Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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  • #70152 Agradecimientos: 0
    uvs
    Participante
    1
    13
    enero 2007

    Iniciado

    Buenas tardes:
    En relación con la organización de trabajo a turnos, quería saber si hay alguna norma de obligado cumplimiento que de derecho a los trabajadores a elegir o al menos, a participar, en los grupos de trabajo que secrean, ya que en la NTP 455 recomientdan que si participen, pero no obligan al empresario, ya que en mi empresa cambian anualmenmte los grupos, cambiando la rotación de la gente, y sin tener en cuenta la opinión de los trabajadores. GRacias

    #413687 Agradecimientos: 0
    Seccion CCOO CAIB
    Participante
    0
    noviembre 2004


    Creo que te podrías acoger al art. 18 (punto 2)y 33 (punto1, apartados 1 y 6) de la Ley 31/1995, además del 64 (4ª) del Estatuto de los Trabajadores…

    #413688 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Como le dicen de “Sección CCOO CAIB.es” es lo que hay. Pero esa participación además está organizada a través de los Comités (el de empresa y el de SS), que no es una organización asamblearia. . .

    #413689 Agradecimientos: 0
    uvs
    Participante
    1
    13
    enero 2007

    Iniciado

    gracias, utilizaré estas referencias

    #413690 Agradecimientos: 0
    Ridad
    Participante
    1
    0
    octubre 2010

    Iniciado

    Como “turnista”, si la empresa nos os deja participar en la confección de los turnos, os tendréis que ir a lo extrictamente legal (como ya te han indicado), por ejemplo:
    – entre entrada y salida de turno deben existir 12h de descanso.
    – en caso de fallar un trabajador dejar el primer día sólo podrá quedarse 16h máx. pero la empresa debe buscar una alternativa lo antes posible y el segundo día sólo 12h.
    – Pactar si alguien se le llama fuera de horario habitual, llamadas o similar. Los de turno no cobramos disponibilidad.
    – Si se trabajan los siete dias seguidos, os recomiendo los turnos de “Cadencia Europea” (7T-2D-7T-2D-7T-10D) y iniciar el proceso empezando de mañanas. Otra cosa es que sean turnos de 5 días y no se incluyan noches.
    Espero haya sido algo útil.

    #413691 Agradecimientos: 0
    CentroPrevencion
    Participante
    0
    agosto 2007


    Para lo que planteas, creo que una acertada exposición de opciones podría aliviar la tensión y envitar llegar a reclamaciones acogiéndose a artículos tal o cual.
    Un adecuado desarrollo de las orientaciones que indica la NTP 455 es bastante irrefutable, pero claro… hay que tener claridad de ideas y claridad de comunicación.
    Nosotros, en nuestra tarea de asesoramiento, planteamos en las empresas estos aspectos de tal forma que no haya “daños” e incluso que este tema pase a uno orden inferior entre las inquietudes de la empresa, con la corresopndiente mejora del ambiente laboral y los beneficios que ello supone en todos los aspectos.
    Si te sirve de algo: hay opciones de consenso antes de recurrir a exigencias normativas.
    Si necesitas ayuda profesional, podría echarte una mano.

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