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30 junio, 2004 a las 00:25:50 en respuesta a: Evaluacion de riesfos en pozos de perforacion petrolera #245742 Agradecimientos: 0
Mira en la página siguiente:
Entra o regístrate para ver los enlaces No se si en tu país exista alguna regulación sobre este punto.
En el caso de México si la hay y creo que te puede ser útil como guía, ya que establece la cantidad y tipo de extintores a utilizar dependiendo de los riesgos y del espacio a proteger, entre otras cosas.
Se trata de la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2000, “CONDICIONES DE SEGURIDAD – PREVENCIÓN, PROTECCIÓN Y COMBATE DE INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO”
La puedes consultar en la siguiente dirección:
Entra o regístrate para ver los enlaces 22 junio, 2004 a las 23:53:09 en respuesta a: diferencias entre extintores marinos y tradicionales #246107 Agradecimientos: 0Si te refieres a diferencias entre extintores comunes y extintores con protección para resistir ambientes de alta corrosividad como el ambiente marino, hay algunas diferencias, cuando menos en la marca ANSUL (que es la que más he utilizado aquí en México).
Especificamente en los extintores de cartucho exterior modelo Red Line, la diferencia visible es que la tapa superior, la manija de transporte, la boquilla de la manguera y el ensamble para el cartucho son de un material más resistente a la corrosión y también de color diferente. Mientras en el extintor “normal” es de color plateado, en el extintor de uso marino son de color negro.
En todo lo demás son idénticos, tanto en tamaño, peso, agente, forma de uso e inclusive, color exterior (salvo pór las piezas que ya te comenté).
Si tienes alguna otra duda, estoy a tus órdenes.
Hay muy buena información sobre el tema en el libro siguiente:
Manual de Evaluación y Administración de Riesgos
Kolluru
McGraw-Hill
21 junio, 2004 a las 15:34:27 en respuesta a: GENERADORES DE VAPOR O CALDERAS. #246292 Agradecimientos: 0En la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social () puedes encontrar la norma oficial mexicana correspondiente a lo que preguntras:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-020-STPS-2002, RECIPIENTES SUJETOS A PRESION Y CALDERAS- FUNCIONAMIENTO- CONDICIONES DE SEGURIDAD
Te será de utilidad.
Entra o regístrate para ver los enlaces 19 junio, 2004 a las 22:46:23 en respuesta a: Imagenes de Prevención compartidas #247007 Agradecimientos: 0Excelente sitio. Felicidades!!!
La función que en España hacen las mutuas, en México la realiza el gobierno federal directamente a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Este Instituto se encarga de lo relacionado con la seguridad social de los trabajadores y sus familiares. Brinda atención médica a través de una red de hospitales y se encarga de las incapacidades e indemnizaciones a los trbajadores incapacitados por lesiones de trabajo, entre otras cosas.
Existen además casos particulares como el de los trabajadores al servicio del estado que tienen su propia institución de seguridad social (ISSSTE) o de los trabajadores al servicio de los gobiernos de los estados. En el caso de la empresa para la qe trabajo (PEMEX), la misma empresa tiene un área que se encarga de realizar estas funciones e incluso posee sus propios hospitales.
En estos centros hospitalarios se tratan prácticamente todo tipo de dolencias: desde enfermedades ordinarias hasta cirugías especializadas.
Espero que la información te sea de utilidad. Si en algo más puedo ayudarte, por favor hazmelo saber a través del correo electrónico.
18 junio, 2004 a las 23:53:42 en respuesta a: Para REYNALDO BELTRAN BUSTAMANTE #246521 Agradecimientos: 0Estimado Edgardo:
Espero que ya hayas recibido el correo con la información.
Saludos,
Reynaldo
17 junio, 2004 a las 16:20:37 en respuesta a: estanques de almacenamiento #246678 Agradecimientos: 0Te envío por correo el estandar API 650 sobre tanques de almacenamiento de petroleo.
También puede ser útil consultar la Norma Oficial Mexicana NOM 121-STPS-1996, Seguridad e higiene para los trabajos que se realicen en las minas
En el Fire Protection Handbook de la NFPAhay un capítulo que trata sobre las minas. Es el capítulo 31, sección 9 y se llama Minning Methods and Equipment
10 junio, 2004 a las 17:41:54 en respuesta a: Sistema de Administración para la Salud ocupacional #247306 Agradecimientos: 0En la página de la Secreta´ría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se encuentran las guías para los sistemas de seguridad y salud en el trabajo. La dirección es:
Entra o regístrate para ver los enlaces 10 junio, 2004 a las 00:25:55 en respuesta a: Recomendación bibliografía para un T.Intermedio, recien salido. #247307 Agradecimientos: 0Te recomiendo los siguientes libros:
Seguridad Industrial
Roland P. Blake
Seguridad Industrial
César Ramirez Cavassa
Seguridad Industrial: su administración
John Grimaldi
De acuerdo al estándar NFPA 10, edición 1998, para extinguidores portátiles, es necesario inspeccionar mensualmente los extinguidores, derivado de esta inspección puede resultar la necesidar de dar mantenimiento o de recargar estos equipos. De otro modo, el estandar indica que el mantenimiento debe hacerse en períodos no mayores a un año, lo cual puede incluir la recarga del extinguidor en caso de que no este en las condiciones adecuadas, que para el caso de los extinguidores de bióxido de carbono, se puede determinar mediante el peso de CO2 que contienen y verificar si hace falta la recarga.
En cuanto a las pruebas hidrostáticas, para el caso de estos equipos, el NFPA 10 recomienda la prueba hidrostática cada 5 años.
Un extinguidor lo tienes que sacar de servicio si no pasa esta prueba.
Si necesitas alguna otra aclaración o el texto del estándar, comunicate conmigo al correo
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