Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Accidente laboral o enfermedad comun #282564 Agradecimientos: 0
    xènia
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    febrero 2003


    En principio, el hecho de que esta persona ya estuviera en su casa después de la jornada laboral, hace suponer que se trate de una enfermedad común, pero el puesto de trabajo de un comercial, todo depende, porque claro, en su casa puede seguir haciendo trabajo… Ésto debería de solucionarse con la empresa, aunque el médico especialista no se encuentre. Por otra parte creo que la actitud del enfermero ha sido la correcta. No siempre la opinión del médico de cabecera es la correcta.

    Saludos

    en respuesta a: Medico del Trabajo #283069 Agradecimientos: 0
    xènia
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    febrero 2003


    Es evidente que resulta rentable, y sobretodo si se mira desde el punto de vista de la calidad que se ofrecerá desde el servicio de medicina del trabajo del servicio de prevención propio de la empresa. Las fuentes de información para llevar a cabo la vigilancia de la salud son directas, siendo los exámenes de salud, las asistencias médicas, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. De esta manera se puede hacer también promoción de la salud y formación en diferentes áreas.

    Saludos

    en respuesta a: mutuas #283119 Agradecimientos: 0
    xènia
    Participante
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    febrero 2003


    Cuando hablas de reconocimientos médicos, no entiendo si es visita médica para control del absentismo laboral, o bien si es exámen de salud por vigilancia de la salud, por tanto, si la mútua llama a los trabajadores para hacer seguimiento de su absentismo laboral y así saber si la baja es o no justificada, y no tiene firmadas las contingencias comunes con la empresa, no es normal. Pero si los llama para hacerle los exámenes de salud o reconocimientos médicos periódicos, sí que es normal, porque posiblemente la empresa haya contratado con la mútua la disciplina de vigilancia de la salud, dentro de su forma de gestionar el servicio de prevención.

    Saludos

    en respuesta a: revisiones médicas 2 #283560 Agradecimientos: 0
    xènia
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    febrero 2003


    Todo centro que efectúe revisiones médicas de vigilancia de la salud tiene que estar acreditado, ello supone tener los medios humanos y materiales necesarios para poder llevar a cabo este tipo de exámenes de salud. Respecto a los medios humanos, el médico tiene que ser especialista en Medicina del Trabajo y el enfermero también.

    Los exámenes de salud serán específicos según el puesto de trabajo, y por tanto según los riesgos a los cuales estén expuestos los trabajadores. En tu caso la exploración musculoesquelética, y el test visión exhaustivo serán las exploraciones principales, junto con el cuestionario de pantallas, que siempre es bueno pasarlo para hacer más hincapié en si hay patologías asociadas a los riesgo en cuestiíon.

    Saludos

    xènia
    Participante
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    febrero 2003


    Cuando una empresa escoge o le es obligado por número de trabajadores y/o actividad empresarial tener la modalidad de servicio de prevención propio o mancomunado – éste último se entiende en el entorno de diferentes empresas y siempre con los preceptos que explica la ley- tiene que escoger dos disciplinas con trabajadores propios, si una de ellas es la vigilancia de la salud y tiene que contratar a un médico especialista en Medicina del Trabajo o diplomado en Medicina de empresa con horas suficientes para llevar a cabo su trabajo y a un D.U.E. de empresa, para formar la Unidad Básica Sanitaria y además el centro donde lleven a cabo sus actividades tiene que tener la autorización administrativa como centro sanitario del servicio de prevención.

    Un Saludo

    xènia
    Participante
    0
    febrero 2003


    El Examen de Salud no es obligatorio, si no voluntario, excepto en tres preceptos, que recoge la Ley.

    Los Exámenes de Salud de los trabajadores del turno de noche se pueden efectuar en su turno de noche, o fuera de su horario habitual, cualquier día por la tarde o lunes por la mañana si el domingo no ha trabajado. Se entiende que fuera de turno se pactará con retribución del tiempo económica, o bien se restará del computo anual de horas.

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