Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: A vueltas con el ATEX y sus medidas preventivas #111448 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Por pegar y copiar, y poner frasecitas celebres de otros, no vas a demostrar que sabes mas que los demás, más bien al contrario.

    Si te fijas bien respondo al primer correo, en el que habla de medidas en origen, y le indico la principal de forma general, por que no hace referencia a ella y tal vez en su caso le sea útil.

    En cuanto al resto no merece la pena seguir escribiendo.

    en respuesta a: A vueltas con el ATEX y sus medidas preventivas #111446 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Una buena ventilación elimina atmosferas explosivas en origen al diluir la emisión de la fuente de escape.

    en respuesta a: dichoso ATEX #105694 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Siento decirte que necesitas el documento de ATEX. La norma lo hace obligatorio, dado que en tu almacenamiento existen fuentes de escape de tipo secundario, y es necesario que se evalue. Entiendo que con las medidas que has adoptado el riesgo esta controlado, pero la ley te obliga a que alguien te evalue dicho emplazamiento y te diga que todo esta OK, o si se debe mejorar la zona con alguna medida más.

    en respuesta a: Se aplica Atex a los garajes? #96366 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Compañeros, el riesgo de explosión por atmósfera explosiva existe en un garaje si la ventilación del mismo es inadecuada, esto podría dar lugar a que en algunos puntos de la instalación (denominados como zonas clasificadas y que se originan en las cercanías de las fuentes de escape)la concentración del CO (fundamentalmente)superara el Limite Inferior de Explosividad.
    El técnico con el informe de desclasificación lo único que comprobaría es si la ventilación existente es adecuada o no para evitar la presencia de dicha atmósfera, algo que a simple vista no se ve (por lo que nadie debería decir que no existe, o acaso no os habeís encontrado en algunos parking donde se aprecia que el aire esta bastante viciado por los humos de combustión), a no ser que tengaís el proyecto de la instalación y se haya justificado que la ventilación es adecuada al nivel de ocupación y que esta se mantiene adecuadamente. Hoy en día se podría verificar con la norma UNE 100166-2004 sobre ventilación aparcamientos, en la que se establecen unos niveles de ventilación en función del nivel de ocupación.
    Ah, y otra cosa más, no se debe mezclar el riesgo higienico con las atmosferas explosivas, cada uno tiene un tratamiento muy distinto, que la concentración a la que esta expuesto un trabajador no supere el VLA, no implica que no exista una atmósfera explosiva en algún punto de nuestra instalación.

    Un saludo a todos

    en respuesta a: ¿Es el accidente un fenómeno causal o casual? #169400 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Felicidades por la cuestión planteada.

    1. Con respecto a lo que planteas, la verdad, creo que fomenta a quien lo lea continuar con nuestra arraiga cultura preventiva, en la que trabajadores y empresarios creen que los accidentes son como las quinielas, hoy te toca a ti y mañana a otro, es cosa del destino y por tanto ineludible, por tanto, para que adoptar arduas y costosas medidas preventivas si es la suerte, el azar el que determina cuando se produce el accidente. Ten en cuenta este planteamiento, por que tus palabras tienen muchos oidos, y algunos solo se quedan con una parte.
    2. En cuanto al razonamiento que expones, a mi parecer desde el punto de vista preventivo, no es tan importante la probabilidad del suceso como el suceso en si, no es saber que cara del dado va a salir, si no que hay seis sucesos que se que pueden producir a causa de lanzar el dado (relación causal)y que los debo conocer y controlar. La prevención es fruto de los sucesos que conocemos, los accidentes y las causas que lo produjeron (recetarios), no se puede prever lo que no se conoce, pero una vez que se conoce si puedo poner remedio (Como prevenirse de una invasión extraterrestre si no se que existen extraterrestres). Ej1 Un cuchillo corta (relación-causa efecto), como corta protejo al trabajador del corte (relación causal) Me importa poco la probabilidad del suceso corte sobre el trabajador, ya que conozco por las causas de otro accidente que el cuchillo origina cortes y tengo que adoptar medidas.
    Ej.2. Caer de un andamio a cierta altura origina daño, como origina daño, tengo que adoptar medidas para que este no se produzca (relación causal), independientemente de cuando el trabajador pierda el equilibrio,…, y asi sucesivamente.
    3. El principio de causalidad engloba al de casualidad, y te pondre un ejemplo de tu razonamiento A no siempre B. Ej. Un terrorrista puede poner una bomba, responde a A entonces no B, pero tambien puede disparar a una persona, puede agredir a una persona,…., y ademas no podemos determinar con exactitud cuando va a poner una bomba, lo único cierto en dichas afirmaciones es: El terrorista genera daño (por que si no es asi, no seria terrorista, seria pacifista), por lo tanto, tengo que adoptar medidas para que no ponga bombas, no dispare, ni agreda a a nadie, sucesos conocidos, aunque no sepa cuando lo va a llevar a cabo. La relación de casualidad esta englobada en una relación de causalidad. La historia esta basada en sucesos que han podido evitarse, y los accidentes son historia cuando ocurren, y la prevención esta orientada a las medidas que tengo que poner en marcha para que no se repita el accidente, ya que cuando va a suceder, de momento es un elemento que no entra en la ecuacion de la prevencion, nosotros no somos adivinos. Un medico no adivina una enfermedad, la reconoce a traves de unos sintomas y pruebas, y posteriormente aplica una serie de medidas. Si alguien enferma es porque algo le ha causado la enfermedad, independientemente de cuando se produzca, siempre que nos lesionamos es porque algo nos lesiona, y no es la probabilidad, por tanto, la probabilidad no es causa de accidente y el azar menos todavia.
    4. El que utilicemos habitualmente el concepto de riesgo como posibilidad de que se produzca un accidente, no implica que predomine la casualidad sobre la causalidad en el accidente, más bien al contrario, se sabe que hay una serie de sucesos (accidentes)que han sucedido en circunstancias parecidas, y nosotros analizamos dichas circunstancias para establecer medidas preventivas y evitar el suceso, principio de causa (circuntancias que generan el accidente)-efecto (accidente). Si lanzo una moneda al aire existe el 50% de probabilidades de al caer salga cara o cruz, conociendo esto introduzco una variable, como se que ambas pueden suceder, dedido que no salga cara (accidente) adoptando una medida (recetario), antes de que caiga al suelo la cojo y la coloco de cruz.

    Espero leer tu articulo en breve.

    Un saludo

    en respuesta a: atenuacion de ruido #164187 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    ¿Que tiene que ver como se cobra con evaluar si un EPI es adecuado? Lo que debe ser, debe ser, y si la empresa lo tiene que pagar, que lo pague. Un SPA es una entidad dedicada al asesoramiento de las empresas en prevención, y esto cuesta dinero, nada cae del cielo. Otra cosa es que algunos desalmados ofrezcan mucho por muy poco dinero, en la practica no hacen nada, y su calidad como SPA es nefasta, esto lo único que genera es que nadie aprecie la prevencion y la labor del tecnico de prevencion, y el mercado este altamente viciado por malas practicas.

    en respuesta a: penoso #162908 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    1º Veo que no lees mi contestacion, o tal vez, no la comprendes (?),…, en ningun momento digo que tengas que hacerlo todo. Simplemente te indico que el programa puede incluir algunas de esas medidas (es más te traslado algunas ideas para que las valores, porque lo importante es tener amplitud de miras) y cada empresa tendra que valorar cuales de ella se pueden aplicar debidamente justificadas ,.., y es su obligación por ley y por GARANTIZAR la seguridad y salud del trabajador. Lo de que son copiadas, es evidente, como puedo hablar del programa de control técnico y/u organizativo y no hacer referencias a las mismas para indicarte que algunas si las puedes incluir en el programa de tu empresa.
    2º El no tener ni idea por no haber visto una turbina de cogeneración,…, si tu lo dices, yo de lo que se es de PREVENCION, sea cual sea la instalacion donde se produzca la situación de riesgo, y veo que a tí te preocupa poco la salud del trabajador,…, hasta el punto de no buscar alternativas amparado en que ello supone … 5 millones de euros (¿realmente has valorado todas las soluciones que existen en el mercado para reducir el nivel de ruido en dicha ronda?¿Que soluciones habeís valorado para que cueste 5 millones de euros?),…., ya será menos,…., y si es así técnicamente es posible, haberlo pensado bien antes de colocar el contador en dicha zona ¿cuanto vale la salud de los trabajadores señores?. Siempre hay que buscar soluciones y no quedarse en lo más sencillo,…., ponte en el lugar del trabajador. Ponte en contacto con empresas especializadas, comparte impresiones e ideas,…, y tras haber hecho todo lo posible, entonces ya has justificado de sobra al inspector que un programa técnico es inviable y te quedas en las medidas organizativas y con el EPI (que por cierto depende siempre de la correcta utilización del trabajador, por lo que no garantizas al 100% su salud).
    3º Si saben tanto en la empresa que comentas, porque no han previsto en el diseño de la instalación la lectura de ese contador sin poner en peligro la salud del trabajador,conociendo los altos niveles de ruido que genera dicha turbina,,…, con tanta tecnologia disponible, dejar un contador en una situación de peligro, con tanto sistemas electronicos disponibles en el mercado,…,tal vez saben mucho de lo suyo, pero tambien deben hacer prevención.
    4º El ruido no solo puede generar perdida auditiva, hay muchos efectos sobre la salud, y tener 75dbA en una oficina es una situación muy lamentable, diria yo bastante penosa,…, tendrías que pasar un dia entero con los trabajadores de dicho puesto haciendo trabajos de oficina,…, ¿Y tu eres un PREVENCIONISTA?

    en respuesta a: registro de pico #163601 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    1º En los SPA hay muchos tecnicos que al año dedican mas de 700 horas a mediciones de ruido, asi que no hables de experiencia de 700horas como algo que te haga a ti mas sabio que los demas para criticar a los que libremente han dado la opinion y quieren hechar una mano. Y vuelvo a repetir lo mismo, no todos los SPA son iguales, al igual que no son iguales los tecnicos de prevencion de algunas empresas, que lo hacen tan mal, que al final siempre recurren a algunos SPA para que les saquen las castañas del fuego.
    2º Con respecto a lo de preguntar a los trabajadore, SIEMPRE hay que hacerlo, es parte del proceso de evaluación la consulta y participación de los mismos en la identificación de las condiciones de riesgo (ley 31/95).
    3º Si el trabajador ronda por cientos de máquinas, ya sabes, habra que currar un poquito e identificar con sonometro la fuente de ruido para incluirla dentro del programa técnico y/u organizativo para reducir o evitar la exposición.

    en respuesta a: penoso #162905 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    1º Tenemos siempre en mente que una evaluación de exposicion a ruido se limita a obtener un nivel, dar una valoracion conforme a la norma y a correr. Esto no es así, porque luego llega el inspector o una enfermedad profesional, y no tenemos “justificada” en la misma por el Higienista que medidas se deben aplicar para evitar o reducir el nivel de ruido (art.4.1. 286/2006). Una vez definidas estas medidas prevíamente (siempre que sean tecnicamente posibles, que no es lo mismo que inviable economicamente), se justifica documentalmente que el trabajador debe utilizar además protección auditiva, como marca el art.7.3 del R.D.286/97.

    2º El inspector sanciona porque no tienes documentado un programa tecnico y/u organizativo dentro de la planificacion de la prevencion de la empresa como consecuencia de la evaluacion de riesgos efectuada, que realmente no implica que hagamos lo que tecnicamente no es posible, sino que integremos aquellas medidas del art.4.1 del R.D.286/2006 que nos permitan evitar o reducir la exposicion a ruido (algunas de ellas si que se pueden aplicar a tu empresa y tienes que documentar como programa tecnico y/u organizativo):
    1.otros “métodos de trabajo” que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido; (Se ha pensado en colocar una camara para ver la lectura del contador o un dispositivo electronico que mande la informacion a un puesto de control insonorizado, en lugar de que el trabajador acceda a ese lugar de trabajo, ¿tecnicamente es posible?)
    2.la elección de equipos de trabajo adecuados que generen el menor nivel posible de ruido, habida cuenta del trabajo al que están destinados, incluida la posibilidad de proporcionar a los trabajadores equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en la normativa sobre comercialización de dichos equipos cuyo objetivo o resultado sea limitar la exposición al ruido;
    3. “la concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo” (pasillos de acceso al lugar donde esta el contador insonorizados o con apantallamientos frente a ruido existente);
    4. “la información y formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo de trabajo con vistas a reducir al mínimo su exposición al ruido” (Esta medida seguro que la habran llevando a cabo ¿no?);
    5. “la reducción técnica del ruido:
    a.reducción del ruido aéreo, por ejemplo, por medio de pantallas, cerramientos, recubrimientos con material acústicamente absorbente”;
    b.reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos, por ejemplo mediante amortiguamiento o aislamiento;
    6.”programas apropiados de mantenimiento de los equipos de trabajo, del lugar de trabajo y de los puestos de trabajo” (Algo habra de mantenimiento en una instalación como la que describes, ¿no?);
    7.la reducción del ruido mediante la organización del trabajo:
    a.limitación de la duración e intensidad de la exposición;
    b.ordenación adecuada del tiempo de trabajo.

    Seguro que alguna de las medidas anteriores se puede integrar y podras justificar documentalmente el programa, que como ves es mucho más amplio que realizar una modificación de un equipo de trabajo.

    3º El EPI siempre es el ultimo recurso, cuando nada de lo anterior es posible o se esta en proceso de adaptacion, no nos aficionemos a colocarlo siempre como primera opcion, de esa manera no hacemos PREVENCION.

    en respuesta a: atenuacion de ruido #164185 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Me parece muy bien que discrepes.

    El problema de los protectores no esta en que amplifiquen, que yo no lo he mencionado en ningún momento, esta en la utilización de los mismos por el trabajador, ya que si alguna vez has tenido puesta una protección auditiva, que por tu comentario lo dudo, veras que existen grandes diferencias entre los diferentes tipos de protectores existentes y su nivel de atenuación. Siempre tenemos que elegir el más adecuado a cada situación, desde lo que es el tipo (orejeras, tapones), hasta los margenes de atenuación donde nos tenemos que mover para que sobre el trabajador no se produzcan fenomenos de sobreproteccion o infraproteccion que induzcan a la no utilizacion del mismo (el fomento del uso de la proteccion viene reflejado en el 286 a partir de 80dbA). Veo que te guias mas por el papel, que por lo que es la aplicacion practica de la prevencion. SIEMPRE HAY QUE VERIFICAR QUE EL EPI ELEGIDO ES EL MAS ADECUADO. Y en el caso de la proteccion auditiva siempre tendremos que valorar la atenuación del protector con respecto el nivel existente, aunque no se supere el valor limite.

    en respuesta a: DUDAS CON EL ÍNDICE DE INCIDENCIA #163298 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    TE LO HE ACLARADO ANTES EN MI COMENTARIO.

    NO LO HAS LEIDO.

    en respuesta a: accidente laboral grave #163017 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    Sintiendo mucho la perdida me gustaria aclarar algunos puntos.
    1º La Mutua (como entidad aseguradora y no como SPA): Al existir un accidente mortal comunicado oficialmente por la empresa esta obligada a pagar todo lo que legalmente esta establecido. Tal y como comentas, el accidente ocurrio en tiempo y lugar de trabajo, y la imprudencia (si realmente existio) normalmente no esta excluida del concepto de accidente de trabajo, a no ser que sea temeraria (y tendria que demostrarse). Si lo anterior ocurre, la mutua va contra la empresa, haciendo a esta responsable de los costes abonados a los familiares directos del trabajador. A ustedes no os afecta este hecho porque en cualquier caso la mutua tiene la obligación de anticipar y posteriormente reclamar a la empresa, este hecho no os afecta, afecta solo a la empresa.
    2º Otra cosa es que como consecuencia del accidente existan diligencias de la inspección de trabajo o se derive al ambito de responsabilidad civil o penal, si la empresa concerto el SPA con la Mutua, los dos son actores que pudieran tener alguna responsabilidad sobre el accidente, asi como los mandos directos del trabajador y el propio trabajador. En este punto cada uno intenta liberarse de su propia responsabilidad. Lo importante en este tramo va a ser el informe de investigacion de accidentes que se elaboro (tanto por SPA como por Empresa), ya que a partir de el se podra delimitar el juez responsabilidades sobre los hechos sucedidos.
    3º Sobre el parte de accidentes, la obligacion de que se ajuste a la realidad de los hechos es de la empresa, si esta mintio para no sentirse perjudicada, sera la inspección de trabajo (via administrativa) y el juez (via penal y civil) quien lo tendra en cuenta. Como te he dicho antes, si hay algo donde algunos se puedan agarrar para eludir una responsabilidad, se agarraran, pero al final siempre determina el juez.

    Un saludo

    en respuesta a: productos quimicos #162830 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    1. LOS PRODUCTOS INFLAMABLES Y TOXICOS NO SE PUEDEN ALMACENAR JUNTOS.
    2. SEGUN VOLUMEN DE ALMACENAMIENTO, ARMARIO PROTEGIDO O LOCAL INDEPENDIENTE. VER REGLAMENTACION ALMACENAMIENTO PRODUCTOS QUIMICOS.
    3. EN DICHO ALMACENAMIENTO NO SE ALMACENARAN OBJETOS DISTINTOS DE LOS PRODUCTOS QUIMICOS.

    en respuesta a: seguridad en torno #162785 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    EL ENCLAVAMIENTO NO SOLO ESTA EN PARAR LA MAQUINA CUANDO SE ABRE EL RESGUARDO, TAMBIEN EXISTEN ENCLAVAMIENTOS QUE NO LIBERAN EL PROTECTOR HASTA QUE LA MAQUINA ESTA COMPLETAMENTE PARADA Y SE HA ELIMINADO EL RIESGO RESIDUAL QUE EXISTE.
    COMO COMPLEMENTO DA INSTRUCCIONES ESCRITAS AL OPERADOR DEL TORNO PARA QUE NO HABRA EL RESGUARDO ANTES DE HABERSE PARADO EL PLATO.

    en respuesta a: Persona preste primeros auxilios #162804 Agradecimientos: 0
    ZEUS
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    agosto 2002


    LEY 31/95. ARTICULO DEDICADO A MEDIDAS DE EMERGENCIAS.

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