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  • #648286 Agradecimientos: 0
    Seraprl
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    diciembre 2022


    Buenos días, ¡soy nuevo por aquí!

    (Habiendo recibido el trabajador todo tipo de información en tema de epis, materia preventiva, evaluación de riesgos)

    El caso de un conductor de una empresa X de transporte , se cae a una altura de 1.70 metros mientras carga mercancía de la empresa Y en el muelle de carga en el centro de trabajo de la empresa Y (por falta de adopción de medidas necesarias para evitar riesgos por parte de la empresa Y , poner una barandillas móviles por ejemplo . Art 3. Rd 486/1974)

    Puede la Inspección de trabajo sancionar a la empresa de transporte X y mi otra duda, estaría obligada la It a poner sanción o puede primero exigir un requerimiento?

    Muchas gracias amigos espero que puedan resolver mis dudas :mrgreen: :mrgreen:

     

    #650357 Agradecimientos: 0
    Rubiales_82
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    septiembre 2004


    Entiendo que hay que tener en cuenta el informe de investigación del accidente y de los fundamentos de inspección de trabajo para proceder a la sanción. En temas de CAE, la responsabilidad recaería en la empresa Y, el tema de velar por la seguridad y salud, de las contratas….

    #652315 Agradecimientos: 0
    Vintces C C
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    junio 2004


    Experto

    Sí, la I.T. puede sancionar a la empresa X. Cada empresa tiene sus propias responsabilidades, pues aunque el centro de trabajo de la empresa Y no dispusiese de medidas de protección necesarias (sancionable por ello) eso no quita para que la empresa X tenga sus propias obligaciones en materia de seguridad y salud respecto a su trabajador, pues se desconoce el estado de la máquina, el peso de la carga, la formación del trabajador para esas tareas…

    ¿Se sabe además cuál es la causa real de la caída?. No me refiero a todas las deficiencias existentes (muchas de ellas podrían no tener influencia en ese accidente en particular), sino a la/s que realmente motivaron la caída.

    La I.T. no está obligada a poner sanción; de hecho,  es bastante normal que exijan un requerimiento de subsanación sin sancionar. Pero si quieren, por supuesto pueden proponer sanción al existir infracción.

    Saludos.

    #652431 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Las sanciones de la Inspección de trabajo tienen que estar fundamentadas y referidas a un incumplimiento legal. Leyendo tal infracción podrá determinarse si la empresa X tiene opciones de recurso.

    No pueden sancionarla por defectos en las instalaciones de la Y; pero sí por otras obligaciones que tiene. Por eso, es importante conocer qué referencia legal soporta el incumplimiento que deriva en el acta de infracción.

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