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Hola, es cierto que los extintores no necesariamente se “vencen” cada año, lo que si es cierto es que en la mayoría de normas y regulaciones se exige la recarga anual como un parámetro de referencia, así mismo debes tener en cuenta que si se incumple y ocurre un incendio y la aseguradora verifica que hay extintores vencidos (así estén encondiciones de operación), lo mas probable es que traten de dilatar o de no hacer el pago del seguro.
NFPA 10 habla de recargas y mantenimiento anual, así como pruebas hidrstáticas cada 5 años, la excepción está para los agentes limpios (CO2, Solkaflan, Hallon) que por costosos se pueden recargar cada 5 años, siempre y cuando se garanticen condiciones de operación, así mismo debes tener presente que los de bióxido de carbono (CO2) deben ser recargados cunado pierdan el 20% de su pesoo inicial, es decir que debes pesarlos recien recargados y llevar un control de peso menual, una vez supere el 20% del peso inicial mandar a recargar independientemente del tiempo, si en 5 años no pierde el 20 % igual se debe recargar.
Cordial Saludo,
Ing. LUIS ALBERTO TRIANA LLANO
Presidente Junta Directiva ASASI
Moderador Comunidad Virtual ASASI
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