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21 abril, 2005 a las 13:10:53 en respuesta a: DIFERENCIAS ENTRE MANUAL DE AUTOPROTECCIÓN Y PLAN DE PREVENCION #219420 Agradecimientos: 0
SON DOS COSAS DIFERENTES.
EL PLAN DE PREVENCION SE REFIERE A LA PROTECCION LABORAL DEL TRABAJADOR FRENTE A LOS RIESGOS INTRINSECOS DE SU PUESTO DE TRABAJO Y EL MANUAL DE AUTOPROTECCION SE REFIERE A LOS RIESGOS COLECTIVOS FRENTE A UNA SITUACION DE EMERGENCIA.
ES NECESARIO HACER E IMPLANTAR AMBOS. REFERENTE AL MANUAL DE AUTOPROTECCION DE UN CENTRO DOCENTE REQUIERE, APARTE DE SU DESARROLLO E IMPLANTACION, EFECTUAR COMO MÍNIMO UN SIMULACRO DE EVACUACION AL AÑO
UN SALUDO Y SUERTE
13 abril, 2005 a las 15:11:10 en respuesta a: PUEDE UN TECNICO SUPERIOR EN PRENCION TRABAJAR COMO TECNICO INTERMEDIO #220520 Agradecimientos: 0UN TECNICO SUPERIOR PUEDE TRABAJAR COMO INTERMEDIO SIN NINGUN PROBLEMA (CUESTIONES ECONOMICAS APARTE).
REFERENTE AL TRABAJAR SIN TENER LA TITULACION ES ILEGALY PODEIS TENER PROBLEMAS TU Y EL EMPRESARIO.
SALUDOS
YO CREO QUE ASESORAMIENTO SI QUE SE PUEDE DAR. EL EMPRESARIO CON MENOS DE 5 EMPLEADOS ASUME EL MISMO LA GESTION DE LA PREVENCION PERO SE PUEDE ASESORAR EN ALGUN SERVICIO EXTERNO O EN UN CONSULTOR
SALUDOS
10 abril, 2005 a las 07:20:07 en respuesta a: Plan de Emergencia en local comercial #221333 Agradecimientos: 0SI QUE ES NECESARIO UN PLAN DE EMERGENCIAS.
SI YA TIENES HECHA LA EVALUACION DE RIESGOS TE SERÁ MAS FACIL HACER EL PLAN DE EMERGENCIAS, AUNQUE DEBES TENER ENCUENTA UNA SERIE DE RIESGOS EXTERNOS ( O DE ENTORNO) QUE A LO MEJOR NO SE HAN VALORADO ANTERIORMENTE ASI COMO LA PLANIMETRIA Y LA IMPLANTACION.
SUERTE
30 marzo, 2005 a las 12:06:13 en respuesta a: equipos de alarma, emergencia #221647 Agradecimientos: 0LO MEJOR ES QUE HAGAS TU MISMO EL FORMULARIO DE LA FORMA MAS CLARA POSIBLE Y QUE EXPRESE TODOS LOS DATOS TANTO DE LA EMPRESA COMO DE LA DESIGNACION Y FECHA
SUERTE Y SALUDOS
MUY INTERESANTE TU PAGINA
SALUDOS
TIENES TODA LA RAZON
SE DEBERIA TRABAJAR MAS LAS CAMPAÑAS DE MENTALIZACION
SALUDOS Y ANIMO QUE ESTO HAY QUE PLANTEARLO COMO UNA CARRERA DE FONDO PARA CONSEGUIR OBJETIVOS MAS “ASUMIBLES”
SALUDOS
3 julio, 2003 a las 16:47:37 en respuesta a: NUEVA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES #274211 Agradecimientos: 0NO HA SIDO PUBLICADA TODAVIA, AUNQUE YA HAY MUCHOS COMENTARIOS EN LA RED SOBRE ELLA.
Hay que valorar inicialmente la actividad de la empresa, así como la ubicación de las puertas, si es una zona de paso, anchura, etc. Para todo esto yo empezaria con la NBE-CPI 96.
Habria que valorar muchos mas datos: tamaño del centro, nº de profesionales, actividad que desarrollan (si hay laboratorios), etc.
Yo creo que si puede ser si con ello cubres las necesidades que pide la legislacion.
Te aconsejo que con las mismas bases solicites presupuesto a la mutua que tengais (si tiene SPA) y a otros SPA,s para confirmar los detalles y flecos de la oferta del actual SPA.
Hay un libro que se titula: “AUDITORIA DE LOS SISTEMAS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES” de AUDELCO (ISBN 84-95428-00-8) que te puede ser muy util
Un saludo
19 febrero, 2003 a las 22:44:19 en respuesta a: EVALUACION DE RIESGOS SIENDO AJENO A LA PLANTILLA DE LA EMPRESA #282807 Agradecimientos: 0PUEDES ASESORAR E INFORMAR DE QUÉ Y COMO PERO NO PUEDES FIRMAR.
LO QUE PUEDE HACER UN TECNICO DE NIVEL INTERMEDIO Y LO QUE PUEDE HACER UN TECNICO DE NIVEL SUPERIOR SE ESPECIFICA CLARAMENTE EN LOS ARTICULOS 36 Y 37 DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCION. HAY QUE LEER LOS 2 ARTICULOS COMPLETOS Y NO QUEDARSE SOLO CON LO QUE PONE EN EL 36 – 1 – h)
Para coordinar un Plan de Seguridad debes de basarte en una serie de normativa genérica (aparte de las especificas de la actividad de la empresa) :
– Manual de Autoprotección aprobado por O.M. de 29/11/84 por la que se aprueba el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra Incendios y de Evacuación en Locales y Edificios.
– Real Decreto 786/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
– Corrección de Erratas y Errores del Real Decreto 786/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales.
– Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación.
– Orden de 16 de abril de 1998, sobre Normas de Procedimiento y Desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el Anexo I y los Apéndices del mismo.
– Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, NBE-CPI-96 Norma Básica de la Edificación y Condiciones de Protección contra Incendios en los edificios.
– Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
Corrección de Errores del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.
Un saludo y suerte
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