Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: SEÑALIZACION #167442 Agradecimientos: 0
    JAVIER TSPRL
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    julio 2005

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    Intentaré aclararte algo. El tamaño de la señal se determina en la Guía Técnica si no recuero mal el area debe ser igual o superior a D/2000 siendo D la distancia máxima al punto de observación. Mira la guía que hablo de memoria. POr otro lado, la antigua CPI-96, en el art 12 creo hacia referencia a las normas UNE a cumplir y he oido (repito, oido) que el nuevo codigo técnico de la edificasción hace refernecia a normas UNE.

    en respuesta a: Presencia de recurso trabajos para menores #167762 Agradecimientos: 0
    JAVIER TSPRL
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    julio 2005

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    NO necesitas recurso preventivo porque no puede realizar trabajaos prohibidos. estos trabajos vienen para los menores en el RD 26/57 del año de la pera, pero hoy en día son los vigentes. Mi experiencia me dice que los menores en caso de accidente solo dan problemas a la empresa. Piensatelo antes de contratar… Suena feo pero es la realidad

    en respuesta a: CARRETILLAS ELEVADORAS #167473 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    Patuko, esa NTP está derogada. Han sacado 3 nuevas NTP sobre carretillas, la 714-715 y 716 (hablo de memoria)
    Vete a la pagina del INSHT y busca las NTP,s.
    DE todas maneras OSALAN (instituto vasco de seg y salu) ha sacado unas fichas de verificación a odo de guiaburros para ver la adecuación al 1215 de carretillas anteriores. BUsca ahí.

    en respuesta a: Espeluznante lo soplapollas que eres majo!!!! #168998 Agradecimientos: 0
    JAVIER TSPRL
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    julio 2005

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    Que ha pasado? Que alguien me loe xplique que me muero de curiosidad

    en respuesta a: adecuacion de maquinaria #168435 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    El 1215 es claro, el empresario es el que debe adecuar. Lo de la OCA no es obligatorio, pero en muchos casos te saca de problemas por 4 perras que te cobran por sus informes. Además muchas CCAA subvención la adecuación de máquinas.

    en respuesta a: Taller de mecánica #168211 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    Podrías asumir tu la prevención con el nivel básico si la actividad no se interpreta incluida en el anexo I de actividades peligosas (creo que el ANEXO I viene en el RD 39/97 pero ahora mismo dudo), exceptuando la vigilancia de la salud que debes contratarla. Las mutuas imparten estos niveles con cargo al plan de actividades preventivas de la Seguridad Social. Luego pides el modelo de exención de auditoria, lo entregas en trabajo y por silencio administrativo, sino te dicen nada, pues ya está.
    Pero para dejarte de problemas, contrata con un S.P el completo. Y si lo quieres bien contrata con una Sociedad de Prevención de una mutua, porque en un taller, al menos medición de ruido necesitas, y la formación al trabajador te la deben impartir también. Te saldrá más caro, pero si la Sociedad de Prevención funciona bien, te haran un buen trabajo. Ahora bien, si lo que quieres es cumplir el expediente, contrata con lo más barato ( un SPA) que por cuatro duros y sin ir a verte el centro, te entregan su ER estandar de talleres y ya ta. Se que seré injusto con algunos SPA pero en el 90 % de los casos es así.

    en respuesta a: Material didactico #168151 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    En la pagina del INSHT tienes montones de notas practicas que tocan desde el tema de incendios hasta las cargas, etc, con oparte teorica y practica.
    Yo creo que en tu caso trataria de coger el temario del nivel superior de PRL (aparece en el RD39/97) y enfocar así la asignatura.
    Pero yo no voy a dar la asignatura….

    en respuesta a: accidente de trabojo o no #168136 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    NO se donde lo he visto, pero las agresiones entre compañeros (si lo sería si fuese un cliente) no son accidentes de trabajo.

    en respuesta a: carnet de carretillero #168108 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    No es por ir de listo, pero no lo habeis contado bien del todo.Efectivamente no hay nada oficial, pero el manejo de una carretilla requiere de dos tipos de formaciones.Una primera en materia de SEGURIDAD en la utilización de la carretilla a impartir por un SPA, SPP (el caso es que se acredite)y una segunda en la utilización de la misma, que en principio, te podría impartir personal experimentado dentro de la empresa (gente que lleve tiempo trabajando como carretillero), la empresa de mantenimiento y venta de las carretillas o alguno de los diversos cursos que entidades imparten (normalmente incluyen parte teorica, practica y de seguridad y sus duración oscila desde las 20 a 50 horas aproximadamente). Obviamente de cara a la inspección, esto ultimo más la parte de seguridad del SP sería más que suficiente (no olvides incluir la autorización por escrito por parte de la empresa)

    en respuesta a: Arnés en plataformas elevadoras de tijera #168352 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    Yo diría que no hay donde apoyarse legalmente (corregirme si me equivoco)pero obligar si se dispone de barandilla y listón intermedio. Pero si el fabricante lo recomienda y vistas las actitudes diarias de los operadores, es más que recomendable.

    en respuesta a: ALUCINE #168182 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    A pesar de la separación efectiva, todavía se sigue confundiendo la presatcion de mutua por accidente-eepp o enfrermedad común con la vigilancia de la salud. Antes de despotricar, informate bien de las cosas. ¿Rajarias de la mutua que infla a antidepresivos (no entro a valorar las prescripciones de un MEDICO si la organización de la prevención fuera con un SPA no de la mutua?
    La empresa es la que debería comunicar a Vigilancia de la Salud (su medico del trabajo) la situación del trabajador (la baja, no la enfermedad que es completamente confidencial)para que el medico del trabajo propusiese, por ejemplo, un cambio de puesto.

    en respuesta a: Botiquin portatil #169306 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    Pues a por el botiquin. POr favor, denme una para mi casa, que es mi centro de trabajo…. Y de paso señalicenmela (no se que dira mi novia)
    Hostis, la alarma de evacuación. Fuego en mi cocina…
    Es broma!!!!

    en respuesta a: Enfermedad laboral y mutua #169272 Agradecimientos: 0
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    julio 2005

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    Valdehuncar, el médico de la mutua no tiene nada que ver con el médico del SPA. Estos no ven nunca a accidentados de trabajo para dar bajas (no en el SPA)

    en respuesta a: MANGUERAS DE BOTELLAS A PRESIÓN #169797 Agradecimientos: 0
    JAVIER TSPRL
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    julio 2005

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    Yo tengo acceso a información de un suministrador de carburos y la recomendación es su sustitución, si no hay deficiencias de agrietamiento o similar, a los tres años desde su puesta en servicio (por norma deben venir marcadas con la fecha de fabricación), ya que pueden presentar vicios internos. Ojo, 3 años desde la fecha de fabricación, no desde que se comienzan a utilizar. El material de las mangueras, a pesar de no ser utilizado, se degrada interiormente con el tiempo.
    Esto no deja de ser una reco del fabricante…

    en respuesta a: LLOROS DE LA MUTUA #169848 Agradecimientos: 0
    JAVIER TSPRL
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    julio 2005

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    Cuanta gente preocupada por las mutuas y sus antiguos SPA. Preocuparos por las ER que firmais en muchos SPA donde ni siquiera os permiten ver el centro de trabajo porque cobrais por un completo 100 o 150 eurillos, en una empresa de construcción de 7 u 8 trabajadores. A esos precios, sino haceis mal las cosas, donde está el beneficio.
    Pero pronto llegarán las desacreditaciones, las multas e incluso el tema penal. Tiempo al tiempo.

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