La ley 54/2003, de modificaciones a la Ley 31/95, te identifica al trabajador por cuenta propia como sujeto responsable y concepto de infracción. Debe realizar su propia evaluación de riesgos,adaptada a su oficio. Y además formarse en prevención de riesgos laborales, pues es un empresario, a todos los efectos.
Es diferente si tiene contrato mercantil o pertenece a una empresa.