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  • #55555 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Como consecuencia de un accidente de trabajo ¿dónde se debe de dirigir el trabajador tanto en un pricipio como para posteriores revisiones mientras dure la I.T.? a su Mutua o al Centro de Salud u Hospital de la Seguridad Social (o puede elegir el trabajador el lugar que desee).

    Quien es el encargado de dar el parte de baja y alta, la Mutua o el médico de la Seg. Social.

    Mi agradecimiento de antemano.

    #310350 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Primero destacar que si es un accdente grave el trabajador debera ir al hospital mas cercano (no es obligatorio es recomendable), una vez lo examinen alli, le daran un parte de baja laboral que debera llevar a la mutua de la empresa, una vez recuperado, la rehabilitacion la realizara en las instalaciones de la mutua, el alta lo da la el medico de la mutua. Si el accidente es leve tambien puede ir al ventro de salud mas cercano (la factura generalmente las paga la mutua) pero es recomendable ir al centro asistencial de la mutua. el alta tambien lo da la mutua, siempre que sea labora el alta lo da el medico de la mutua, otro caso es los accidenets comunes o las enfermedades comunes.

    #310351 Agradecimientos: 0
    JAVI28
    Participante
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    noviembre 2001


    Las empresas pueden optar entre una mutua o el INSS para cubrir las contingencias profesionales. Por lo tanto dependiendo de la entidad que preste los servicios (Mutua o INSS) la gestión de los accidentes (asistencia, prestaciónes, etc…) se derivará a una u otra.

    El trabajador no tiene la opción de elegir, deberá ir a la entidad que tenga contratada la empresa.

    #310352 Agradecimientos: 0
    vallines
    Participante
    0
    noviembre 2001


    En función de la gravedad de las lesiones sufridas el trabajador podrá ir tanto al hospital como a la mutua.

    Si la elegida es la primera opción, en el momento de recibir el alta del hospital el trabajador deberá acudir a la mutua hasta la recuperación total.

    El parte de baja lo tramita la mutua.

    #310353 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Normalmente hay que ir a la mutua, que es donde te dan la baja. Pero en caso de ser un accidente grave, se debe de ir al hospital que esté mas cercano y desde ahí, una vez que los médicos vean el estado del paciente, lo ingresarán o lo mandarán a la mutua.

    "Difundir es Prevenir"

    www.diagnosticoprlconstruccion.com
    Twitter: @Ramonpmerlos

    #310354 Agradecimientos: 0
    epi8253
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Cuando un trabajador sufre un accidente de trabajo la primera asistencia la debe realizar en un centro sanitario de la mutua. Ahora bien si e trata de un urgencia debe ir al centro hospitalario más cercano sea de la mutua o no. Después una vez la empresa legaliza el parte de accidente, se debe presentar copia al Hospital de la SS, para que le pase la factura a la Mutua

    #310355 Agradecimientos: 0
    cristina
    Participante
    0
    julio 2001


    Si la consideración de la lesión es por accidente de trabajo, todas las gestiones las realiza la Mutua a la que esta asociada la empresa y a la que cotiza cada mes. Otra cosa es que el trabajador quiera pedir una segunda opinión, pero sólo le servirá de consulta pues la baja o el alta por AT la expide la Mutua. Salu2

    #310356 Agradecimientos: 0
    Josurelio
    Participante
    0
    noviembre 2001


    Estimado Ivan:

    Una Mutua es una entidad colaboradora de la Seguridad Social para cubrir todos los gastos (atención, farmacia, rehabilitación,…) de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de los trabajadores por cuenta de las empresas afiliadas.

    Esto quiere decir que las empresas han de afiliarse obligatoriamente a una Mutua (y ya no existe la opción de hacerlo al INSS), y estas Mutuas serán las que, con las cuotas que mes a mes se recaudan, correrán con todos los gastos que un trabajador genere en caso de sufra un accidente o una enfermedad profesional.

    Las Mutuas suelen tener centros asistenciales y clínicas concertadas para que las intervenciones les resulten más económicas.

    En caso de que un trabajador sufra un accidente se ha de intentar que reciba atención en cualquier centro de la mutua, ya sea propio o concertado. En caso de que esto no sea posible, se recurrirá a un centro de la Seguridad Social.

    Ojo, una vez atendido un trabajador en la Seguridad Social por accidente de trabajo, esta pasará factura a la Mutua por todos aquellos gastos ocasionados (y suelen ser bastante elevados, de ahí la insistencia de las Mutuas a que siempre se realice la asistencia en sus centros).

    Las bajas médicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales las da la Mutua, al igual que las alta.

    Sin embargo, las altas y bajas por contingencias comunes (enfermedad común), las da el médico de la seguridad social. Actualmente se les permite a las Mutuas el seguimiento de las contingencias comunes para agilizar los procesos en aquellos casos en los que el paciente está en lista de espera para realizar pruebas (resonancias,…).

    En cualquier caso, para la empresa no supone un gasto extra el estar afiliada a una mutua o a otra, ni el tener contratadas las contingencias comunes ya que la mutua solo cobra las cuotas mensuales que se le descuenta a los trabajadores de su nómina (y al final del año, la Mutua devuelve el dinero que le ha sobrado a la Seguridad Social. Es sin ánimo de lucro).

    Espero que mi “extensa” respuesta te haya aclarado un poco el tema de las mutuas.

    Un saludo.

    #310357 Agradecimientos: 0
    DE ARMAS
    Participante
    0
    octubre 2001


    Las Mutuas tienen sus propios servicios médicos que, normalmente, es donde se debe acudir.

    Asimismo, éstas tienen uncos centros concertados, sobre todo, en aquellas zonas geográficas que no cuentan con centros propios (acostumbran a dar la relación a sus empresas mutualistas por lo que si no la tienen deben solicitarla.

    Esto no quiere decir que en caso de gravedad se deba llevar al centro más próximo en el que puedan atender dignamente de la lesion causada. Por ejemplo: si sufre una caida de altura con perdida de conciencia y se estima lesiones graves, no lo voy a llevar al centro de la Mutua en el que se que solo atienden accidentes menores y curas.

    El parte de baja lo ha de dar el médico de la mutua y las consultas y curas, donde la mutua te envia. Bien a sus dependencias o a algun especialista…

    #310358 Agradecimientos: 0
    Valbu
    Participante
    0
    septiembre 2001


    Como es largo de contestar, vete a esta página y en ella encontrarás respuesta a todas tus preguntas.

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