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4 agosto, 2004 a las 20:50:37 en respuesta a: SUBCONTRA PLAN DE SEGURIDAD #242866 Agradecimientos: 0
Es preceptivo que la subcontrata se adhiera al plan de seguridad de la contrata; así lo especifica el RD 1627/97 ; yo creo que en caso de accidente grave la ley es muy clara que es culpable : la subcontrata, la contrata y el promotor subsidiariamente, también el coordinador de seguridad de las obras en fin hasta el apuntador porque nadie en este caso ha cumplido la normativa vigente. desde luego para continuar los trabajos seguramente que le exigirían en primer lugar que cumpla toda la normativa en materia de PRL y eso em primer lugar incluye adherirse al plan de seguidad de la contrata y darselo a conocer a todos los trabajadores antes de que comiencen a trabajar,
NI IDEA ES LA PRIMERA VEZ QUE OIGO ESTA PALABRA; ESATRE MUY ATENTA A VER QUIEN TE LO ACLARA Y ASI APRENDERE ALGO NUEVO
3 agosto, 2004 a las 20:19:05 en respuesta a: Planes de Emergencias en lugares de alta concurrencia #243013 Agradecimientos: 0parece ser que mucha gente murio antes de quemarse por inhalación de gases toxicos; en la mayoría de los incendios sucede esto y eso hace que cualquier plan de evacuación fracase ; me parece que una de las cosas mas importantes es investigar y hasta donde se pueda exigir para estos grandes centros comerciales materiales ignifugos y la tan repetida compartiemntación que de alguna manera garantizaría que se pudiera controlar el fuego antes de su propagación; el problema es que como la frecuencia de estos sucesos ( menos mal que son poco frecuentes) es mínima pues se descuidan las medidas de seguridad entre las que deben estar hacer simulacros de evacuación; yo creo que no se hacen ni allí ni aqui ni en muchos sitios. Esto de la Prevención aún es un cuento de la buena pipa para muchos y una manera de hacer dinero para otros, llenando y llenando papel para tener justificado lo que no se hace.
Toda maquina a partir de 1995 ” se supone que debe cumplir con la normativa sobre maquinas y entonces debe tener el marcado CE” pero todos sabemos las trampillas que hay y entonces pueden ser maquinas extracomunitarias que no cumplen con estos requisitos aunque su año de fabricación sea posterior a 1998 y por tanto son mas baratas, la normativa dice que si son fabricadas antes de 1995 deben adecuarse a la nueva normativa y entonces deben tener un certificado de conformidad sino hay que desecharlas.
A propçosito de esta consulta a mi siempre me ha saltado la duda: donde consulta uno para verificar que efectivamente el marcado CE que tenga una máquina es auténtico?? porque falsificar ese Marcado CE es muy fácil: creo que todos hemos visto, producyos made in China con el marcado CE, o no?
lease Decreto 1627/97 donde claramente dice las responsabilidades del Promotor que entre otras está la de nombrar un “Coordinador de Seguridad y salud que será el responsable de elaborara el plan de Seguridad en fase de Proyecto , y en fase de ejecución. Si la oferta pide uno en base al ya elaborado será seguramente porque debe estar acorde al sistema constructivo que se oferte y siempre dentro del marco del plan de seguridad elaborado con el proyecto.
La LPRL establece como obligación de los empresarios ” dar formación e información a los trabajadores acerca de los riesgos de su puesto de trabajo una vez echa la evaluación de riesgos” por lo tanto ante la contratista es necesario demostrar mediante certificación de la empresa que le lleve el SPA o de la propia subcontrata si tiene SPP, que esta formación e información se le ha dado a los trabajadores: SI tu eres TSPRL puedes dar esta formación y expedir tu mismo la certificación pues para dar formación a nivel básico te autoriza el Decreto 39/97.
1 agosto, 2004 a las 21:08:03 en respuesta a: Investigacion de accidente y Programa #243112 Agradecimientos: 0Hay un libro sobre Prevención de Riesgos laborales en la construcción que trae un CD donde vienen modelos para investigación de accidentes y también para el programa de PRL que debe seguir una empresa. No recuerdo el nombre de los autores del libro pero si que lo promueve El servicio de Prevención de Córdoba
30 julio, 2004 a las 14:34:54 en respuesta a: prevencion en un medio de comunicación #243193 Agradecimientos: 0aplicando los principios de la prevención para lugares de trabajo previa a la evaluación de riesgos por puesto de trabajo.
30 julio, 2004 a las 14:31:10 en respuesta a: retribuciones de trabajador designado #243391 Agradecimientos: 0Considero que la retribución de trabjador designado no esta especificamente asignada ni en el estatuto de los trabajadores ni en el convenio de la construcción; tu retribución será mínimo la que marque el Convenio de la Construcción de la zona donde estés trabajando.
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