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  • #42989 Agradecimientos: 0
    IMS
    Participante
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    abril 2003


    Buenos días,

    Me gustaría saber ¿que posibilidades tiene una empresa de hacerle un análisis a unos trabajadores para saber si efectivamente aparece algún tipo de sustancias nocivas en los mismos?, ya que tenemos constancia de que se están produciendo consumos de distintas drogas en horas de trabajo y en las instalaciones de la empresa. ¿ los médicos de la mutua en caso de que la respuesta anterior fuera afirmativa, se podrían trasladar a las instalaciones de la empresa para que la extracción se produzca sobre la marcha y así dejar constancia de que fue en horas de trabajo? ¿ qué amparo legal existe al respecto?.

    Muchas gracias de antemano a vuestras respuestas.

    #269081 Agradecimientos: 0
    JOCAREDUJAI
    Participante
    0
    enero 2002


    Este tipo de análisis siempre requieren el consentimiento previo por parte del trabajador. Recuerda que la LPRL dice que no se podrán utilizar los datos del erconocimiento médico con fines discriminatorios.

    Pudiera ser también, que dada la actividad de la empresa, se recogiera en Convenio Colectivo que se puedan hacer este tipo de análisis, ya que el consumo de esas sustancias pueden suponer un riesgo para el resto de trabajadores, resto de la población o ellos mismos.

    Este tipo de análisis requieren también un protocolo especial, fundamentalmente en lo que hace referencia al tema de la custodia de la muestra. Hay que asegurar que los resultados pertenecen a esa muestra y a ese trabajador.

    Finalmente, la mayoría de drogas de abuso pueden ser determinadas, a través de sus metabolitos, en orina. No suele ser necesario el realizar una extracción sanguínea

    #269082 Agradecimientos: 0
    VIOSS
    Participante
    0
    mayo 2003


    Cualquier prueba para detección de drogas(habitualmente en orina)podrá realizarse siempre previo consentimiento del trabajador, nunca podra ser utilizada con fines discriminativos(salvo que por la actividad de riesgo de la empresa lo recoja el convenio colectivo).A parte de esto la presencia de en el analisis de orina de metabolitos no indica que el consumo haya sido inmediato , puede ser que en el horario de trabajo no las consuma y fuera si, y el analisis de positivo.

    #269083 Agradecimientos: 0
    J. C.
    Participante
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    agosto 2001


    Con cierta frecuencia se recogen este tipo de peticiones, y en mi opinión, no creo adecuado el traspasar un problema de disciplina a los profesionales de la vigilancia de la salud.

    En cuanto a los aspectos prácticos, se plantean numerosos problemas: El trabajador debe dar su consentimiento. Los servicios médicos no pueden entrtegar los resultados a la empresa ni otorgar una calificación de aptitud en base a dichos resultados (o por lo menos lo tienen muy difícil). La mayor parte de los test “baratos” son muy imprecisos, están llenos de falsos positivos y nunca (hasta donde se) indican consumo en las últimas horas, sino en un periodo de tiempo que puede llegar a ser de un mes (y fuera del trabajo podemos tomar lo que queramos). Además, y como ya han señalado, es necesaria una adecuada cadena de custodia, garantías en la toma de muestras, en el derechoi a la réplica por terceros, etc, etc, etc.

    Si hay problemas disciplinarios o de rendimiento, que la empresa utilice los mecanismos de que dispone al efecto, pero que no busque una coartada médica para una actuación o decisión que no es de su agrado. Es como si se plantea prohibir fumar (tabaco) y en vez de expedientar al que se le vea fumando, se llama a un médico para que haga controles de nicotina y carboxihemoglobina. ¿suena lógico, verdad?

    #269084 Agradecimientos: 0
    diprogenta
    Participante
    0
    julio 2001


    Arduo tema, no es posible de momento no hay nada legislado al respecto.

    #269085 Agradecimientos: 0
    aco0
    Participante
    0
    septiembre 2002


    El amparo legal sólo se puede tener cuando se tengan los consentimientos informados de todos y cada uno de los trabajadores que se realicen las pruebas.

    #269086 Agradecimientos: 0
    NOEGAETANO
    Participante
    0
    febrero 2003


    Los médicos de la Mutua no están ya en situación legal de realizar prevención, si no hay accidente no deberán intervenir, pero sí los de la empresa con la que se ha contratado Vigilancia de la Salud, pero deberá quedar claro que el trabajador puede negarse a realizar una extracción de sangre salvo que se demuestre que existe un riesgo de intoxicación evidente que puede resultar peligroso para el trabajador o (y aquí se puede ser muy sutil) para los compañeros. Por ésto, en base a una exploración previa que demuestre una situación de riesgo evidente, podría obligarse al trabajador a permitir una extracción de sangre. Por cierto, las mutuas suelen tener su propia empresa que contrate la vigilancia de salud con sus asociados, pero ya no se llaman mutuas, sino Unidades de Salud Laboral. ¡Hay que ponerse al día!, que ya han pasado 8 años desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

    #269087 Agradecimientos: 0
    Epicóndilo
    Participante
    0
    octubre 2003


    1. Hacer análisis de drogas sin consentimiento es una canallada.

    2. Hacerlo con consentimiento indica que la empresa tiene una inadecuada política de Recursos Humanos: falta de confianza, estrategias policiales, etc.

    3. Los médicos de la Mutua están para los accidentes laborales/control de IT, y punto.

    Saludos,

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