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13 enero, 2006 a las 12:53:18 en respuesta a: ¿Extintores en coches de autoescuela? #197792 Agradecimientos: 0
¿El profesor de autoescuela es un trabajador???¿su lugar de trabajo es el vehículo???pues entonces sí deben llevar extintor los vehículos de autoescuela, ya sean coches, autobuses, camiones o cualquier otro vehículo.
Un saludo,Según mi parecer, las empresas van a tener que acudir a Técnicos en Prevención de Riesgos Profesionales ya que la formación de Nivel Intermedio como tal ya no existe desde hace algún tiempo. Imagino que lo mismo ocurrirá cuando la titulación de Nivel Superior sea una carrera universitaria. Sólo espero que la formación que impartida en ambos casos sea buena y que los técnicos salgan bien preparados.
Hola compañero,
Yo también tengo la titulación de Biología y la especialidad de Seguridad en el Trabajo. Estoy trabajando desde hace 6 meses en un SPA. No sé si será una excepción, pero yo estoy bastante contenta. Es un SPA relativamente nuevo y aún no sufrimos la masividad y el trato impersonal que se tiene cuando cada técnico lleva 150-200 empresas.
Te aconsejo hagas el resto de especialidades (yo estoy en ello) y que tengas claro a qué te quieres dedicar. Luego elige bien las ofertas de mercado y a por ello!!
Un saludo.5 enero, 2006 a las 10:47:00 en respuesta a: plan de prl de pequeña empresa #198680 Agradecimientos: 0Indicarte que aparte de tener que realizar toda la documentación, tenerla actualizada, contratar con un servicio de prevención ajeno la vigilancia de la salud, estáis obligados a pasar una auditoría externa cada 5 años o bien remitir a la “Autoridad laboral una notificación sobre la concurrencia de las condiciones que no hacen necesario recurrir a la misma ” (mira RD 39/97 Art. 29)
Sí, son trabajadores de la empresa, eso está claro. Pero cada fijo discontínuo computa como 1 trabajador, o 2 fijos discontínuos computan como 1 trabajador…?? esa era la duda que tenía. gracias de todos modos
El reconocimiento médico para un conductor es obligatorio debido a que su posible mal estado de salud puede provocar daños a terceros (subida o bajada de tensión, debe tener controlado el azúcar, …). Para los otros puestos de trabajo que has nombrado, el reconocimiento médico es optativo.
En cuanto a la periodicidad de los reconoc médicos existen unos protocolos que indican cada cuánto tiempo se tienen que realizar estos reconocimientos, y siempre bajo el criterio médico del médico de trabajo que se encargue de la vigilancia de la salud en la empresa.
un saludo,14 diciembre, 2005 a las 17:35:21 en respuesta a: Servicio de Prevención Propio #200606 Agradecimientos: 0Para la constitución de un SPP se requieren al menos 2 especialidades, pero si analizamos la normativa relacionada, en el RD 39/97 en su art. 15 dice “El servicio de prevención habrá de contar, como mínimo, con dos de las especialidades o disciplinas preventivas previstas en el artículo 34 de la presente disposición, DESARROLLADAS POR EXPERTOS con la capacitación requerida para las funciones a desempeñar, según lo establecido en el Capítulo VI.”
Dice EXPERTOS y no EXPERTO, con lo que se interpreta que se precisa de al menos 2 Técnicos Superiores en Prevención con 2 especialidades diferentes para la constitución de un SPP.5 diciembre, 2005 a las 12:32:21 en respuesta a: caracteristicas generales de las herramientas en el laboratorio. #201433 Agradecimientos: 0Lo que te recomiendo es que busques en la página del INSHT porque ahí puedes encontrar prácticamente todo lo relacionado con la Prevención.
En el apartado de Riesgo Químico, en Sectores Específicos habla de Laboratorios.
En esa página vas a poder encontrar prácticamente todo lo relacionado con la Prevención.Según he entendido, se trata de una finca familiar. Si no existen trabajadores, la normativa de Prevención de Riesgos Laborales no es aplicable. Sí puede servir de orientación y guía para la realización de las tareas que comentas.
Un saludo,2 diciembre, 2005 a las 17:09:38 en respuesta a: Adecuación de maquinas rd 1215 #201654 Agradecimientos: 0Siempre que se modifique una máquina o equipo de trabajo se debe certificar oficialmente. Los organismos que realizan estas certificaciones son Organismos de Control Acreditado (O.C.A.). Consulta los que actúan en tu provincia.
Un saludo,
Existen casas que comercializan señalización de seguridad (consultar internet, páginas amarillas…). Yo te podría indicar algunas de Valencia, pero imagino que resultará más económico adquirir la señalización donde tú te encuentres.
Un saludo,puedes consultar la página del INSHT.Te podrá servir de ayuda el RD 486/97 sobre lugares de trabajo (habla del almacenamiento en estanterías) y también la NTP 618: Almacenamiento en estanterías metálicas.
Un saludo.Gracias a todos
lo que me gustaría saber, e igual no me he expresado bien en mi cuestión anterior, es dónde puedo encontrar el citado Decreto de 26 de julio de 1957 en la red. Me está resultando complicado y me urge. Gracias.
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