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  • #18893 Agradecimientos: 0
    merit
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    enero 2005


    Hola a todos
    Trabajo en una empres constructora y una subcontrata mía tiene a una menor de 18 años trabajando, mi pregunta es si puede trabajar en construcción y en caso q sí que trabajo puede realizar y que documentación tengo que exigirle a la empresa.
    Un saludo y muchas gracias.

    #175969 Agradecimientos: 0
    Psisoc
    Participante
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    enero 2006


    A mi entender no puede, por lo establecido en la Ley 31/95 y el Decreto de 26 de Junio de 1957.

    #175970 Agradecimientos: 0
    Maigolo123230
    Participante
    0
    septiembre 2006


    Sí que puede. De hecho hay muchos aprendices contratados solo que no pueden tocar maquinaria, ni grua, ni estar expuesto a productos químicos, etc.
    Documentación a pedir, la típica de siempre, evaluación, formación, EPIS, vigilancia salud, TCS, etc.

    #175971 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    Estoy de acuerdo con Psisoc, te puedes buscar algun que otro problema si le ocurre algo,dale un vistazo al Art. 27 de la LPRL, y al Art.6 punto 2 del Estatuto de los Trabajadores. Saludos.

    #175972 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    buenos dias
    Siento disentir, pero un menor de 18 años no debe trabajar en construccion.
    Motivos: LPRL, el citado RD de 1957 y la normativa europea de obligada transposición.
    En todas estas normas, y de forma global, te viene a decir que un trabajador no puede estar expuesto a determinados riesgos, los cuales son inherentes a toda obra de construccion…
    Me explico: cuando estas normas nos hablan de riesgos de maquinaria, no solo se refieren al conductor, si no tambien a los operarios a pie que pueden sufrir riesgos de golpe, atropellos, etc.. con lo que no vale con decir que el menor no lleva la maquina…
    Si hablamos de riesgos de caidas en altura.. pocos trabajos hay en la construccion en los que no exista dicho riesgo, ya que aunque trabaje limpiando y no tabicando, si está en un 2ª piso hay riesgo de altura.
    Ruidos y tóxicos…. sin comentarios, creo que no son necesarios…
    Y así con el resto de riesgos a evitar en menores…
    En definitiva, hay que ver que muchos de esos riesgos no se eliminan limitando la actividad dentro de la obra, ya que son propios del entorno y no del trabajo en concreto que haga el menor.
    Por ello, NO debe entrar un menor en obra.
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #175973 Agradecimientos: 0
    BlanFi
    Participante
    0
    mayo 2006


    En general estoy de acuerdo con Oskar, yo desde luego no dejo entrar en la obra a un menor, pero dices que trabaja en una subcontrata, depende. Si por ejemplo trabaja como montadora de cocinas, mientras no utilice herramienta no veo el problema ya que en esa fase de la obra los riesgos son muy distintos a la fase de estructura. Puede ser administrativo, limpiadora, desde mi punto de vista deberías especificar más en qué consistiría su trabajo.

    #175974 Agradecimientos: 0
    seyprev
    Participante
    1
    0
    octubre 2005

    Iniciado

    Con la ley en la mano podría trabajar ,pero solo en determinadas actividades y díficilmente en la construcción donde la mayoria de tareas estan asociadas a riesgos varios tendría cabida este menor.

    Además tendrías que obtener el consentimiento paterno. Lo mejor es que no trabaje.

    #175975 Agradecimientos: 0
    cpd
    Participante
    0
    enero 2002


    EN UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN NO PUEDE TRABAJAR MENORES DE 18 AÑOS PORQUE ES UNA ACTIVIDAD QUE ESTÁ EN EL ANEXO I DEL R.D. 1627/97 Y SE CONSIDERA CON RIESGOS ESPECIALES.

    #175976 Agradecimientos: 0
    Apecechea
    Participante
    0
    abril 2006


    Los menores en construcción no pueden trabajar. Si es una escuela taller la ley es algo confusa y solo como formación y bajo la vigilancia del monitor que actua como Recurso Preventivo podría realizar trabajos formativos.

    #175977 Agradecimientos: 0
    chumie
    Participante
    0
    marzo 2006


    Según entendido los menores de edad pueden trabajar en la construcción pero con bastantes limitaciones.

    No pueden trabajar en altura, no pueden manejar maquinaria, no pueden mover cargas de más de 15kg,…

    Lo cierto es que la Inspección de Trabajo permite trabajar a estos menores de edad.

    #175978 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Permitir; R.A.E. dixit: Dicho de quien tiene autoridad competente: Dar su consentimiento para que otros hagan o dejen de hacer algo.
    Una cosa es que Inspección de Trabajo no entre a saco con el tema de menores, al igual que pasa con los falsos autónomos o autónomos encubiertos, pero de ahí a que los permitan va un abismo.
    Como tengas una visita de un Inspector/a y pille a un menor subido a una máquina ya te digo yo lo que te van a permitir.

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