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4 enero, 2007 a las 16:15:14 en respuesta a: Aseos para un Mantenimiento Urbano #159107 Agradecimientos: 0
Aseos públicos, la verdad es que no hay. El servicio está promovido por el ayuntamiento, tal vez se podrían utilizar las oficinas o entes dependientes de éste.
En mi caso, se refiere al sector de jardinería viaria en ciudad. En el convenio colectivo de jardinería, estable el plus por peligrosidad, toxicidad y penosidad. Sin embargo, no específica que trabajos pueden ser considerados penosos. ¿Qué variables o criterios puedo utilizar para clasificar una actividad de penosa o no?
Gracias.
5 octubre, 2005 a las 13:08:29 en respuesta a: Plan de Seguridad y Apertura de Centro de Trabajo #206443 Agradecimientos: 0La persona que realiza el plan puede ser desde un técnico de nivel intermedio hasta un ingeniero o arquitecto. Lo apropiado sería que realizará el Plan de Seguridad y Salud el Jefe de Obra que se encargará de realizar la construcción. Tras esto el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra lo deberá aprobar. El promotor es el que debe contratar y nombrar al coordinador de seguirdad y salud. Al aprobarlo, se entregará un copia del acta de aprobación, copia del plan de seguridad y salud, apertura del centro de trabajo al Instituto de Seguridad e Higiene o al organismo correspondiente en tu provincia. Además se deberá presentar en la inspección de trabajo el libro de visitas para que lo sellen. Por último comentarte que el aviso previo, documento que lo debe presentar el promotor antes de la realización de las obras, se deberá entregar en el Instituto de Seguridad e Higiene.
La apertura del centro de trabajo es un formulario normalizado en el que te solicitan datos de la empresa y de la obra, y como ya he mencionado anteriormente se deberá presentar junto con la copia del plan y el acta de aprobación.
22 marzo, 2005 a las 08:36:36 en respuesta a: Barandillas. Zonas comerciales. #222246 Agradecimientos: 0Eso ya lo sabia, pero están exigiendo antipánico en el listón superior con una inclinación de 17º, y no se si está recogido en alguna NTE o similar.
1 marzo, 2005 a las 08:49:56 en respuesta a: CRITERIO TÉCNICO SOBRE PRESENCIA RECURSOS PREVENTIVOS #224066 Agradecimientos: 01 febrero, 2005 a las 12:46:25 en respuesta a: CINTURON DE SEGURIDAD EN CAMIONES #227374 Agradecimientos: 0SI SON OBLIGATORIOS. ES OBVIO.
8 noviembre, 2004 a las 13:12:09 en respuesta a: Calificación de intolerable para un puesto de trabajo tras una Evaluación #235322 Agradecimientos: 0Intolerable (IN) No debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.
Si es posible, de hecho, a los trabajadores, como norma general, lo que más les importa es el dinerito, incluso antes que su salud. Pero para ello, los trabajadores deberán estar formado, informado, entrega de materiales (epi´s), etc…. Todo documentado y firmado por los trabajadores. El importe de las sanciones dependerán de la gravedad del incumplimiento o teniendo en cuenta la probabilidad y la gravedad (como las evaluaciones de riesgos). Además sería conveniente advertir por escrito a todos los trabajadores que los incumplimientos de las normas de seguridad serán motivo de sanción económica y documentar todo en un procedimiento.
Los recursos preventivos en obra debe ser algun trabajador cualificado, este debe estar presente en la obra y no estaría mal que fuera el encargado ya que este es el que realmente sabe que riesgos existen en la obra, siempre y cuando tenga como mínimo formación básica (50 horas). Responsable: Contratista Principal.
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