Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
26 marzo, 2002 a las 19:29:11 en respuesta a: Condiciones de trabajo en una oficina #304276 Agradecimientos: 0
Hola Melisa, te mando un enlaces que está bastante bien:
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Susa, el tema se las trae. Te indico varias direcciones que espero te puedan servir:
;
;
;
;
;
Entra o regístrate para ver los enlaces 25 marzo, 2002 a las 07:49:56 en respuesta a: Ambiente acústico, rendimiento y errores #304449 Agradecimientos: 022 marzo, 2002 a las 09:49:14 en respuesta a: Extintores de descarga automática en calderas de calefacción #304517 Agradecimientos: 0Hola Montse,
Mírate la NB-CPI/96 y la UNE 100.020 (esta es bastante más exigente)
Te mando una dirección con un estudio muy interesante:
La ley que buscas creo que es la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, y la instrucción técnica complementaria MI-IP 03 “instalaciones petrolíferas para uso propio”, del Reglamento de instalaciones petrolíferas aprobado por Real Decreto 2085/1994, de
20 de octubre (mírate: )
De todas formas investiga en tu Comunidad, ya que las Comunidades Autónomas, con competencia legislativa sobre industria, pueden introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trata de instalaciones radicadas en su territorio (por ejemplo, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid atribuye a la Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de Industria con sujeción a las normas que el Estado dicte en materia, entre otras, de Hidrocarburos).
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Luis, en Diciembre pasado salió una orden por la que se prohibe la comercialización y el uso de amianto (crisólito). El plazo previsto para la entrada en vigor de la prohibición es de 6 meses, y se introduce una prórroga de comercialización que permita comercializar durante 6 meses los productos previamente fabricados. Es la Orden del 7 de Diciembre de 2001 por la que se modifica el anexo I del RD 1406/1989 del 10 de noviembre. Puedes verla por ejemplo en: )
Mirate también el RD 665/1997 sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados del amianto
Entra o regístrate para ver los enlaces 20 marzo, 2002 a las 09:25:08 en respuesta a: polvo quimico seco a base de fosfato monnoamónico #304795 Agradecimientos: 0tienes varias páginas mexicanas:
Entra o regístrate para ver los enlaces Las carretillas que transporten sustancias peligrosas tienen que ser antideflagrantes.
Mira a ver en la siguiente dirección:
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Rafa, mira a ver si encuentras algo en las siguientes direcciones:
Entra o regístrate para ver los enlaces hola sonia, te doy una dirección con información increíble sobre el tema:
Entra o regístrate para ver los enlaces 13 marzo, 2002 a las 09:37:08 en respuesta a: informe de exposicion a contaminantes quimicos #305185 Agradecimientos: 0Mira en las siguientes direcciones:
Entra o regístrate para ver los enlaces Otras direcciónes muy completas:
www/reglamentos/RSF/indice.htm
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Tomás, creo que las direcciones siguientes te serán de utilidad:
Entra o regístrate para ver los enlaces Hola Susana,
en esta página tienes un descargable con un impreso general, y otro, mensual, enfocado a los productos químicos.
Alexandra, qué queréis almacenar? Dependiendo de los materiales te tendrás que regir por unas normas u otras. Indica tu correo electrónio y un nº de fax para que te envíe cosas.
Hola Ana, hace poco leí un estudio realizado por el Instituto de Técnicas Energéticas. Puedes entrar en su página web, ahí también tienen publicadas varias investigaciones
Entra o regístrate para ver los enlaces -
AutorEntradas