Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Modificación Plan Seguridad y Salud #392376 Agradecimientos: 0
    kike00
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    septiembre 2010


    Gracias a todos por las respuestas, a quedado bastante claro.

    kike00
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    septiembre 2010


    El punto 2 y 3 son el Plan de Seguridad y Salud, no entiendo que las subcontratas tengan que hacer una ERL específica de esa obra y una planificación, en todo caso o se acogen al PSS que ya existe o presentan uno alternadivo que después de aprobarlo el CSS se incorpora al PSS originario.

    en respuesta a: Presupuesto del Estudio de Seguridad y Salud. #386791 Agradecimientos: 0
    kike00
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    septiembre 2010


    Completamente de acuerdo contigo.
    Con respecto a tus preguntas en la postura de contratista “¿Dónde dice que no se puede estipular que el Pto del ESS no sea de abono, y se no se pueda negociar que sea asumido por la Contrata como gastos de estrutura o generales?” Esto se debe recoger en las condiciones particulares técnicas y económicas del proyecto que es el documento legal dentro del proyecto.
    “¿Qué texto con el mismo rango que la LPRL dice literalmente que deben abonarse las medidas preventivas de los empresarios de la construcción, traspasando de facto su responsabiliad empresarial a un tercero (el promotor)?
    No hay ninguna norma que establezca esta obligación, es un acuerdo entre partes.

    en respuesta a: ASPA no quiere aplicar el convenio en 2011 #384113 Agradecimientos: 0
    kike00
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    septiembre 2010


    Los SPA no son una ONG, si una empresa no les paga la cuota que les den de baja e informen a la Inspección de Trabajo, se evitan tener problemas futuros y los técnicos solo trabajarían en aquellas que si cumplen con sus compromisos incrementando su calidad asistencial. Y con respecto a lo que un técnico aporta con su trabajo es directamente proporcional a la importacia que el empresario le de a la prevención, siendo como mínimo las multas que se evita por tenerla contratada y la posilidad de poder hacerle trabajo a terceras empresas. Por cierto no hay que dar las gracias a las empresas porque te pagen la nómina, para eso trabajamos.

    en respuesta a: comunidad de vecinos frente a autonomos #383975 Agradecimientos: 0
    kike00
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    septiembre 2010


    La comunidad adquiere la condición de contratista principal desde el momento en que contrata con varias empresas, ya sean sociedades mercantiles y/o autónomos, además de la condición de promotora. Pero como contratista tendrá que darse de alta en el REA, por lo que la única opción que le queda si no quiere tener esa condición de CONTRATA PRINCIPAL, es contratar con una sola empresa y que esta subcontrate al resto.

    en respuesta a: ASPA no quiere aplicar el convenio en 2011 #384102 Agradecimientos: 0
    kike00
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    septiembre 2010


    El Convenio de los Servicios de Prevención tiene marca unas condiciones que se podrían clasificar de “lamentables”, teniendo en cuenta el perfíl de sus trabajadores. Lo que no tendrían que haber hecho nunca es ofertar la prevención como si estuvieran en un mercadillo de saldos, no creyéndose ni ellos mismos lo que se supone que deben implantar.

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