A ver, si teneis plan de emergencia pues habrá que atenerse al mismo. Y será el plan el que determine qué equipos deben existir y para qué.
No obstante en una empresa (aún de oficinas) y en mi opinión si debieran existir “equipos de primera intervención” . Es decir si teneis extintores debiera haber personal (de equipos) encargados (y responsabilizados) de su (adecuado) uso en caso de conato o pequeños fuegos (ya sabes cuadro eléctrico, papelera, ordenador, conexiones eléctricas…que eventualmente pudieran entrar en ignición y que con un extintor se resuelve fácilmente la papeleta).
Es posible que hayais optado porque “todo” el personal esté capacitado y adiestrado para el uso de extintores…es una opción (aunque tiene sus peros según algunos…en cuanto “todos” es lo mismo que “nadie” en un momento dado y las responsabilidades (para actuar en caso de emergencia) “hay que asignarlas”
Entiendo también que los EPA y los ESI (equipos de primeros auxilios y de segunda intervención) podrían ser prescindibles en tu caso pero no los epi.
Cabe la opción (muy recurrida) de que los AEA (o sea los equipos de evacuación que dices teneis) desempeñen también (en el mismo quid) las funciones de primera intervención (básicamente uso de extintores) pudiéndose denominar EPI/AE. Pero esto debería quedar recogido en el plan de emergencia.