Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
Mira quien es el esperto que contesta varias veces.
27 mayo, 2007 a las 10:18:52 en respuesta a: Para los que coleccionais fotos #148479 Agradecimientos: 018 mayo, 2007 a las 15:56:55 en respuesta a: Información práctica Ley Subcontratación (por la D.G.Trabajo) #143771 Agradecimientos: 020 octubre, 2006 a las 15:01:38 en respuesta a: PARALIZACION DE LOS TRABAJOS #165670 Agradecimientos: 0Coincido con Xirgu
Sin mas comentarios10 julio, 2006 a las 15:25:06 en respuesta a: REGULACIÓN SUBCONTRATACIÓN EN OBRA #179065 Agradecimientos: 0EL plan de seguridad donde se lleva es a la delegacion de trabajo para realizar la apertura de centro de trabajo y alli es donde lo sellan una vez aprobado por el coordinador (y creo que no en el colegio del coordinador) al menos en catalunya funciona asi.
Saludos
Alfa
13 octubre, 2003 a las 12:05:02 en respuesta a: RD 837/2003 GRUAS MOVILES AUTOPROPULSADAS – CARNET DE GRUISTA #267330 Agradecimientos: 0El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estaclo», excepto lo indicado en el apartado 8 de la ITC, que será exigible a partir de los dos años de la publicación de esta disposición en el «Boletín Oficial del Estado».
8. Operador de grúa móvil autopropulsada
Para el correcto montaje y manejo de las grúas móviles autopropulsadas, la persona que trabaja con ella deberá contar con carné oficial de operador de grúa móvil autopropulsada, expedido con las condiciones que se señalan en el anexo VII, y que tendrá carácter nacional, todo ello con independencia de que en el caso de que además sea el conductor del vehículo deba cumplir las disposiciones vigentes sobre la materia.
O sea que el carnet sera obligatorio dentro de dos años pero la homologacion de los gruistas actuales debe hacerse en seis meses.
Otra chapuza como siempre o al menos asi lo entiendo yo si alguien tiene otra informacion le agradecere lo indique
Saludos
13 octubre, 2003 a las 11:58:48 en respuesta a: RD 837/2003 GRUAS MOVILES AUTOPROPULSADAS – CARNET DE GRUISTA #267329 Agradecimientos: 0Las personas que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta disposición acrediten experiencia profesional en el manejo de grúas móviles autopropulsadas durante un mínimo de 12 meses continuos o 18 meses discontinuos, siempre dentro de los cinco años anteriores a la entrada en vigor de esta norma, quedarán exceptuadas de la realización del módulo práctico del curso de la categoría correspondiente a la carga nominal de la grúa móvil autopropulsada cuyo manejo se acredite, así como del requisito de poseer el título de estudios primarios que con carácter general se solicita en el apartado 3.a) del anexo VII de la ITC.
Esto es lo que dice el real decreto SI como tu dices entra en vigor el dia 17-10-03 el plazo vence el 17-04-04 de todas maneras lo que pone es que no haran la practica Pero que pasa con la teorica??
Para el que quiera el real decreto le paso un enlace
Saludos
Entra o regístrate para ver los enlaces 11 octubre, 2003 a las 09:35:33 en respuesta a: RD 837/2003 GRUAS MOVILES AUTOPROPULSADAS – CARNET DE GRUISTA #267326 Agradecimientos: 0Xirgu si yo no lo tengo mal entendido lo que se aplicara a partir del 2005 sera la obligatoriedad del carnet pero la homologacion de los gruistas en activo tiene que se antes del mes de marzo del 2004 previo justificante de certificado de empresa y vida laboral.
Los que no cumplan ese tramite tendran que realizae un curso de muchas mas horas de 60
Si estoy equivocado agradecere me lo aclareiis.
Saludos
Alfa
Yo creo que lo mejor es que la remitas a los webmaster y que ellos la coloquen en su web otra alternativa seria que alguien la pusiera en su ftp o la subiera a alguna web publica y posteara el enlace para que todos la descargaramos.
O que nos la enviaras por mail a los que te den la direccion
Saludos
Jesus
que es lo que sientes no entiendo tu respuesta
saludos
Alfa
Exacto miguel esa era la cuestion planteada pero aqui por lo que veo la gran parte de las contestaciones las dan personas que trabajan en edificacion pero que pasa con los montajes no esta el tema tan claro o al menos eso me parece a mi y un libro en un estanco en blanco y sin sellar no creo que sea la solucion
saludos
Por fin alguien que entiende mis pregunta la ley esta tan mal explicada que estamos todos medio locos en ese tema edificacion esta clara pero y el resto de obras maontajes etc…… Esta claro que los arquitectos y arquitectos tecnicos en edificacion pero y en el resto y las reformas internas de las fabricas? llamas a la inspeccion de trabajo y ni ellos se acalran y cada camunidad a su tema ???
RD si pero luego te dicen no aqui esto es asi el tema del aviso previo esta claro en el RD verdad pues en madrid hay un impreso especial pero claro te enteras cuando llegas y no te acepta tu carta que si te aceptan en otros sitios, asi que si respondiendo al que dice que estoy perdio pues si estoy perdido porque no esta claro nada mas que para las obras de edificacion
perdonad el rollo pero es que ya es hora de que se aclaren
saludos
-
AutorEntradas