Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 31 a la 45 (de un total de 59)
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  • en respuesta a: coordinador #251649 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    puffff. Por tu titulación como tú bien dices sí puedes; para resolver lo de los conocimientos, te recomiendo esto: “Coordinadores de Seguridad y Salud en el Sector de la Construcción. Manual para la formación”. Editorial Lex Nova. Cuesta unos 120 euros, pero vale lo que cuesta (no pienses mal, no creas que soy de la editorial que te quiere encasquetar su libro; sinceramente es la publicación más completa que ha llegado a mis manos en esta materia).

    Suerte

    en respuesta a: buscar trabajo #251678 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    La verdad es que no sé muy bien como orientarte; yo soy uno de esos con carrera técnica, pero vamos, yo en tu lugar probaría en servicios de prevención de empresas.

    1 saludo y mucha suerte

    en respuesta a: prevencion #252794 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Gracias por tu información, comportamientos generosos como el tuyo, facilitando información de este tipo sin que nadie te la haya solicitado, no son frecuentes en el mundo laboral (por desgracia). 1 abrazo.

    en respuesta a: TRABAJOS EN ALTURA #258012 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Saludos M. Ángel:

    Si la protección colectiva (la barandilla que mencionas) elimina por sí sola el riesgo de caída a distinto nivel no hay necesidad de usar ningún tipo de cinturón. Si ves que durante el trabajo en la plataforma el trabajador se ve obligado a sacar parte de su cuerpo por fuera de la protección debe usar un epi anticaída.

    Sobre los tipos, hay una NTP () que te explica los que hay y los usos que tienen.

    Un saludo.

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    en respuesta a: Cálculo trabajadores punta #257828 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    si me mandas un e-mail a “” te envío la tabla que utilizo en los estudios de s+s para el cálculo del número medio de trabajadores (es un cálculo trivial, lo único que hay que conocer es el P.E.M., el número totales de hora trabajadas al año, el coste horario y el porcentaje sobre el PEM del coste de mano de obra).

    Un saludo

    en respuesta a: Acotado o vallado de arroyo #259402 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Saludos,

    Como bien sabes, cuando existe el riesgo de caída a distinto nivel lo que procede es implantar una protección y si el desnivel es inferior a esa cota es suficiente con una señalización adecuada.

    Un saludo.

    en respuesta a: OFERTA EMPLEO #263014 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Al que le moleste que se publiquen ofertas de empleo en este foro debe ser por que le sobra (el empleo, digo).

    ¡Ojalá todos tuvieran/tuviéramos tanta suerte como ellos!

    Muchas gracias, solidarios!

    en respuesta a: obra menor #262685 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Estimado amigo:

    Si necesitas ayuda con la redacción Estudios de Seguridad y Salud o Planes de Seguridad y Salud, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

    Un saludo

    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Perdón por incluir tres veces la misma respuesta, se debe a un problema con el servidor de internet.

    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Estimado señor:

    Le remito el texto completo de la disposición adicional cuarta de la Ley de Ordenación de la Edificación a la que usted se refiere:

    “Las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de coordinador de seguridad y salud en obras de edificación, durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades”

    Un saludo

    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Estimado señor Sánchez:

    Adjunto reproduzco el texto completo de la disposición adicional cuarta a la que usted hace referencia de la Ley de Ordenación de la Edificación.

    “Las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de coordinador de seguridad y salud en obras de edificación, durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades”

    Reciba un saludo

    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Estimado señor Sánchez:

    Le incluyo en el siguiente párrafo la disposición adicional cuarta de la Ley de Ordenación de la Edificación a la que usted hace referencia:

    “Las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para desempeñar la función de coordinador de seguridad y salud en obras de edificación, durante la elaboración del proyecto y la ejecución de la obra, serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades”

    Un saludo.

    en respuesta a: Coordinador de seguridad #276369 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Está claro. El Coordinador es una persona física, y en ningún sitio del 1627 dice que no pueda tener relación contractual con promotor o contratista.

    en respuesta a: NEGATIVA A PONERSE LOS EPIS #276775 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Mira, el RD 773/97 te obliga a tí como empresario a suministrar los epis necesarios en función de la actividad a desarrollar y al trabajador a utilizarlos. Si los epis son adecuados para la actividad desempeñada y disponen de ellos, tus trabajadores tienen que utilizarlos.

    Un saludo.

    en respuesta a: Coordinador de seguridad #276701 Agradecimientos: 0
    ugutz
    Participante
    1
    abril 2002


    Hola, Nerea.

    Mira, el R.D. 1.627/97 te dice en su artículo 3 que cuando en la ejecución de una obra intervenga más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor, antes del inicio de los trabajos o tan pronto como se constate dicha circusntancia, designará un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

    Así es que, si tu empresa actúa como promotor en las obras, deberá designar un coordinador en los casos antes mencionados.

    En cuanto a la formación: dice que será un técnico competente designado por el promotor e integrado en la dirección facultativa encargada de llevar a cabo las tareas que se indican en el articulo 9 de ese r.d.

    Sobre la figura polémica de “técnico competente”, te recomiendo que mires en . En esa ponencia la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo considera técnicos competentes a aquellas personas que poseen titulacioneas académicas y profesionales habilitantes, así como conocimientos en actividades de Construcción y Prevención de riesgos laborales, acordes con las funciones que fija el R.D., que serán las titulaciones de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero e ingeniero técnico.

    Si te puedo servir de ayuda, yo mismo soy coordinador de seguridad y salud en obras de construcción e ing. tec. de obras públicas. Puedes contactar conmigo en “

    Un saludo.

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