Respuestas de foro creadas

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)
  • Autor
    Entradas
  • en respuesta a: servicio de prevencion propio URGENTE #416789 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Como funcionario interino, basta con que la plaza no figure en la RPT para que puedan prescindir de tus servicios.
    Por otro lado en calidad de que estabas contratado, como técnico de PRL?, porque lo que importa no es lo que tú seas sino lo que pone en el contrato y muchas veces no tiene nada que ver una cosa con la otra.
    Por otro lado, aún cuando creen un SPPropio, pueden hacerlo como una unidad diferente de aquella en la que tú tienes tu puesto y no afectarte para nada su existencia, no sé si me explico, quiero decir que serían puestos de trabajo nuevos, que tendrían que figurar en una nueva RPT pero que a ti no te afectarían.
    Si el Ayuntamiento tiene más de 500 trabajadores, sea anexo o no anexo la actividad tendría que tener el SPPropio, que por otro lado no tiene que tener obligatoriamente todas las especialidades, y puede perfectamente contratar aquellas no incluidas.
    Siento no poder decirte cosas mas favorables, pero es así.

    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Hola, no estoy en contra de nada, pero como todo equipo exige una preparación previa, es decir una formación para asegurar su correcta utilización.
    Personalmente entiendo que la superficie de un invernadero y sus condiciones no deben ser las más apropiadas, pero como alguien escribió al principio, si se lleva a cabo la evaluación de riesgos y se documenta correctamente la situación demostrando la eficacia y seguridad de la medida, nadie tendría nada que objetar, constantemente están saliendo al mercado nuevos equipos, productos, etc., que sabiendo utilizarlos se convierten en un elemento fantástico, de hecho en este caso:
    Los zancos evitarían que los trabajadores estuvieran subiendo y bajando constantemente de otros elementos como escaleras, taburetes, etc.
    Los zancos permitirían evitar situar las manos por encima de los hombros.
    Pero también:
    ¿El trabajador tiene estabilidad sobre los zancos?
    ¿No existe riesgo de deslizamiento, hundimiento, etc., en función de las superficies?
    ¿El trabajador maneja herramientas cortantes y/o punzantes que se podría clavar en caso de caída?
    En fin, solo queda evaluar.
    Un saludo

    en respuesta a: DUCHA EN UNA LAVANDERIA #414454 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Realizan trabajo físico, con esfuerzo, con manipulación de cargas, luego necesitan duchas.

    Solo en trabajos administrativos y pequeñas tiendas, puedes obviar las duchas, en todos aquellos, en los que se realiza esfuerzo físico se exigen duchas.

    en respuesta a: a vueltas con la formacion de 2º ciclo #412771 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Hola, la Fundación Laboral de la Madera y el Mueble, acordó la expedición de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector de la madera.
    En el Convenio de la Madera, en la disposición adicional quinta ya específica que se constituirá dicha Fundación Laboral, y a esto me refería cuando os decía que os fuerais al Convenio.
    Y ya digo la Fundación de la Madera, ya se adhirió al tema de la TPC.
    Espero que os sirva la información

    en respuesta a: a vueltas con la formacion de 2º ciclo #412773 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Ojo, el IV Convenio de la Construcción establece las exigencias únicamente para las empresas que están incluidas en el Convenio, pero es que existen otros Convenios, en los que las empresas realizan alguna actividad en el lugar de trabajo: Obra de Construcción, que incluyen en su propio Convenio, prácticamente las mismas exigencias: Cogeros los Convenios del Metal o de la Madera, y os encontrareis con que os van a pedir la misma formación para aquellos que acudan a obra. Hablo del Aula Permanente y la Formación de Oficios, y el curso nivel básico: 60 horas.
    Recordad que se han incluso creado Fundaciones similares a la Fundación Laboral de la Construcción, para la puesta en práctica.

    en respuesta a: FORMACION NECESARIA PARA MONTAJE DE ANDAMIOS #385175 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Para diseñar el andamio, si reúne los requisitos, más de 6 m., etc., tiene que estar firmado por un Técnico competente, lo normal, arquitecto o arquitecto técnico.

    Para montar el andamio, tiene que ser bajo la dirección de un responsable de la empresa (lo normal, el encargado, que tendrá como mínimo formación nivel básico), y lo montarán oficiales 1ª y/u oficiales 2ª, quién no puede hacerlo son los peones, ya que hay riesgo de caída de altura.

    Para el montaje se utilizarán sistemas de protección anticaída.

    Espero que te sirva la respuesta

    en respuesta a: carretilla-tecnico prl #385049 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Lo único que te importa, no es si es o no es Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales, sino cual es su categoría en la empresas: Peón, a secas?, pues si es así, no puede manejar la maquinaria, y mucho menos una carretilla elevadora, me da igual que tenga carnet de conducir o lo que sea, si es peón no puede utilizar la maquinaria.
    Por cierto ser Técnico Sup. de Prevención, te capacita para hacer Prevención, pero no para conducir vehículos o manejar equipamiento de ningún tipo, te has sacado algún carnet profesional al hacer el curso de TSPRL?, no, pues te queda claro, a que no se te va a ocurrir manejar una grúa, pues es lo mismo.
    Pero lo que te importa, si la categoría en la empresa es de peón, pues solo podrá realizar tareas de peón. Y nada mas.

    en respuesta a: nº de trabajadores por Técnico #384988 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Hola, la orden ministerial de desarrollo del R.D. de Servicios de Prevención deja bien claro el número de trabajadores por Técnico en Función de la Actividad: Tabla 1 del Anexo I.

    Queda más que claro, por ejemplo, en construcción el Ratio inferior es de 300 trabajadores, básico de 600 y superior 900, esto está marcado después por los medios de que dispone la empresa, si tiene trabajadores Designados, personal de apoyo, si la empresa está en la misma provincia, etc.

    Pero queda meridianamente claro, y sirve tanto para S.P.A., como S.P.M.
    Espero que te sirva

    en respuesta a: Evaluación del Ruido #346956 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    En principio para hacer la Evaluación del nivel de ruido en los puestos de trabajo de una empresa, es decir, el nivel de exposición de los trabajadores, es necesario que lo haga un Técnico Superior, especialidad Higiene Industrial, y los equipos han de estar calibrados, tanto el sonómetro como el calibrador, no así con los dosímetros; el técnico sup. estará capacitado para hacer el informe correspondiente, da igual que el Técnico sea de un S.Prev. Propio o Ajeno (piensa que si es de un S.Prev. Propio está sometido a Auditoría cada cuatro años).
    Si el estudio de ruido es para conocer el nivel de ruido a nivel de medio ambiente, existen empresas dedicadas a esto con su propia acreditación.

    en respuesta a: Impartir Formación en PRL #346914 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Claro que puede, otra cosa es que quieras que eso tenga un título o diploma que lo refrende, porque en ese caso necesitarás que sea una empresa acreditada la que lo haga, o por ej., entidades como la Fundación Laboral de la Construcción, o Asime, o la Confederación de Empresarios, o los Sindicatos, etc.
    En cualquier caso el Técnico Superior esta cualificado para dar la formación, siempre que tenga conocimientos sobre el tema del que pretende dar el curso, de hecho en el R.D. 39/97 lo especifíca así.
    Deberías:
    1º.-Hablar con el representante de los trabajadores en la empresa y comunicarle la intención de organizar e impartir el curso, comunicarle el programa de cada curso, la posibilidad de hacer prácticas, y las fechas, y llegar a un acuerdo, por si considera que es necesario incluir algo, o si tiene alguna sugerencia que hacer.
    2º.-Si es necesario poner en el tablón de anuncios de la empresa la convocatoria del curso, el programa por si algún trabajador tiene alguna sugerencia, y los trabajadores convocados o que se pretende que asistan.
    3º.-Hacer una hoja de firmas de los trabajadores asistentes, en la que pongan su D.N.I., y firma en cada clase.
    4º.-Hacer un certificado interno de la empresa conforme el trabajador recibio la formación.
    En fin, creo que con esto respondo a tu pregunta, un saludo

    en respuesta a: ACCEDER A 5,5, METROS DE ALTURA #338296 Agradecimientos: 0
    PreBea
    Participante
    0
    julio 2009


    Os habeis planteado el uso de una plataforma elevadora para acceder a dicho patio, que entiendo tiene barandilla de protección, con la plataforma el trabajador subiría amarrado y solo tendría que desembarcar en el patio, os evitariais todo esa problemática de la escalera, el andamio, etc., eso sí, la plataforma tendría que quedar en ese punto para situaciones de posible evacuación, no se puede llevar a otro lugar o recoger mientras los trabajadores estén en el patio.

Viendo 11 entradas - de la 1 a la 11 (de un total de 11)