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Si se ha entregado un epi y han firmado su recepción, solamente será restituido cuando se deteriore por uso o accidente y entrgando el antiguo. de lo contrario, deberian abonarlo.
Se debe anotar.
A una empresa que llevaba yo de ocnstrucción le ocurriol o siguiente:
Recibio visita de la Inspección, observo algunas deficiencias y como no estaban anotadas en el libro de incidencias: “zacatás”, SANCION16 febrero, 2006 a las 14:22:05 en respuesta a: Anexo al plan de seguridad #193419 Agradecimientos: 0Debes hacer como si fuera un plan nuevo: acta de aprobación y presentarlo en la Conselleria pertinente.
A nivel de prevención no afecta en nada.
El problema lo vas a tener con las inspecciones de trabajo a efectos de SSDepende de los productos que se empleen.
Si no se manipulan productos químicos, yo optaria por nas gafas de protección16 febrero, 2006 a las 14:06:14 en respuesta a: Formación obligatoria de los trabajadores. #193473 Agradecimientos: 0Has de buscar en el Convenio Clectivo de construcción de la provincia en la que te encuentres.
La responsabilidad la tiene el coordinador y el promotor.
Puede que también el Tecnico del SPA2 febrero, 2006 a las 13:25:29 en respuesta a: Legislación que regula los requerimientos mínimos para los operadores de maquinaria móvil #195113 Agradecimientos: 0Para la maquinaria pesada existe el permiso de Trafico.
El unico cerne que existe para manipulacion de gruas y equipos similares(Comunidad Valenciana)es el de operador de grua torre y el de conductor de grua autopropulsada. Se expide por la Conselleria competente.2 febrero, 2006 a las 13:23:11 en respuesta a: Cinturón de seguridad en carretillas #195120 Agradecimientos: 0Si resulta obligatorio que ambos sistemas estén en la carretilla Y SE UTILICEN.
Las carretillas antiguas que no dipongan de Marcado CE, han de pasar por una OCA para que las adecuen a la normativa vigente del año 95Consejo 1:
TÚ sabes más que ellos.
Consejo 2:
No hagas la clase muy teórica. Ayúdate de fotografias de apoyo, videos, anécdotas, etc..
Consejo 3:
Fomenta al maximo la participación. Provócales, hazles preguntas.Animo y suerte
En esta pagina de prevention world (descargables) encontraras el check list del 1215
Yo lo realicé en Valencia, en INICIATIVAS.
Tienen pagina web.RD 2177/04 que desarrolla el art. 24 de la Le de Prevención.
Es una figura que se han inventado no se para que.
Se trata de una persona que debe estar presente en la realización de actividades peligrosas para supervisarlas, el cual debe tener conocimientos mínimos en prevencion de nivel basico.18 enero, 2006 a las 14:23:07 en respuesta a: OTRA DUDA SOBRE LA FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES #197029 Agradecimientos: 0Todos están autorizados y capacitados para dar la formación.
Dale un vistazo a la Guia del INSHT sobre procedimientos de trabajo y sonbre gestion de la prevención en pequeña y mediana empresa.18 enero, 2006 a las 14:21:52 en respuesta a: CONTRATAR UNA EMPRESA DE LIMPIEZA #197018 Agradecimientos: 0Efectivamente:
La limpieza habitual del puesto de trabajo corresponde al trabajador. Me refiero: teclado, ratón, sus utensilios de trabajo…
Pero bajo ninguna circunstancia debe limpiar las instalaciones (me remito a vuestra categoria profesional del convenio; no creo que aparezcais en el contrato de trabajo con la categoria de limpiadoras, y por lo tanto no debeis realizar esas funciones sino las establecidas para vuestra categoria). Podeis negaros, y os aconsejo que lo hagais -
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