Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: prevencion10.es #391389 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    has utilizado prevencion10 en su versión autentificable?

    en respuesta a: prevencion10.es #391387 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    ¿cómo se establecen medidas sin planificarlas?

    en respuesta a: prevencion10.es #391384 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Así nos luce el pelo contratando por doscientos o trescientos euros…que triste.

    en respuesta a: prevencion10.es #391374 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Llegados a este punto de incredulidad no queda otra que aconsejarte que hagas la consulta al MTIN (yo lo hice hace tiempo); verás que el criterio no es solo mío; NIVEL BÁSICO para que el empresario pueda asumir la actividad preventiva vía prevencion10.

    en respuesta a: prevencion10.es #391370 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Totalmente de acuerdo.

    en respuesta a: prevencion10.es #391369 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Sí totalmente de acuerdo, pero existe la posibilidad de tener que demostrarlo o se deja abierta la interpretación.
    Con prevencion10 el respaldo ya se tiene y la interpretación también.

    en respuesta a: prevencion10.es #391367 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Estamos comentado, creo, una sanción por usar prevencion10 con nivel básico, lo que implicaría inspector contra MTIN. Olvídalo que no va a ocurrir.

    en respuesta a: prevencion10.es #391362 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    El inspector de turno contra el MTIN;
    me chirría Icm75, ¿a ti no?

    en respuesta a: prevencion10.es #391358 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Con nivel básico no necesitarán recurrir nada, están en su pleno derecho (en el caso de prevencion10 quede claro).
    Saludos.

    en respuesta a: prevencion10.es #391355 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    por lo tanto sabrás lo que es la presunción de veracidad…
    No obstante en un país con libertad de opinión; interpreta a tu gusto que ya interpretarán los inspectores de trabajo al suyo.

    en respuesta a: prevencion10.es #391351 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Claro, claro y esos jueces seguramente utilizarán este foro para dictar sentencia desoyendo al Ministerio de Trabajo…

    en respuesta a: prevencion10.es #391349 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Que no hombre. Que lo que ha interpretado es el pto.d) del Art.11, admitiendo el nivel básico para asunción personal (que implica hasta 10 solamente) y NADA MÁS que eso, el resto es inferir. Y estarás de acuerdo en que el MTIN pueda interpretar sus propios decretos…digo yo.
    Saludos.

    en respuesta a: prevencion10.es #391347 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Eso es mucho inferir; digo y repito que el Ministerio ha admitido asunción personal con nivel básico hasta 10 EXCLUSIVAMENTE, lo demás ni se ha dicho ni se ha admitido.

    en respuesta a: prevencion10.es #391343 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    Ahora;
    No podemos tener miedo a prevencion10 hombre…hay que ser más valientes.

    en respuesta a: prevencion10.es #391342 Agradecimientos: 0
    juancemi
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    enero 2011


    No he dicho eso. De hasta 10 y no Anexo I, solamente en ese caso.

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