Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: PLAN DE SEGURIDAD #177655 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    coincido con delair, tienes que realizar un analicis de riesgo de esta tarea y aplicarla a tu plan de seguridad y plan de trabajo.

    en respuesta a: DIFERENCIA?? #177649 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    una diferencia muy practica la de gel y una comparacion muy técnica la de delair.
    si quieres profundizarte mas en este tema lee el real decreto que te indica delair.

    en respuesta a: GRUA COMPARTIDA #177641 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    yo veo una solucion mas practica, que la grúa sea rentada por la empresa principal y que sea repartido esta renta a las dos sub empresas con la coordinacion clara y especifica de el trabajo de la grua sea especificamente para las dos previa coordinacion con anterioridad para el uso de estas y que se respete este programa de trabajo para la grua.

    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    coincido con delair.
    en la seguridad existen tres clases de faltas: leves, intermedias y graves.
    leves: incidentes o negligencias que no acarrean riesgo inminente al trabajador o a sus compañeros, se le impone una amonestacion que tiene la categoria de verbal pero de preferencia ebe ser escrita para que tengas antecedentes sobre el infractor.
    intemedias: repetición de una misma falta o utras que implique riesgo, se le impone una suspención laboral sin goze de haber.
    graves. como la que describe delair, falta grave a pesar de haber recivido charlas de seguridad al respecto, pero que a pesar de ello lo hace. se le impone separación definitiva del trabajo, solo se le aplica su liquidación por trabajo realizado ahasta el momento pero ninguna otra gratificación .
    en todos los casos tienes que presentar una copia a su representante, en el informe de gestion y tambien al sindicato de trabajadores.
    saludos.

    en respuesta a: ALMACENAMIENTO DE ACEITE LUBRICANTE #177625 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    igual que mario pero tambien tienes que señalizar el lugar y de ser posible señalizarlo con la palabra ingreso solo personal autorizado.

    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    parece que solo te han puesto para llenar el requisito que obliga la presencia de un prevencionista.
    tienes que empaparte un poco mas con el contrato de la constructora y tienes que estar mas informado porque si pasa algo el responsable directo vas a ser tu primero y si no llevas tu gestion al dia suenas.
    en cuanto a que a pesar de tener un cetificado de finalizacion de la obra, siempre hay un tiempo prudencial donde se tiene que corregir las observaciones de las mismas y si tienes personal y tu eres el prevencionista tienes que exigir el cumplimiento de las normas de seguridad coo si recien comenzaran.
    en cuanto a firmar contigo el corrdinador se refiere a que tienes que presenta tu ultimo informe de gestion (papelerias como formatos de trabajos en caliente, altura, inspeccion de almacenes, chequeo de EPP, etc.), todo esto que te digo te servira para poder deslindar cualquier responsavilida por si sucede algun accidente.
    saludos

    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    igual que delair, mandame un @mail y te mando lo que tengo

    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    en respuesta a: Normas de Señalización de Emergencia #177548 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    la puedes encontrar en la pagina del instituto nacional de seguridad e higiene en el trabajo.
    te mando el ling para que lo bajes.

    y lo puedes encontrar casi en las primeras lineas, se llama sobre Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo HTML o PDF (354 kB.)
    saludos

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    en respuesta a: Hoja Excel #177728 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    Hola:
    enviame un correo a mi email y te envio el archivo en excel que tengo, yo lo llamo ratios de seguridad y te lo envio con algunas variaciones mas para que solo tengas que ingresar la asistencia del personal en la primera pagina y automaticamente tendras tus ratios de seguridad.
    para los que esten interesados en este archivo lo voy a enviar a la pagina para que lo publiquen,
    saludos.

    en respuesta a: Gracias #177931 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    POR ESE SE A CREADO ESTA PAGINA, Y COMO DICE EL DICHO… HOY POR MAÑANA POR MI.
    SALUDOS

    en respuesta a: Manipulación de dispositivos de seguridad #178082 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    Hola:
    igual caso me paso a mi en un trabajo, pero creo que la razón tiene mucvho más valor que lo se se crea, entonces lo que hice fue explicarles A TODOS APROBECHANDO LAS CHARLAS DE SEGURIDAD DE 5 MINUTOS LA NEGLIGENCIA, LA FALTA COMETIDA, LA SANCION IMPUESTA Y LES HICE UNA PREGUNTA A TODOS.
    ¿SI ES QUE EL NEGLIGENTE HUBIERA MATADO O HERIDO A ALGUIEN, POR EJEMPLO UD… LE PERDONARÍA LA SANCIÓN? Y APROBECHE PARA DECIRLES A ELLOS QUE EL PREVENCIONISTA ESTA PARA CUIDAR LA VIDA DE TODOS ELLOS Y NO SOLAMENTE AUNO.
    Y ME FUNCIONÓ.
    SALUDOS.

    en respuesta a: QUIEN REDACTA EL PLAN DE EMERGENCIA #177667 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    igual yo coincido con paco, pero tu pregunta creo que va a que ninguno de los 2 quiere hacerse respondable del plan de seguridad que ha echo… pero en un plan o cualquier documento mientras mas firmas tiene mayor sustento tendrá el documento o plan, asi es que firmenlo los dos cada uno con las responsabilidad que tienen dentro de la empresa.
    saludos

    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    Estoy de acuerdo con aitor y paco la manera como te expresas entre puntos suspensivos…, en fin como me decia mi profesor: en el aire un error y no la cuentas y si tu quieres que tus alumnos te entiendan tienes que saber comunicarte con ellos usando un poco de psicología.
    saludos.

    en respuesta a: CONTRATO DE FORMACIÓN #177771 Agradecimientos: 0
    carlosFarfanpadilla
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    febrero 2006


    Hola:
    Aqui en perú no existe algún tipo de restricción para el manejo de cualquier tipo de maquinarias siempre y cuando esté apto para hacerlo, lo que si tenemos es que si esta persona es jubilada no puede recivir dos sueldos por lo que es una manera de restringirle que trabaje en esta o cualquier actividad en empresas de gran envergadura. estaría limitado a realizar cachuelos como le decimos aqui osea trabajos en empresas o particulares.
    pero si esta persona tiene experiencia y es mayor de edad, no dijistes cuantos años tiene, puede servirte como operario y que este a cargo de una cuadrilla donde les enseñe.

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