Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Cursos de Formación #239112 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Un técnico intermedio puede dar formación de nivel básico pero su formación no puede acreditar titulación oficial de Nivel Básico en PRL. Sólo puede dar formación homologable un técnico superior en un centro acreditado por la comunidad autónoma del mismo. Así que busca información en tu C.A. sobre acreditación de centros de formación capaces de dar formación+titulación en PRL.

    en respuesta a: equipos de segunda intervención #239086 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    La creación de los equipos de intervención implica una selección del personal por criterios de edad, físicos (tienes una NTP sobre el tema) …. pero sobre todo por su motivación e interés. No se pueden obligar, es voluntario. En nuestro caso, el equipo de 2ª intervención tiene la misma formación del de 1ª (prevención del riesgo de incendio, conocimentos generales del fuego, tipo de fuego, peligros del humo, clases y funcionamiento de equipos de extinción) pero con mayor incidencia en formación de utilización de BIEs, localización y cierre de llaves de paso de gas y electricidad.

    En fin, entiendo que se pueden negar ya que lo más importante, en mi opinión, es la motivación e interés para ser integrantes.

    en respuesta a: EMERGENCIAS Y EVACUACION. OBLIGACIÓN DE SIMULACROS #239241 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Los simulacros del plan de emergencia son implícitos a la obligación/deber legal de realizar el plan. Dichos deberes de la empresa (plan de emergencia + simulacros) los encontrarás en el artículo 20 de la ley 31/1995 de Prevencion de Riesgos Laborales “… el empresario pondrá en práctica las medidas de emergencia y comprobará periodicamente su correcto funcionamiento….”). En cuanto a la cantidad de simulacros no hay reglamentación pero se aconsejan dos al año.

    en respuesta a: PUERTAS CORTAFUEGOS #239992 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Si su estado es defectuoso (¿?) se han de cambiar. Entonces aplicamos la NBE-CPI 96 (art. 2.1).

    en respuesta a: Seguridad contra incendios #240319 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    En España tenemos la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Española). Es una organización importante y bastante potente. Puedes preguntarles…..

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    miref
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    junio 2004

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    Hola otra vez. Comentas que estas o has estado trabajando en otras cosas para salir adelante. En estos trabajos ¿no te has ofrecido como prevencionista? Aunque sea otro trabajo, ofrece tus conocimientos al empresario, encargado o el sindicato. Quizás no te paguen por la prevención que hagas a través de consejos al empresario o al sindicato (como delegado de prevención también) pero aprenderás mucho del tema. Si funcionas, quizás el empresario se plantee contratarte como TIPRL o el sindicato te llame para ayudarles y formar a los delegados de prevención. Suerte.

    Espero que no te hayamos mareado mucho con las respuestas (con referencias fuera de tema) y alguna te sirva de solución.

    miref
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    junio 2004

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    Me es difícil dar consejos sobre esto pero mis respuestas serían:

    1- En un centro dónde estudies especialidades/formaciones técnicas (electricidad, mecánica, …)

    2- Pocas, necesitarías una formación añadida como la del tipo 1.

    3- Si has trabajado en algo que pueda darte formación y experiencia aplicable en cuestión de prevención mucho mejor. Sobre todo, si trabajabas en ramo eléctrico, mecánico, o ……. Ponlo en el CV y relaciónalo con prevención.

    4- No lo sé pero cuidado con las exigencias, son proporcionales a la formación y experiencia. Además piensa que la prevención te ha de gustar sino malo.

    Seguro que eres joven, … no te desanimes SUERTE

    en respuesta a: Arnes en cesta o plataforma elevadora #240678 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    ¿y si cae la cesta? ¿si vuelca o desnivela el elevador por, ejemplo, hundirse el suelo? Han de llevar arnés anclado preferiblemente a la estructura donde trabajen (no a la barandilla de la cesta). Si lo anclan a la cesta y esta cae, seguro que lo aplasta (se van juntos abajo).

    en respuesta a: carnet carretillero #240775 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Entiendo que sí es obligatoria la formación englobandolo en las obligaciones de arts.18 y 19 de la Ley 31/95 de PRL. Que sea titulación oficial no lo se, pero que el empresario (a través de empresa especializada si quiere) ha de dar la informació/formación de riesgos y uso de carretilas (y guardar certificado que constate la efectiva formación recibida por el trabajador).

    en respuesta a: manta ignífuga #240811 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    El art. 4 apartado c del RD 485/97 sobre señalización en el trabajo dice:

    “Sin perjuicio de lo dispuesto específicamente en otras normativas particulares, la señalización de seguridad y salud en el trabajo deberá utilizarse siempre que el análisis de los riesgos existentes, de las situaciones de emergencia previsibles y de las medidas preventivas adoptadas, ponga de manifiesto la necesidad de :

    c) Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección o evacuación”. (manta inífuga para , por ej., cubrir la ropa que se quema de una persona)

    Si así has evaluado el riesgo/peligro y adopatado la medida entiendo que sí has de señalizarlo.

    en respuesta a: Coordinador Seguridad. LOE frente a RD/1627 #240842 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    En prevención hay más cosas que sólo la LOE o el RD 1627/97. Yo no he cursado carrera técnica y , por ello, no me planteo el tema de quién puede ser coordinador de seguridad. Como opinión personal (y analizadas las normas) diría que el coordinador ha de ser diplomado o licenciado en carrera técnica y con formación, a nivel superior, en prevención de riesgos laborales. En esto parece que estamos todos mas o menos de acuerdo. A veces la cuestión parece una pugna entre vosotros ……. quién es más competente ? El arquitecto, el aparejador, el ingeniero (la rama que sea)…..

    La verdad que vuestros estudios son durísimos y que os cualifican pero pensad que hay muchas obras (solo hay que ir por la calle) que el presupuesto está ajustado y “son de andar por casa” (pequeñas promotoras y construcciones). ¿Quién hace prevención ahí? A ver que arquitecto, ingienero se mete ahí. Que nadie se moleste, pero es más “fácil” aplicar/trabajar la prevención en una empresa grande que en una pequeña constructora.

    Saludos y ánimos a todos los prevencionistas. Vuestro trabajo es importante para el resto de generaciones. Hay tantas lagunas legales y de procedimiento que vosotros llenais con el buen trabajo y el sentido común.

    en respuesta a: MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN #240891 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Consulta también la ORDENANZA MUNICIPAL (Ayuntamiento) de Condiciones de Protección contra incendios de tu localidad.

    en respuesta a: cascos de seguridad #240943 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Los cascos llevan unas instrucciones de uso (papel). Los que yo he visto siempre indican el plazo de caducidad en las instrucciones (normalmente 3 años desde la fecha de fabricación señalada en el mismo casco). Así que cuando vayas a la tienda puedes mirar en las instrucciones las indicaciones sobre caducidad del fabricante.

    en respuesta a: GASOLINERAS #241028 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    Tienes 18 cuestiones sobre gasolineras si buscas (“gasolineras”) por el buscador PW de la página.

    en respuesta a: Plan de Prevención #241192 Agradecimientos: 0
    miref
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    junio 2004

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    como dice la Ley si tu Plan de Gestión indica “estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos” (adecuado a las distintas normas y reglamentos), entonces sí.

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