muchos casos no son solo laborales. Y si la causa pudiera ser no laboral, si influye en el trabajo, como el trabajo en ambientes fuera del mismo. Tampoco podemos mirar hacia un unico lado.

    Sobre lo de evitar…. ¿por qué se plantea que el problema lo tiene el “trabajador problematico”… lo mismo es de su jefe, o de los dos, o del jefe de RRHH, o vete a saber, del TPRL, etc. …. Es sin duda un problema organizacional en el trabajo y posiblemente de otras causas fuera del trabajo que debe tratarse. los TPRL aportamos nuestro granito de arena a la solución, nada más.

    Por cierto, EVITAR significa que esa tarea no se hace así o no la hace nadie, cambiando el método de trabajo. TRANSFERIR es enviar el riesgo a otra parte. El despedir al trabajador es sin duda TRANSFERIR el riesgo, no evitar.

    Es lo mismo que un alcoholico, lo que necesita es un tratamiento y recuperarlo, no apartarlo. Eso pienso yo.

    Pero aprovecho la tendencia de las intervenciones de los foreros que aparecen en los diferentes hilos, para comentar un tema que podría ser otro buen tema de debate.

    Me refiero a la tipica frase de “esto no es asunto de la PRL”….

    Creo que en las empresas, sea cual sea la modalidad preventiva, lo que necesita es una gestión de riesgos, no solo a un TPRL (con tapa laterales).

    En las empresas donde existe un SPP, normalmente hay un departamento de RRHH del que deriva los departamentos de Prevención, Medioambiente, Calidad, Personal y otros.

    Es cierto que no somos “sabelotodo” pero si que estamos “integrados” en una organización para resolver problemas, me remito al dicho empresarial de “a mayor separación mayor oposición” y “si queremos que nos escuchen, también tendremos que escucharlos” y ayudar en lo que sea necesario. (siempre dentro de unos limites, claro está). “hablamos de integrar la PRL pero no queremos saber de otras áreas empresariales que tambien deben estar integradas”… ¿entonces que somos, un cuerpo elitista que no se mezcla con los demás?

    ¿no seria un tema a cambiar en la LPRL el que los TPRL de un SPP solo pueden trabajar en PRL para su empresa?

    Me atrevo a decir que esto es otra ventaja de la modalidad preventiva de los Trabajadores Designados”, cuando pueda e interese implantarse.

    ¿qué opinais?

    Un saludo

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

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