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  • #66341 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Buenos días:

    Una agencia de transportes (no es una cooperativa) ha sido subcontratada en 2º nivel en una obra para realizar el transporte de material en un vaciado.

    Dicha agencia tiene la siguiente estructura: no dispone de trabajadores, ni de camiones, y únicamente está formada por un autónomo.

    Al no diponer de “medios humanos ni materiales” para realizar esta tarea, esta agencia subcontrata a su vez a otras empresas de transporte (camiones con chófer)

    ¿Se está incumpliendo la Ley de subcontratación?

    ¿ se podría considerar esta actividad simplemente como un “servicio” ?

    ¿Cómo habría que tratar a esta agencia de transporte ?

    Gracias.

    #386081 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pues dependerá de lo que vaya a hacer, si va a EJECUTAR parte de la obra (por ejemplo moviendo tierra de una parte a otra de la obra) o tan solo va a ser un mero suministrador (por ejemplo lleva material a la obra, lo descarga y se va)

    #386082 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Realizaría el traslado de material de vaciado de una obra, es decir, el camión llega a la obra con la caja “vacía”, una retroexcavadora de la subcontrata nivel 1 realiza la carga de material en la caja del camión, y una vez llena el camión se va de la obra hacia un vertedero donde descarga el material del vaciado.

    Simplemente eso.

    #386083 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿quien contrata a la agencia de transportes? ¿la obra o el del vertedero? Si es la obra (como suele ser), dificil lo veo.

    #386084 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Mi opinión personal:

    1) Un autónomo tiene prohibido subcontratar, en virtud de lo dispuesto en el art. 5.2.e) de la Ley 32/2006. Eso para empezar.

    2) Lógicamente, la duda que queda es: ¿esa subcontratación que lleva a cabo el autónomo se enmarca dentro de la Ley de Subcontratación (LS), para estar prohibida?
    Todo dependerá de si “ejecuta” parte de la obra o no.

    ¿Qué pone en el contrato? ¿Y en el PSS? Porque así como lo cuentas, a mí me parece que está colaborando en la limpieza de la obra (no directamente, es cierto), y la limpieza está incluida en el ámbito de aplicación de la LS. Además, tiene que entrar en obra, interactúa con otros trabajos de la obra, … Hum, mi opinión es que habría que enmarcarla dentro de la LS.

    P.D: incluso si no se considerara así, tampoco entiendo muy bien que ese autónomo figure como “intermediario” que no hace nada (no tengo nada contra él, ojo); es un eslabón innecesario en la cadena de subcontratación (sea de un servicio o de construcción).

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #386085 Agradecimientos: 0
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    febrero 2004

    Iniciado

    Tal como lo cuentas, personalmente considero que esa agencia de transportes esta incumpliendo la Ley de Subcontratación.
    Saludos.

    #386086 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    La empresa de transportes es contratada por la empresa encargada del movimiento de tierras (que es nivel 1 de subcontratación)que es quien pone en obra las retroexcavadoras que realizan el vaciado.

    La agencia subcontrata por ejemplo 4 camiones con chofer de otra empresa, que estarían realizando esa tarea de transporte de escombros desde la obra hasta el vertedero de manera continua durante por ejemplo 5 días.

    #386087 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    Pues entonces dificil lo teneis para hacerlo así.

    El proyecto dirá algo así como vaciados incluyendo transporte a vertedero (vease mediciones y presupuesto), ergo forma parte de la EJECUCION de la obra, vosotros le habréis subcontratado a los del movimiento de tierras dicha partida incluyendo dicho transporte a vertedero (ergo estais “reconociendo” que es parte de la EJECUCION de la obra) y estos pretenden subcontratar esa parte de transporte a vertedero a un intermediario (prohibido por la ley de subcontratación), que a su pretende subcontratar a los que realmente realizan esta partida siendo solo autónomo (los autonomos “en construccion” no pueden subcontratar).

    Solución: que vuestra subcontrata se ventile al intermediario y subcontrate directamente a los transportistas.

    #386088 Agradecimientos: 0
    67613
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    febrero 2004

    Iniciado

    Pues todavia más claro es totalmente ilegal,y como ya comenta Icm75, sobra una pieza.
    Saludos.

    #386089 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    PD: incumplimientos, a primera vista, de la ley de subcontratación, EN ESE contrato, de esa agencia de transportes:

    Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

    Artículo 4. Requisitos exigibles a los contratistas y subcontratistas.

    1. Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, deberá:

    a. Poseer una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.

    Artículo 5. Régimen de la subcontratación.

    2. Con carácter general, el régimen de la subcontratación en el sector de la construcción será el siguiente:

    e. El trabajador autónomo no podrá subcontratar los trabajos a él encomendados ni a otras empresas subcontratistas ni a otros trabajadores autónomos.

    #386090 Agradecimientos: 0
    desmembrado
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    septiembre 2010


    Es qu eno veo que el autónomo ese esté subcontrtando nada ¿existe un contrato entre ese autónomo y la empresa de 2º nivel? Si es así, SI hay un incumplimiento de la Ley 32/2006. Si no es así, ese autónomo simplemente en un intermediario, nada más, y no tiene que figurar en el Libro de Subcontratación para nada. O sea, que la empresa de 2º nivel firme el contrato con las empresas de las “bañeras”, y que le paguen al autónomo como les dé la gana, pero que se apañen entre ellos y que no te líen, porque si están haciendo eso que dices es porque van a “colar” a alguno con impagos a la seguridad social y como os pillen “os vais a cagar patas pabajo”.

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